23º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA S.A./MARÍN

Rol

C-33820-2018

Fecha

30 de noviembre de 2023

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: En autos Rol C- 33820-2018 comparece do a Daphne Basiliu C ceres, abogada, enñ á representaci n convencional de ó Inmobiliaria Parque La Florida SA., sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por don Carlos Rodolfo Vargas Paysen, Ingenieroó Comercial, con domicilio en calle Estado N 360, Piso 2, comuna de Santiago, interponiendo° demanda en juicio ordinario de menor cuant a de resoluci n de contrato e indemnizaci n deí ó ó perjuicios en contra de don Jos Francisco Mar n L pez, é í ó de quien ignora profesi n u oficio,ó con domicilio Pasaje Armando Carrera N 7727, Villa Esmeralda, de la comuna de Cerrillos.º Expone que su representada Inmobiliaria Parque La Florida S.A., celebr con eló demandado don Jos Francisco Mar n L pez, con fecha 17 de junio de 2008 contrato deé í ó promesa de compraventa, en virtud del cual el demandado prometi adquirir, y su representadaó prometi vender, los derechos de sepultaci n en una sepultura ubicada en la zona A3 sector B7ó ó sepultura 11090, de 4 capacidades, de la planimetr a del Cementerio Parque El Manantial,í ubicado en la comuna de Maip .ú Se ala queñ el precio del contrato definitivo de compraventa ascend a a la cantidad deí UF 124, equivalentes a la fecha de hoy 9 de octubre de 2018 a $3.394.357. Se estipul que eló contrato definitivo de compraventa se otorgar a una vez que el cliente hubiera pagadoí ntegramente el precio pactado.í Indica que en la cl usula tercera el demandado se oblig a pagar el precio pactado de laá ó siguiente forma; 144 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de UF 1,3182, equivalentes a la fecha de hoy 9 de octubre de 2018 a $36.084, venciendo la primera de ellas el d a 16 de agosto deí 2008. Que en la cl usula quinta, de las estipulaciones generales, del citado contrato seá estableci que si el demandado incurr a en el no pago ntegro y oportuno de una o m s de lasó í í á cuotas estipuladas en la cl usula tercera del contrato, su representada quedaba facultada paraá ejercer cualq

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece de Inmobiliaria Parque La Florida SA., interponiendo demanda en juicio ordinario de menor cuant a de resoluci n de contrato e indemnizaci n deí ó ó perjuicios en contra de don Jos Francisco Mar n L pez,é í ó todos ya individualizados, a partir de las consideraciones de hecho y de derecho rese adas en la parte expositiva de la presenteñ sentencia. Segundo: Que habi ndose conferido traslado de la demanda y encontr ndose rebelde laé á demandada, en su silencio, se tienen por controvertidos todos los argumentos de hecho y fundamentos de derecho en que se ha apoyado la sociedad demandante para deducir la presente acci n.ó Tercero: Conforme el art culo 1698 del C digo Civil, pesa sobre el demandante la cargaí ó de acreditar la existencia del contrato de promesa de celebrar un contrato de compraventa, de fecha 17 de junio del 2008, y en particular, la obligaci n del demandado de pagarle el precioó acordado por medio del referido contrato de promesa, multa y cl usula penal convenida; por suá parte, deber el demandado, acreditar la extinci n de la obligaci n de pago, paraá ó ó consecuentemente probar la extinci n de aquellas accesorias.ó Cuarto: Recibida la causa a prueba, la parte demandante rindi la siguienteó documental: - Escrito de folio 1: 1.- Contrato de promesa de compraventa N 0107838, celebrado con fecha 17 de junioº del 2008. 2.- Copia de la carta de fecha 18 de junio del 2018 dirigida a Jos Francisco Mar né í L pez ó y comprobante de env o de correos Chile timbrado con fecha 19 de junio del 2018.í 3.- Cuenta corriente promesa parque El Manantial serie I 107.838 de fecha 18 de junio del 2018. - Escrito de folio 27: 4.- Informaci n del fallecimiento emitido por Parque El Manantial contrato O-I-107.838.ó 5.- Copia de Autorizaci n de Sepultaci n, de fecha 19 de junio del 2008 emitido poró ó Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Valpara so.ó í 6.- Copia de ficha de sepultaci n emitida por Administradora del Prado y La Forestaó S.A. respecto de Irma Virginia Castro Vega. Código: EXYGXJWXHGZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-33820-2018 Foja: 1 7.- Carta autorizaci n de sepultaci n folio N 000497 contrato 107838 emitida poró ó ° Administradora Del Prado y La Foresta S.A con fecha 17 de junio del 2008. 8.- Copia de grabaci n de l pida respecto contrato 107838 ó á emitida por Administradora Del Prado y La Foresta S.A con fecha 17 de junio del 2008. 9.- Registro de sepultaciones y estad sticas N 000302 respecto del contrato OI 107838í ° emitido por Administradora del Prado y La Foresta S.A con fecha 18 de junio del 2008. 10.- Copia certificado de defunci n emitido por el Servicio de Registro Civil eó Identificaci n respecto de Irma Virginia Castro Vega de fecha 10 de mayo del 2023.ó Quinto: Que a su turno la parte demandada no rindi prueba algunaó . Sexto: Que la acci n interpuesta en autos corresponde a la de resoluci n de contrat

Fallo

fallo o en el procedimiento ejecutivo que corresponda. Y de conformidad con lo antes razonado y lo dispuesto en los art culos 1545, 1546,í 1557, 1560, 1652 y 1563 del C digo Civil, 144 y 170 del C digo de Procedimiento Civil, seó ó declara: I.- Que se acoge la demanda, interpuesta por Inmobiliaria Parque La Florida SA., en contra de don Jos Francisco Mar n L pez,é í ó y se decreta la resoluci n del contrato de promesa deó compraventa suscrito entre Cementerio Parque El Manantial y Jos Francisco Mar n L pezé í ó con fecha 17 de junio del 2008. II.- Que se condena al demandado Jos Francisco Mar n L pezé í ó a indemnizar los perjuicios compensatorios avaluados por las partes en el equivalente a las sumas por concepto de contrato de promesa compraventa, esto es la cantidad de 16,22 Unidades de Fomento por concepto de perjuicios moratorios causados por el incumplimiento que ha incurrido el demandado. III.- Se autoriza a la actora a tomar posesi n de la sepultura objeto de la litis y aó exhumar los restos all sepultados, sin perjuicio de loí expuesto en el considerando d cimo sextoé precedente, respecto de las autorizaciones que habr n de requerirse para hacer efectiva laá ejecuci n de esta sentencia.ó IV.- Se condena al demandado al pago de las costas del juicio Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez titular. Código: EXYGXJWXHGZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://

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C-33820-2018 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33820-2018 CARATULADO : INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA S.A./MAR NÍ Santiago, treinta de Noviembre de dos mil veintitr sé Vistos: En autos Rol C- 33820-2018 comparece do a Daphne Basiliu C ceres, abogada, enñ á representaci n convencional de ó Inmobiliaria Parque La Florida SA.,

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