TORO/MASTER SERVICE COMERCIA LTDA.
Rol
O-688-2023
Fecha
12 de marzo de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Fuero sindical, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Reincorporación, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 6, 7, 41,168, 243, 446 y siguientes, 453, 454, 455 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por MARGARITA TORO ESPINOZA, cédula nacional de identidad 9.627.795-4, en contra de su ex empleador MASTER SERVICE COMERCIAL LIMITADA, Rut 78.865.610-6, representada legalmente por Mario Santibáñez Burrows, cédula nacional de identidad 5.057.235-8, todos ya individualizados, en cuanto se reconoce y declara la existencia de una relación laboral, establecida en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo, a partir del 04 de abril de 2017 y hasta el 28 de febrero de 2023, oportunidad en que la actora es despedida sin expresión de causa y, no obstante, encontrarse aforada al ser representante del Comité Paritario de Orden, Higiene y Seguridad. Que, en consecuencia, se acoge la demanda por despido injustificado que afectó a la demandante y se ordena a la demandada a pagar las siguientes sumas: a. Recargo del 50% de la indemnización por años de servicios, ascendente a la suma de $1.760.019.- b. Diferencia de la indemnización sustitutiva del aviso previo, ascendente a la suma de $46.740.- c. Diferencia de la indemnización por años de servicios, ascendente a la suma de $280.440.- d. Diferencias del sueldo base, de enero de 2022 a febrero de 2023, ascendente a la suma de $607.620.- e. Indemnización compensatoria por fuero laboral, por el periodo que va desde el 28 de febrero de 2023 al 25 de marzo del 2024, por $6.970.080.- II. Que, se rechaza la demanda de nulidad del despido incoada. III. Que, las sumas indicadas precedentemente deberán pagarse con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda, efectuada la deducción de la suma de $7.000.000.- que fueron pagados por la demandada solidaria y/o subsidiaria UNIVERSIDAD TÉCNICA FEDERICO SANTA MARÍA. IV. Que, no se condena en costas a la demandada, atendida su rebeldía en la presente causa. S
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia.- se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 6, 7, 41,168, 243, 446 y siguientes, 453, 454, 455 y 459 del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por MARGARITA TORO ESPINOZA, cédula nacional de identidad 9.627.795-4, en contra de su ex empleador MASTER SERVICE COMERCIAL LIMITADA, Rut 78.865.610-6, representada legalmente por Mario Santibáñez Burrows, cédula nacional de identidad 5.057.235-8, todos ya individualizados, en cuanto se reconoce y declara la existencia de una relación laboral, establecida en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo, a partir del 04 de abril de 2017 y hasta el 28 de febrero de 2023, oportunidad en que la actora es despedida sin expresión de causa y, no obstante, encontrarse aforada al ser representante del Comité Paritario de Orden, Higiene y Seguridad. Que, en consecuencia, se acoge la demanda por despido injustificado que afectó a la demandante y se ordena a la demandada a pagar las siguientes sumas: a. Recargo del 50% de la indemnización por años de servicios, ascendente a la suma de $1.760.019.- b. Diferencia de la indemnización sustitutiva del aviso previo, ascendente a la suma de $46.740.- c. Diferencia de la indemnización por años de servicios, ascendente a la suma de $280.440.- d. Diferencias del sueldo base, de enero de 2022 a febrero de 2023, ascendente a la suma de $607.620.- e. Indemnización compensatoria por fuero laboral, por el periodo que va desde el 28 de febrero de 202
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Valparaíso, martes, 12 de marzo de 2024 RUC 23-4-0481022-7 RIT O- 688 - 2023 MAGISTRADO Eduardo Saldivia Saa ADMINISTRATIVO DE ACTAS Samuel Rojas Díaz HORA DE INICIO 12:43 Horas.- HORA DE TERMINO 13:42 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala N° 2 Nº REGISTRO DE AUDIO 23-4-0481022-7-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE MARGARITA TO
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