VÍA MATTONA S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ
Rol
C-3107-2023
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, de fecha 4 de octubre de 2023, comparece don Juan Sebasti ná Cardemil Oportus, abogado, domiciliado en calle Manuel Montt 357, Oficina 401, Curic , en representaci n de la sociedad ó ó Agr cola V a Mattona S.A.í í , sociedad del giro de su denominaci n, Rut N 96.786.190-1, representada por don Jorge Ignacio Massan só ° é Soler, ingeniero comercial, ambos para estos efectos de m mismo domicilio, quien vieneí en deducir demanda de prescripci n extintiva de las acciones ejecutivas de cobro deó Patente Comercial Municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Curicó, representada por su Alcalde don Javier Antonio Mu oz Riquelme, ambosñ domiciliados en calle Estado N 279, Curic , a fin se declare la prescripci n extintiva deº ó ó las acciones de cobro, as como la prescripci n de las obligaciones correspondientes a laí ó denominada PATENTES COMERCIALES (asociadas al Rol 227006) y que afectan a su representada la sociedad Agr cola V a Mattona S.A. conforme al denominado Estado deí í Deuda por Contribuyentes de fecha 06 de Septiembre de 2023, y ello en base a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer: I.-
Fundamentos
FUNDAMENTOS Y ANTECEDENTES DE HECHO. Los hechos que sirven de fundamento a esta demanda son los siguientes: 1.- Su representada la sociedad Agr cola V a Mattona S.A., al menos desde el a oí í ñ 2.009 a la fecha ha ejercido una actividad netamente agr cola, y calificada de acuerdo aí la Ley de Rentas Municipales como actividad primaria, y por ende exenta del pago de Patentes Comerciales. 2.- Que, sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, el Departamento de Rentas de la Ilustre Municipalidad de Curic , ha extendido un Estado de Deuda poró Contribuyentes, afectando a su representada con el cobro de Patente Comercial desde el periodo que transcurre desde el segundo semestre del a o 2.009 y hasta el segundoñ semestre del a o 2023.ñ Código: NLNBXJDKEVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3107-2023 3.- Que, desde la fecha de vencimiento de la Patente Comercial Segundo Semestre a o 2.009 y as sucesivamente e ininterrumpidamente hasta la cuotañ í correspondiente al Primer Semestre del a o 2.021 o la cuota correspondiente al Segundoñ Semestre del a o 2020, seg n el Tribunal estime en derecho; y cuyos valores en capital,ñ ú reajustes e intereses se contienen en Estado de Deuda que acompa o en un Otros de suñ í presentaci n, han transcurrido m s de 3 a os, durante el cual, la demandada Ilustreó á ñ Municipalidad de Curic no ha ejercido las acciones de cobro de las supuestasó obligaciones de que da cuenta el denominado Estado de Deuda por Contribuyentes. 4.- En suma, las acciones de cobro y obligaci n cuya Prescripci n Extintiva seó ó demanda comprende las Patentes Comerciales, incluyendo ambos semestres, a os 2.009,ñ 2.010, 2.011, 2.012, 2.013, 2.014, 2.015, 2.016, 2.017, 2.018, 2.019, 2.020, Primer semestre a o 2.021; y cada una de ellas por los valores que se contienen en Estado deñ Deuda por Contribuyentes que acompa o en un otros de su presentaci n.ñ í ó II.- FUNDAMENTO DE DERECHO. Las normas de derecho que sirven de fundamento a esta demanda son las siguientes: LA PRESCRIPCION EXTINTIVA respecto de la patente comercial correspondiente a los a os 2.009, 2.010, 2.011, 2.012, 2.013, 2.014, 2.015, 2.016, 2.017,ñ 2.018, 2.019, 2.020, Primer semestre a o 2.021, se encuentran prescritas de conformidadñ a lo establecido en el art culo 2521, inciso primero del C digo Civil, que dispone queí ó prescriben en tres a os las acciones a favor del Fisco y de las Municipalidadesñ provenientes de toda clase de impuesto, por lo que, habiendo transcurrido m s de tresá a os, el plazo de tres a os que dispone el precepto citado se encuentra totalmenteñ ñ cumplido, respecto de las patentes de los a os se alados.ñ ñ Efectivamente, el art culo 24 inciso del Decreto Ley N 3.063 establece el valor deí º la patente municipal y el periodo que cubre: El valor por doce meses de la patente ser“ á de un monto equivalente entre el dos y medio por mil y el cinco por mil del capital propio de cada contribuyente.” Lu
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698 yá í siguientes, y 2515 del C digo Civil, art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, seó í ó declara: I.- QUE SE ACOGE la demanda de folio 1, de fecha de fecha 4 de octubre de 2023, deducida por don Juan Sebasti n Cardemil Oportus, abogado, en representaci ná ó de la sociedad Agr cola V a Mattona S.A.í í , representada por don Jorge Ignacio Massan s Soler, en contra de la é Ilustre Municipalidad de Curicó, representada por su Código: NLNBXJDKEVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3107-2023 Alcalde don Javier Antonio Mu oz Riquelme, todos ya individualizados, y se declara lañ prescripci n de la acci n para el pago de patentes comerciales adeudados desdeó ó el a oñ 2.009, 2.010, 2.011, 2.012, 2.013, 2.014, 2.015, 2.016, 2.017, 2.018, 2.019, hasta el segundo semestre del a o 2020. ñ II.- Que no se condena en costas a la parte demandada por haberse allanado a la demanda. Notif quese, reg strese y arch vese si no apelare.-í í í Rol N 3107-2023.- º Dictada por do a Estefania Hunrichse Andrade, Juez Suplente del Segundoñ Juzgado de Letras de Curic .- ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico, veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr sé Código: NLNBXJDKEVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-
Texto Completo (Preview)
C-3107-2023 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-3107-2023 CARATULADO : V A MATTONA S.A./ILUSTREÍ MUNICIPALIDAD DE CURICÓ Curico, veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, de fecha 4 de octubre de 2023, comparece don Juan Sebasti ná Cardemil Oportus, abogado, domiciliado en calle Manuel Montt 357, Oficina 401
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