SCOTIABANK CHILE S. A./OJEDA
Rol
C-1921-2023
Fecha
30 de noviembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Sergio Arze Romani, abogado, domiciliado en calle Limache N°1724, oficina 1301, piso 13, Edificio Contemporáneo, comuna Viña del Mar, e interpone demanda ejecutiva en contra de Jorge Jonathan Ojeda Vargas, de profesión u oficio desconocido, con domicilio en calle 18 de Septiembre N°254, Villa Germania, comuna de Villa Alemana, por la suma de $27.838.523, más intereses y costas. A folio 11, a lo principal, comparece don Mario Andrés Espinosa Valderrama, en representación del ejecutado, oponiendo dos excepciones a la ejecución, las contenidas en el N°7 y N°14 del artículo 464 de Código de Procedimiento Civil. A folio 13, el ejecutante evacuó el traslado conferido a folio 12, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas. A folio 15, se recibió la causa a prueba. A folio 27, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal de folio 1, comparece Sergio Arze Romani, abogado, domiciliado en calle Limache N°1724, oficina 1301, piso 13, Edificio Contemporáneo, comuna Viña del Mar, e interpone demanda ejecutiva en contra de Jorge Jonathan Ojeda Vargas, de profesión u oficio desconocido, con domicilio en calle 18 de Septiembre N°254, Villa Germania, comuna de Villa Alemana, por la suma de $27.838.523, más intereses y costas. Funda su demanda en el pagaré N°710116008686, suscrito con fecha 18 de mayo de 2.021, por el deudor, por el cual se obligó a pagar la suma de $35.048.526, en 82 cuotas sucesivas por un monto de $486.204, cada una, y una última de $487.884, venciendo la primera el 10 de agosto de 2.021, y las restantes los 10 de cada mes; devengando el capital intereses del 0,30% mensual, y capitalizándose los intereses que no se pagaren en su respectivo vencimiento o renovación, conforme las normas legales pertinentes, sin perjuicio del derecho del banco a exigir la totalidad. Manifiesta que en caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte de cualquiera de las cuotas, el Banco cobrará la tasa de interés máxima Código: JMGZXJKMREZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripción de este pagaré, a menos que la que rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrará esta última. Expresa que el deudor no pagó la cuota que vencía el 10 de marzo de 2.023, adeudando la suma de $27.838.523.
Fallo
Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Jorge Jonathan Ojeda Vargas, ya individualizado, admitirla a tramitación, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $27.838.523, más intereses, y disponer se siga adelante la ejecución, hasta hacer entero pago de los adeudado, con costas. SEGUNDO: Que a lo principal de folio 11, comparece don Mario Andrés Espinosa Valderrama, en representación del ejecutado, oponiendo dos excepciones a la ejecución, las contenidas en el N°7 y N°14 del artículo 464 de Código de Procedimiento Civil. Funda la primera excepción del N° 14 del artículo ya citado, señalando que Scotiabank Chile S.A., como mandatario, excedió las facultades conferidas por su representado, por haber sido autorizada la firma del suscritor del pagaré ante Notario, liberando al beneficiario de la obligación de protesto. Agrega que la liberación del protesto y la autorización de la firma ante notario del suscriptor, resultan necesario que se consignen expresamente en el mandato, por ser un encargo “especial y especifico”, que no puede comprender las facultades ordinarias de administración, por constituir excepciones al régimen normal que la ley prevé para este instrumento, del que se desprenden consecuencias más gravosas para el suscriptor o deudor. Manifiesta que lo anterior nos lleva a concluir que el mandatario se excedió en sus facultades, y que la sanción sería inoponibilidad, pero que como esta es un
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1921-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./OJEDA Valpara soí , treinta de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Sergio Arze Romani, abogado, domiciliado en calle Limache N°1724, oficina 1301, piso 13, Edificio Contemporáneo, comuna Viña del Mar, e interpone demanda eje
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