3º Juzgado Civil de San Miguel

FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Rol

V-334-2022

Fecha

30 de noviembre de 2023

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, a folio 11, comparece doña Luisa Italia Del Carmen Michelson-Boschaner Martínez, jubilada, RUN N°3.685.489-8, domiciliada para estos efectos en Cerro El Plomo 5855, oficina 405, comuna de Las Condes, quien solicita se gire cheque a su nombre por la suma consignada en autos. Segundo: Que en la especie, el acto expropiatorio se efectuó por Decreto Supremo Exento N°396 de 14 de junio de 2022, emitido por el Ministerio de Obras Públicas y publicado en el Diario Oficial y en El Labrador de Melipilla el 15 de julio de 2022, tal como consta a folio 1. Dicho acto recayó sobre el lote de terreno Nº111, Km. 105.192,10 al Km. 105.291,00, con una superficie de 232 metros cuadrados, que encuentra ubicado encuentra ubicado en LT 7 B 2 - 10 LT 7 B 2 LT 7 BHJ 7 FDO CABIMBAO, de la comuna de San Pedro, Rol de avalúo 29-771 de la misma comuna. Asimismo a folio 9, constan las publicaciones previstas por el artículo 23 del D.L. 2186, efectuadas en el Diario Oficial el 15 de octubre de 2022 y en el Diario El Labrador el 18 de octubre de 2022. Tercero: Que para hacer pago de la indemnización provisional consignada al dueño del bien expropiado se requiere: a) Que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada; b) Acreditar el derecho de dominio del solicitante sobre la propiedad expropiada a la época del acto expropiatorio y; c) estar exento o al día en el pago de contribuciones. Cuarto: Que el primero de los requisitos precedentemente enunciados, se encuentra cumplido y acreditado con certificado suscrito por el señor Secretario del Tribunal que rola a folio 30, el cual señala que no se han presentado en autos interesados haciendo valer derechos conforme el artículo 26 del D.L. 2186, y el plazo para ello se encuentra vencido. Quinto: Que, asimismo, se acreditó con los documentos allegados al proceso, que el poseedor inscrito del inmueble individualizado en el

Fundamentos

considerando Código: RLNDXJXZJRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl segundo, según da cuenta inscripción del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla, a fojas 1998 número 3459 del año 2015, Rol de avalúo N°29-771 de la comuna de San Pedro, era doña Luisa Italia del Carmen Michelson-Boschaner Martínez, quien conforme al artículo 700 del Código Civil deben reputarse dueña mientras otra persona no justifique serlo. Sexto: Que, respecto al último de los presupuestos enunciados en el considerando tercero, cabe consignar que la propiedad de autos se encuentra registrada con el Rol de Avalúo N°29-771 de la comuna de San Pedro, y acorde al certificado que se acompaña a folio 40, este inmueble no registra deuda. Séptimo: Que, de la documentación allegada al proceso por la parte expropiada, respecto del inmueble expropiado, concuerda con los documentos acompañados por el solicitante en autos y los remitidos por el señor Conservador de Bienes Raíces de Melipilla a folio 24. Asimismo, con los antecedentes allegados al proceso, queda acreditado que el referido el lote de terreno Nº111, Km. 105.192,10 al Km. 105.291,00, necesario para la ejecución de la Obra: CONCESIÓN RUTA 66 - CAMINO DE LA FRUTA. SECTOR B. SUBSECTOR: RUTA 66: ENLACE LAS ARAÑAS - LAS BRISAS DE SANTO DOMINGO, comuna de San Pedro, Rol de Avaluó Nº 29-771 de la referida comuna, corresponde a la propiedad inscrita a fojas 1998 número 3459 del año 2015, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces Melipilla, de modo que, constando en autos que se consignó por el predio los dineros que correspondían a este lote expropiado y cumpliéndose todos los requisitos legales que hacen procedente el pago a la peticionaria y expropiada de la indemnización provisional consignada en esta causa, es que se accederá a la solicitud de giro de cheque, por el monto señalado en la boleta certificada a folio 36, conforme se dirá en lo resolutivo. Con lo relacionado, visto además lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y Acta N° 87-2014 de la Excma. Corte Suprema de fecha diecisiete de junio del año dos mil catorce,

Fallo

se declara: I.- Que, habiéndose cumplido las exigencias legales para que se proceda al giro de los fondos consignados por el ente expropiante a quien acredite ser dueño del bien expropiado, gírese cheque a nombre de doña Luisa Italia Del Carmen Michelson-Boschaner, RUN N°3.685.489-8, por la suma de $ 1.019.950 (un millón diecinueve mil novecientos cincuenta pesos) con cargo a la boleta Nº5000878795, de 31 de agosto de 2022, certificada a folio 36. II.- Dándose cumplimiento a las instrucciones impartidas en el Acta n°87- 2014 del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema con fecha 17 de junio del Código: RLNDXJXZJRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2014, para la entrega de los dineros girados a nombre de la expropiada deberá concurrir al Tribunal, ésta última y su abogado patrocinante y/o apoderado, bajo firma de ambos y la debida constancia relativa a su individualización en el expediente, suscrita por el Sr. Secretario del Tribunal o de quien lo subrogue legalmente; todo ello, una vez ejecutoriada la presente resolución. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol V-334-2022 Pronunciada por Rebeca Cristina Soto Roble, jueza suplente del Tercer Juzgado Civil de San Miguel. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, treinta de Noviembre de dos mil veintitrés. Código: RLNDXJXZJRZ Este documento tiene firma electrónica

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FOJA: 41.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de San Miguel CAUSA ROL : V-334-2022 CARATULADO : FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO San Miguel, treinta de Noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, a folio 11, comparece doña Luisa Italia Del Carmen Michelson-Boschaner Martínez, jubilada, RUN N°3.685.489-8, domiciliada para estos e

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