2º Juzgado de Letras de Linares

CID/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1954-2023

Fecha

30 de noviembre de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- A folio 1, comparece don SEGUNDO ANICETO CID MONSALVE, conductor, domiciliado en Avenida Carlos Camus N 78 de Linares, quien presenta° demanda de prescripci n en contra de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por doní ú Mario Meza V squez, en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados ená Kurt Moller N 391 de Linares.° Refiere que es propietario de un veh culo, tipo camioneta, marca í NISSAN, modelo TERRANO DCAB AX TURBO 2.5, A o ñ 2012, N de Motor:° YD25378026T, PPU DXCG.94-4, color Rojo, el veh culo en cuesti n se encontrabaí ó mec nicamente inutilizado al momento de adquirirlo desde hac a mucho tiempo, porá í ende, con la totalidad de sus papeles atrasados, los cuales poco a poco se han ido regularizando. El veh culo adeuda permisos de circulaci n para con el Municipio antesí ó referido desde el a o ñ 2016, hasta el a o ñ 2023, alcanzando a acumular en tal per odo,í la suma de $1.640.392.- Código: HXGCXJXXZCZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1954-2023 Foja: 1 Que el veh culo adeuda permisos de circulaci n desde hace varios a os y ení ó ñ consecuencia Tesorer a estima que deben pagarse todas las patentes adeudadas, loí que resulta imposible realizar, dado el alto costo de ellas en relaci n al precioó comercial del remolque. En cuanto a derecho, indica que el Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales atingente sobre la materia se ala en su art culo 7 lo siguiente: Lasñ í º “ municipalidades cobrar n una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha tarifa, queá podr ser diferenciada seg n los criterios se alados en el art culo anterior, se cobrará ú ñ í á por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fijar la tarifa del servicio se alado sobre la base de un c lculo queá ñ á considere exclusivamente tanto los costos fijos como los costos variables de aqu l . é ”

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don SEGUNDO ANICETO CID MONSALVE, presentando demanda de prescripci n en contra de la ILUSTREó MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y de Derecho que se consignaron en loá expositivo de este fallo. SEGUNDO : Que a folio 6, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que, la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1. Certificado de deuda N 16, emitido por la Direcci n del Tr nsito de la° ó á Ilustre Municipalidad de Linares.- 2. Certificado de Inscripci n y anotaciones vigentes del veh culo materia deó í autos. CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que el demandante presenta una deuda por concepto de permiso de circulaci n del veh culo placa patente nica DXCG-94,ó í ú correspondiente a los a os 2016 a 2023, ambos inclusive. ñ Código: HXGCXJXXZCZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1954-2023 Foja: 1 S PTIMO:É Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los permisos deó circulaci n, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento (marzoó de cada a o), inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso deñ á é inactividad del acreedor necesario para la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Que en este contexto, y atendido a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, es dable establecer que ha transcurrido ntegramente el plazo deí prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil respecto de las deudasó í ó indicadas en el documento no objetado de fojas 1, que va desde el a o 2016 hasta elñ a o 2020, ambos inclusive, toda vez ñ las acciones de las Municipalidades para cobrar tr

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 23 de octubre de 2023 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Cid con I. Municipalidad Linares“ ” Procedimiento Ordinario Demandante Segundo Aniceto Cid Monsalve C.I. 8.870.320-0 Abogado Paulina Del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Representante Mario Meza V squezá C.I. 14.389.148-8 Abogado Gonzalo Rebolledo Gonz lezá C.I. 16.537.110 -0 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O rí Sentencia 29 de noviembre de 2023 Linares, treinta de noviembre de dos mil veintitr s.é VISTO: 1.- A folio 1, comparece don SEGUNDO ANICETO CID MONSALVE, conductor, domiciliado en Avenida Carlos Camus N 78 de Linares, quien presenta° demanda de prescripci n en contra de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente por doní ú Mario Meza V squez, en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados ená Kurt Moller N 391 de Linares.° Refiere que es propietario de un veh culo, tipo camioneta, marca í NISSAN, modelo TERRANO DCAB AX TURBO 2.5, A o ñ 2012, N de Motor:° YD25378026T, PPU DXCG.94-4, color Rojo, el veh culo en cuesti n se encontrabaí ó mec nicamente inutilizado al momento de adquirirlo desde hac a mucho tiempo, porá í ende, con la totalidad de sus papeles atrasados, los cuales poco a poco se han ido regularizando. El veh culo adeuda permisos de circulaci n para con el Municipio antesí ó referido desde el a o ñ 2016, hasta el a o ñ 2023, alc

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C-1954-2023 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1954-2023 CARATULADO : CID/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-1954-2023 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 23 de octubre de 2023 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Cid con I. Municipalidad Linares“ ” Procedimiento Ordinario Demandante Segundo Ani

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