BUSTAMANTE/FUENTES
Rol
C-240-2021
Fecha
1 de diciembre de 2023
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1 con fecha 15 de Septiembre del 2021 comparece do a ñ Isabel Dur ná Wartenberg, c dula nacional de identidad N 15.369.453-2, Abogada de la Corporaci n deé º ó Asistencia Judicial de San Vicente de Tagua Tagua, domiciliada para estos efectos en Calle José Mar a Caro N 320, San Vicente de Tagua Tagua, en representaci n de don í º ó lvaro MauricioÁ Bustamante Cerda, C dula Nacional de Identidad N 15.109.019-2, maestro constructor,é º domiciliado en Villa Padre Hurtado Los Copihues, comuna de Las Cabras. Que, viene en deducir demanda de cobro de honorarios en contra de do a ñ Fabiola De Las Mercedes Fuentes Silva, c dula de identidad N 11.366.843-1, domiciliada en Laé º esperanza 744, comuna de Peumo en raz n de los antecedentes que a continuaci n se exponen:ó ó Refiere, que su representado realiza labores de maestro constructor hace m s de 15 a os,á ñ y que por esa raz n fue contratado por la demandada para realizar obras de construcci n en suó ó domicilio. Que, con fecha 01 de Octubre del 2020, la demandada contrat a su representado paraó que construyera una terraza de 28 metros cuadrados y un cuarto de lavado de ropa de 7 metros cuadrados, trabajos por los cuales el demandante cobr $1.900.000 (un mill n novecientos miló ó pesos), por concepto de mano de obra y materiales, precio al cual accedi la demandada.ó Que, el demandante trabaj por alrededor de 9 d as, momento en el cual la demandadaó í le comenta que consider muy caros los valores, solicit ndole que pare los trabajos, ya que, iba aó á conseguir una persona que le cobrara m s barato, se alando en el acto que le pagar a alá ñ í demandante un valor de $450.000 (cuatrocientos cincuenta mil pesos), por los trabajos que hab aí realizado. Que hasta ese momento se alcanz a realizar el piso de cemento del corredor de 28ó metros cuadrados, m s 6 metros cuadrados del piso del lavadero adem s de 28 metros cuadradosá á de techo. Que, en raz n de lo anterior, con fecha 25 de Octubre de 2020 la deman
Fundamentos
fundamentos ni documentaci ná ó que avalen o respalden sus dichos. Adicionalmente, menciona que nunca firmaron un contrato por el trabajo que se realizar a, sino que este fue de manera consensuada.í Previas citas legales, solicita tener por contestada la demanda. Que, en la misma audiencia se realiz el llamado a conciliaci n, el cual se frustr enó ó ó atenci n a que el abogado demandado se al que no es posible arribar el acuerdo.ó ñ ó Que, a folio 18 con fecha 21 de Febrero del 2022 se recibi la causa a prueba ó se fijan como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Efectividad de detentar la parte demandante la titularidad activa de la acci nó declarativa del cobro intentado. 2.- Efectividad de adeudar la demandada los gastos contenidos en la demanda. En su caso, monto de dicha deuda. Que, a folio 35 con fecha 20 de Abril del 2023 se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: Código: KXSXXKMBHBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, do añ Isabel Dur n Wartenbergá , en representaci n de don ó lvaroÁ Mauricio Bustamante Cerda, viene en deducir demanda de cobro de honorarios en contra de do a ñ Fabiola De Las Mercedes Fuentes Silva, C dula de Identidad N 11.366.843-1, ené º virtud de los fundamentos que obran en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que, a folio 16 consta realizaci n de audiencia de contestaci n yó ó conciliaci n en la cual comparece don ó Cristóbal Silva Izquierdo, en representaci n de do aó ñ Fabiola de las Mercedes Fuentes Silva, quien viene en contestar la demanda solicitando su completo rechazo en virtud de los fundamentos que obran en lo expositivo del fallo. TERCERO: Que, a folio 18 con fecha 21 de Febrero del 2022 se recibi la causa aó prueba se fijan como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Efectividad de detentar la parte demandante la titularidad activa de la acci nó declarativa del cobro intentado. 2.- Efectividad de adeudar la demandada los gastos contenidos en la demanda. En su caso, monto de dicha deuda. CUARTO: Que, el art culo 1698 del C digo Civil, dispone que: incumbe probar lasí ó “ obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o sta .ó é ” QUINTO: Que, no se rindi prueba alguna por las partes.ó SEXTO: Que, para acceder a la pretensi n del pago de honorarios correspond a aló í actor justificar la existencia del contrato y la obligaci n, esto es, el consorcio de voluntades y laó exigibilidad del cr dito que de ella emana, probado ello, corresponder a a la demandadaé í justificar el cumplimiento de sus pretensiones o que estuvo llana a hacerlo. SEPTIMO: Que, de conformidad a la normativa se alada en el considerando cuarto,ñ era carga del actor acreditar la existencia de una convenci n y el devengo de los honorarios,ó respecto a los servicios brindados. OCTAVO: Que, al tenor de lo preceptuado en los en los art culos 1708, 1709, 1710,í 1711 y 2123 d
Fallo
Por tanto, y previas citas legales correspondientes, solicita tener por deducida demanda de cobro de honorarios en contra de do a ñ Fabiola De Las Mercedes Fuentes Silva, acogerla en todas sus partes y en definitiva, se le condene al pago de $250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos), por conceptos de honorarios adeudados, con expresa condena en costas. Que, con fecha 13 de Enero del 2022 se realiz audiencia de contestaci n y conciliaci nó ó ó con la asistencia por la parte demandante de do a ñ Rayen Salas Rencoret, postulante de la corporaci n de asistencia judicial, y en representaci n de la parte demanda el abogado donó ó Cristóbal Silva Izquierdo, quien viene en contestar la demanda, solicitado su total rechazo en atenci n a los antecedentes que a continuaci n se exponen:ó ó Se ala que su representada en un primer momento acept el presupuesto ofrecido por elñ ó demandante, pero que cuando el demandante comenz a trabajar y vio c mo iba quedandoó ó desisti de continuar realizando el trabajo con l. ó é Refiere, que convers con un sobrino que es arquitecto y le coment que el precio que leó ó hab a cobrado por el trabajo era demasiado alto, y que lo que alcanz a realizar el demandanteí ó estaba mal hecho, recalca que el demandante solo trabajo cinco d as, durante los cuales solo ibaí a trabajar un par de horas. Durante los d as que trabaj don lvaro alcanz hacer el piso y parte del techo de laí ó Á ó terraza, los que no estaban quedando como deb an por estas razones (alto co
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Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras y Gar.de Peumoº CAUSA ROL : C-240-2021 CARATULADO : BUSTAMANTE/FUENTES Peumo, uno de Diciembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, a folio 1 con fecha 15 de Septiembre del 2021 comparece do a ñ Isabel Dur ná Wartenberg, c dula nacional de identidad N 15.369.453-2, Abogada de la Corporaci n deé º ó Asistencia Judic
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