YURASZECK/
Rol
V-174-2023
Fecha
29 de noviembre de 2023
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 19 de junio de 2023, comparece don José Yuraszeck Troncoso, ingeniero civil, domiciliado en calle Alonso de Córdova N°4355, piso 15, común de Vitacura, como donante. Señala que su intención es donar a sus nietos la cifra que en conjunto suma $2.432.370.000 dividido en la siguiente forma: $810.790.000 para dividirse en partes iguales entre (i) su hija doña Cecilia María Yuraszeck Krebs, periodista, cédula de identidad N°9.329.042-9, domiciliada en calle Fray León N°11.631, casa K, comuna de Las Condes; (ii) su nieta doña Cecilia María Correa Yuraszeck, estudiante, cédula de identidad N°20.825.909-1; (iii) su nieto don José Miguel Correa Yuarszeck, estudiante, cédula de identidad N°21.280.658-7; (iv) su nieto don Pedro Correa Yurasceck, estudiante, cédula de identidad N°22.796.908-3; y, (v) su nieta doña María Correa Yuraszeck, estudiante, cédula de identidad N°23.704.461-4; todos del mismo domicilio de doña Cecilia Yuraszeck Krebs; otros $810.790.000 a distribuirse en parte iguales entre: (i) su hijo Cristóbal Yuraszeck Krebs, ingeniero comercial, cédula de identidad N°10.710.851-3, domiciliado en calle Carmen Fariña N°6540, comuna de Vitacura; (ii) su nieta doña Violeta Yuraszeck Lustig, estudiante, cédula de identidad N°22.703.937-K; (iii) su nieta doña Paloma Yuraszeck Lustig, estudiante, cédula de identidad N°23.137.787-5; y, (iv) su nieta doña Emiliana Yuraszeck Lustig, estudiante, cédula de identidad N°24.377.718-6; todos del mismo domicilio que su padre don Cristóbal Yuraszeck Krebs; y finalmente la suma de $810.790.000 los que se distribuirán en igual forma entre: (i) don Nicolás Yuraszeck Krebs, abogado, cédula de identidad N°15.958.945-5, domiciliado en calle Copihual N°4.770, comuna de Vitacura; (ii) su nieto don Juan Yuraszeck Rosemary, sin profesión, cédula de identidad N°27.384.717-0; (iii) su nieta doña Ema Yuraszeck Rosemary, sin Código: QCXNXJTKBGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ve
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, comparece don José Yuraszeck Troncoso, solicitando autorización para donar gratuita e irrevocablemente la suma de $810.790.000 repartida entre partes iguales entre doña Cecilia María Yuraszeck Krebs; doña Cecilia María Correa Yuraszeck; don José Miguel Correa Yuarszeck; don Pedro Correa Yurasceck; doña María Correa Yuraszeck; la suma de $810.790.000 repartida entre partes iguales entre don Cristóbal Yuraszeck Krebs; doña Violeta Yuraszeck Lustig; doña Paloma Yuraszeck Lustig; doña Emiliana Yuraszeck Lustig; y la suma de $810.790.000 repartida entre partes iguales entre don Nicolás Código: QCXNXJTKBGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Yuraszeck Krebs; don Juan Yuraszeck Rosemary; doña Ema Yuraszeck Rosemary. Segundo: Que, el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil establece los requisitos que debe contener la autorización judicial para una donación que debe insinuarse y el artículo 890 del mismo estatuto legal, prescribe que “El tribunal, según la apreciación que haga de los particulares comprendidos en el artículo precedente, concederá o denegará la autorización, conforme lo dispone el artículo 1401 del Código Civil.” Tercero: Que, conforme se desprende de documentación acompañada, en especial, la copia del Formulario 22 del donante, y los certificados de dominio y de avalúo fiscal acompañados que dan cuenta que a dicha fecha cuenta con un patrimonio superior a los $5.000.000.000; unida a la información sumaria de testigos de folio 9, efectuada el 21 de agosto de 2023, en que comparecen los testigos don Álvaro Pipino Fontova y don José Paillacar Coñoecar, quienes son contestes en señalar que de acuerdo al conocimiento de la contabilidad y desarrollo profesional, dan cuenta del patrimonio y solvencia robusta del donante, sin tener deudas relevantes con terceros sin verse afectado el patrimonio producto de la donación. Relatan tener conocimiento del deseo de donar a sus hijos y nieto la suma total de $2.432.370.000. Cuarto: Que, encontrándose cumplidos, en consecuencia, los presupuestos del artículo 889 del Código Adjetivo, no cabe sino acoger la solicitud de que se trata.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 150, 1401, 1411 y siguientes del Código Civil, y 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, ha lugar a lo solicitado y en consecuencia, se concede a don José Yuraszeck Troncoso, autorización para donar gratuita e irrevocablemente la suma de $810.790.000 repartida entre partes iguales entre doña Cecilia María Yuraszeck Krebs; doña Cecilia María Correa Yuraszeck; don José Miguel Correa Yuarszeck; don Pedro Correa Yurasceck; doña María Correa Yuraszeck; la suma de $810.790.000 repartida entre partes iguales entre don Cristóbal Yuraszeck Krebs; doña Violeta Yuraszeck Lustig; doña Paloma Yuraszeck Lustig; doña Emiliana Yuraszeck Lustig; y la suma de $810.790.000 repartida entre partes iguales entre don Nicolás Yuraszeck Krebs; don Juan Yuraszeck Rosemary; doña Ema Yuraszeck Rosemary II.- Que, de acuerdo a lo informado por el Servicio de Impuesto Internos en los certificados Folios N° 5221099; N° 5221075; N° 5221169; N° 5221260; Código: QCXNXJTKBGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 N°5221218; N°5221108; N°5221241; N°5221155: N°5221234; N°5221211; N°5221131; N°5221201 la presente donación se encuentra afecta al pago del impuesto de herencias y donaciones contenido en la Ley N° 16.271.-, los cuales se encuentran enterados en arcas fiscales. Regístrese, notifíquese, dese copia y archívese. Rol V-174-
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Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-174-2023 CARATULADO : YURASZECK/ Santiago, veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 19 de junio de 2023, comparece don José Yuraszeck Troncoso, ingeniero civil, domiciliado en calle Alonso de Córdova N°4355, piso 15, común de Vitacura, como donante. Señala que su i
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