2º Juzgado Civil de Chillán

LAGOS/TRUCCO

Rol

C-442-2023

Fecha

29 de noviembre de 2023

Materia

AGUAS, AMPARO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparecen don Gabriel Albercio Basualto Ledezma, Rut 9.063.169-1, agricultor, en representaci n de Agr cola y Ganadera Gabriel Basualto Ledezma E.I.R.L.ó í ambos con domicilio en San Jos de Cato; don Daniel Facuse Halab , Rut 8.373.614-3,é í agricultor en representaci n de Agr cola Santa Valentina Ltda., ambos con domicilio enó í sector Cato; do a Carola Andrea Vera Palma, Rut 17.418.775-4, Ingeniera Agr noma yñ ó do a Nataly Edith Vera Palma, Rut 18.857.702-4, Ingeniera Agr noma, ambasñ ó domiciliadas en Fundo Santa Silvia, Cato; don Luis Ren Lama Lama, Rut 2.387.754-6é agricultor, domiciliado en Los Guindos, Cato; don Gast n Alberto Carrasco Aldea, Rutó 14.269.092-6, empresario, en representaci n de Sociedad Inversiones CMC Sociedad deó Responsabilidad Limitada con domicilio en Los Guindos, Cato y; do a Giovannañ Solange Lagos Ferrada, Rut 13.379.282-1, Ingeniera en alimentos, domiciliada en Villa El Oratorio, calle Manuel Plaza N 876, Chill n e interponen demanda de amparo de° á aguas en contra de Empresa Agr cola Transvaal, representada por don Juan Eduardoí Trucco Brito, empresario, y/o en contra de Juan Eduardo Trucco Brito, empresario, ambos con domicilio en Fundo Transvaal de la comuna de Coihueco. Fundan la demanda en que 1) Agr cola y Ganadera Gabriel Basualto Ledezma E.I.R.L.í es due añ del equivalente a 20,7 acciones de los derechos de aprovechamiento de agua de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, equivalente a 37 acciones del Embalse Coihueco de la Provincia de uble, inscritas a fojas 25, n mero 32 del Registro deÑ ú Propiedad de Aguas del a o 2008 del Conservador de Bienes Ra ces de Chill n; 2)ñ í á Sociedad Agr cola y Ganadera Santa Valentina Ltda. es due a de derechos deí ñ aprovechamiento de aguas de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, correspondiente a 60 acciones que se obtienen del Embalse Coihueco de la Provincia de uble, inscritas a fojas 76, n mero 116, y a fojas 77, n mero 117 ambas del Regi

Fundamentos

considerando la ilegalidad de las desviaciones artificiales, que por lo dem s son abusivas y les causan graves perjuicios alá dejar sin agua no solo a sus predios sino que tambi n a muchos otros predios del sector.é Agregan que en las ltimas 5 6 temporadas han padecido id nticos problemas,ú ó é precisando que las aguas en cuesti n recogen en el Estero Culenar y en el Canal Matrizó 3 del uble Rupanco y se distribuyen a sus predios. Concluyen haciendo presente queÑ – pertenecen a la Asociaci n de Regantes del Embalse Coihueco. Previas citas del art culoó í 181 y siguientes del C digo de Aguas solicitan tener por interpuesto amparo de aguas enó contra de la Empresa Agr cola Transvaal Ltda. representada por don Juan Eduardoí Trucco Brito y/o personalmente en contra de don Juan Eduardo Trucco Brito, ya individualizados y en definitiva, acogerlo, disponiendo que la recurrida debe retirar toda obra, taco u obst culos que impidan el libre curso o salida de las aguas de derrames, deá modo que stas puedan fluir libremente y, abstenerse de obstaculizarlas o embarazarlas,é aplicando multas o arrestos si fuere procedente, con costas. A folio 3, los actores ampliaron el petitorio de la demanda, precisando que l, oé los demandados, en su caso, deber n retirar toda obstrucci n, taco u obra, que ataje losá ó derrames de aguas que van a caer tanto al Estero El Culenar como al canal uble-Ñ Rupanco. A folio 7 y 9, complementaron la demanda se alando que el representante legal yñ presidente de la Asociaci n de Canalistas del Embalse Coihueco es don Rolando Le nó ó Velilla, agricultor, domiciliado en calle Luis Hermosilla N 1.561 Coihueco. ° A folio 11 y 13, se retir la demanda respecto a don Luis Ren Lama Lama, deó é Sociedad de Inversiones CMC, Sociedad de Responsabilidad Ltda. A folio 15, 17 y 19, se adhiri a la demanda don Mauricio Esteban Lamaó Kuncar, CI: 13.377.262-6, agricultor, domiciliado en Las Condes, Santiago y para estos efectos en sector Cato, se alando que es due o de los derechos de aprovechamiento deñ ñ aguas de uso consuntivo, de ejercicio permanente y contin o, equivalentes a 20 accionesú del Embalse de Coihueco de la Provincia de uble, captadas gravitacionalmente de losÑ r os Niblinto en la bocatoma del canal Alimentador al embalse Coihueco a 9 kil metrosí ó aguas arriba de su confluencia en el r o Cato; r o Coihueco en la bocatoma del canalí í uble-Rupanco ( Matriz 3), a 3 kms, aguas arriba de su confluencia con el r o Cato; elÑ í uso y goce de los derrames provenientes del rea regada entre el Estero Culenar y elá Canal uble- Rupanco que caen al r o Coihueco y se captan a trav s del Canal uble-Ñ í é Ñ Rupanco a 2,0 kil metros aguas arriba de la confluencia con el R o Cato, inscritas aó í fojas 241 n mero 245 del Registro de Propiedad de Aguas del a o 2017. Sostiene queú ñ los derechos de aprovechamiento mencionados son perturbados por el recurrido don Juan Eduardo Trucco Brito. Indica que riega su predio con los derrames de aguas a que Código:

Fallo

se resuelve:ó á I.- Que se rechaza la demanda de amparo de aguas interpuesta a folio 1 por Agr cola y Ganadera Gabriel Basualto Ledezma, Agr cola Santa Valentina Limitada,í í do a Carola Vera Palma, do a Nataly Vera Palma, Sociedad de Inversiones CMCñ ñ Sociedad de Responsabilidad Limitada, do a Giovana Lagos Ferrada y don Mauricioñ Lama Kunkar, en contra de don Juan Eduardo Trucco Brito y Agr cola Transvaalí Limitada. II.- Que no se condena en costas a los actores por tener motivo plausible. Notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad. í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chill ná , veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr s.é Código: KXWRXJKDBLY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Código: KXWRXJKDBLY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-29T17:32:15-0300

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-442-2023 CARATULADO : LAGOS/TRUCCO Chillán, veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr s.é Vistos: A folio 1, comparecen don Gabriel Albercio Basualto Ledezma, Rut 9.063.169-1, agricultor, en representaci n de Agr cola y Ganadera Gabriel Basualto Ledezma E.I.R.L.ó í ambos con domicilio en San Jos

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