BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SOLÍS
Rol
C-1528-2023
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
C-1528-2023 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1528-2023 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/SOL SÉ Í Santiago, veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS. Que, con fecha 27 de enero de 2023, comparece don Jos Miguelé Matte Risopatr n, abogado, en representaci n del ó ó Banco de Cr dito eé Inversiones, sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmenteó por su gerente general, don Eugenio von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos con domicilio para estos efectos en Avenida Libertador Bernardo O Higgins N 1449, Torre 04, Piso 8, comuna de Santiago, quien deduce´ ° demanda ejecutiva en contra de do a ñ Cecilia del Carmen Sol s Serranoí , ignora profesi n u oficio, domiciliada en 11 de septiembre N 1765, comunaó ° de Providencia. Que, con fecha 07 de febrero de 2023, se orden despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo.ó Que, con fecha 30 de agosto de 2023, el ejecutado opuso las excepciones del numeral d cimo cuarto y s ptimo del art culo 464 delé é í C digo de Procedimiento Civil.ó Que, con fecha 27 de septiembre de 2023, el ejecutante evacu eló traslado de las excepciones. Que, con fecha 12 de octubre de 2023, se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Que, con fecha 14 de noviembre de 2023, se cit a las partes a o ró í sentencia. Código: CLXKXJNVKXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1528-2023 Foja: 1 CONSIDERANDO. Primero: Que, don Jos Miguel Matte Risopatr n, en representaci né ó ó del Banco de Cr dito e Inversiones, representada legalmente por su gerenteé general, don Eugenio von Chrismar Carvajal, deduce demanda ejecutiva en contra de do a Cecilia del Carmen Sol s Serrano, todos ya individualizados.ñ í Funda su demanda en el hecho que el 28 de noviembre de 2022 se extendi un pagar a favor de su representada por la suma de $37.661.91
Fundamentos
fundamentos la excepci n en comento aparece queó el ejecutado se ala como vicio de nulidad que adolecer a la obligaci n el deñ í ó objeto il cito. A dicho respecto, se puede establecer que el acto denunciadoí corresponde al mandato especial, firmado por el deudor, aceptando todas sus cl usulas, incluyendo aquella por la cual el demandado otorga poder alá Código: CLXKXJNVKXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1528-2023 Foja: 1 ejecutante para facilitar el cobro de lo adeudado. En este sentido, los fundamentos de la excepci n deben ir dirigidos a atacar el referidoó mandato, si este adoleciera de alg n vicio de nulidad, teniendo adem sú á presente que el t tulo fundante de la presente ejecuci n corresponde a uní ó pagar que cumple con todos los requisitos y condiciones establecidas por laé ley para tener merito ejecutivo y se encuentra conforme, as lo dispone elí art culo 434 N 4 del C digo de Procedimiento Civil, por lo que seí ° ó rechazar la excepci n de nulidad.á ó Noveno: Que, para el correcto an lisis de la excepci n del numeralá ó s ptimo, resulta adecuado recordar que de conformidad con el N 4 delé º art culo 434 del C digo de Procedimiento Civil, tendr m rito ejecutivo,í ó “ á é sin necesidad de reconocimiento previo, la letra de cambio, pagar oé cheque, respecto del obligado cuya firma aparezca, autorizada por un notario o por el oficial del Registro Civil en la comuna donde no tenga su asiento un notario .” Por su parte, consta que el pagar fue suscrito a nombre del deudoré por do a Patricia Salas Marticorena, cuyo poder para suscribir pagar s enñ é representaci n del Banco, consta en la escritura p blica el 23 de noviembreó ú de 2018, acompa ado a los autos, y que ste ltimo fue mandatado parañ é ú suscribir pagar s a nombre de la deudora de conformidad a lo yaé considerado respecto a la expedici n de nulidad, de modo que no se cumpleó ninguno de los fundamentos que quiten fuerza ejecutiva al t tulo de marras. í
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Que, con fecha 14 de noviembre de 2023, se cit a las partes a o ró í sentencia. Código: CLXKXJNVKXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1528-2023 Foja: 1 CONSIDERANDO. Primero: Que, don Jos Miguel Matte Risopatr n, en representaci né ó ó del Banco de Cr dito e Inversiones, representada legalmente por su gerenteé general, don Eugenio von Chrismar Carvajal, deduce demanda ejecutiva en contra de do a Cecilia del Carmen Sol s Serrano, todos ya individualizados.ñ í Funda su demanda en el hecho que el 28 de noviembre de 2022 se extendi un pagar a favor de su representada por la suma de $37.661.914.-ó é a en representaci n de la deudora en virtud de un mandato suscrito por laó misma. Agrega que se estipul que, en caso de mora o simple retardo en eló pago del capital adeudado, se devengar un inter s igual al m ximoá é á convencional que permita la ley. Arguye que la deudora no dio cumplimiento a la obligaci nó contra da, adeudando todo el capital, m s intereses y que la firma delí á suscriptor fue autorizada por Notario P blico, que las sumas son l quidas,ú í actualmente exigibles, constan en t tulo ejecutivo y no est n prescritas.í á Previa citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a Cecilia del Carmen Sol s Serrano, ya individualizada,ñ í ordenando se despache mandamiento de ejecuci n
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C-1528-2023 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1528-2023 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/SOL SÉ Í Santiago, veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS. Que, con fecha 27 de enero de 2023, comparece don Jos Miguelé Matte Risopatr n, abogado, en representaci n del ó ó Banco de Cr dito eé Inversiones, s
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