16º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA CAUTIN S.A./REMESA SPA

Rol

C-1192-2022

Fecha

29 de noviembre de 2023

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don Juan Pablo D az Cumsille, ingeniero civil,í en representaci n de ó Inmobiliaria Caut n S.A.í , sociedad del giro de su denominaci n, todos domiciliados para estos efectos en calle Mirafloresó N 222, piso 24, comuna de Santiago, quien deduce demanda de° terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contraó de Remesa SPA., sociedad del giro de su denominaci n, representadaó legalmente por don Alberto Gerszencvich Friedmann, abogado, ambos con domicilio en calle Miraflores N 130, comuna de Santiago.° A folios 50 y 53, se llev a efecto el comparendo de estilo, en el cualó se practic la segunda reconvenci n de pago, se tuvo por opuesta excepci nó ó ó dilatoria y por contestada la demanda, se tuvo por interpuesta demanda reconvencional, por evacu el traslado a la excepci n dilatoria y poró ó contestada demanda reconvencional; se dej constancia que habi ndoseó é efectuado el llamado a conciliaci n, sta no se produjo. Finalmente, seó é recibi la causa a prueba, rindi ndose la que consta en autos. ó é A folio 58, se cit a las partes a o r sentencia. ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, don Jos Alejandro Briones Rodr guez, ené í representaci n de Inmobiliaria Caut n S.A., deduce demanda deó í terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contraó de Remesa SPA., ya individualizada. Código: HWXFXJXVLFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1192-2022 Foja: 1 Funda su demanda en que su representada es propietaria del inmueble consistente en: Oficina N 301 que corresponde a todo el tercer° piso del Edificio Torres de Los Andes y el estacionamiento n mero 30,ú ambos ubicados en calle Miraflores N 130, comuna de Santiago; agregando° que, mediante escritura p blica de 20 de septiembre de 2012, otorgada enú la Notar a de Santiago, repertorio N 24.013-12, su representada entreg ení ° ó arrendamiento la propiedad antes individualizada a la sociedad Servicios, Inversiones y Consultora Remesa SA., y que con fecha 20 de julio de 2015 se efectu un nuevo contrato de arriendo con Remesa SPA., estipul ndoseó á que: a) la arrendataria deb a destinar el inmueble arrendado al desarrollo deí las actividades propias de su giro, esto es, servicios jur dicos; b) la entregaí del inmueble se efectu el d a 20 de septiembre de 2012; c) la vigenciaó í inicial ser a de dos a os de duraci n del contrato, vencido aquel plazo, elí ñ ó contrato se renovar a en forma t cita y autom tica por periodos iguales yí á á sucesivos de un a o, por lo que el contrato se renov tacita yñ ó autom ticamente el d a 01 de agosto de 2020; d) la renta la renta mensualá í de arrendamiento ascender a a la suma de UF 154,00.-, equivalentes al d aí í de la presentaci n de la demanda a la suma de $4.771.961.-, que se pagar aó í en dinero efectivo dentro de los primeros 5 d as de cada mes, en suí equivalente en pesos moneda nacional al d a de su pago; e) la arrendatariaí se encontraba obligada a pagar los gastos comunes que correspondan al inmueble y los consumos de servicios b sicos del mismo, adeud ndose alá á mes de diciembre de 2021 por concepto de gasto com n la suma deú $8.981.024.-; f) el s lo retardo de 10 d as a contar del d a cinco de cadaó í í mes, en el pago oportuno de la renta de arrendamiento y/o gastos comunes, dar a derecho al arrendador para poner t rmino en forma inmediata alí é contrato de arrendamiento, se alando que la arrendataria no ha restituido elñ inmueble; y, g) las obligaciones impuestas por la autoridad ser n de cargoá del arrendataria los gastos y responsabilidad que pueda ocasionar el cumplimiento de las rdenes o disposiciones que en cualquier tiempo puedaó impartir la autoridad en raz n al uso que se destinar n a la propiedad seanó á estas exigencias relativas a condiciones sanitarias higi nicas ambientalesé tributarias municipales legales o reglamentarias ser n de cargo de laá arrendadora. Código: HWXFXJXVLFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1192-2022 Foja: 1 Sostiene qu

Fallo

Fallo de casaci n de fondo la Excma. Corte Suprema, en fallo deó casaci n de fondo de fecha 28 de julio de 2022, reca do en los autos Rol Nó í ° 85.755-2021. - Copia de correos electr nicos de fecha 13 de julio de 2022.ó a) En cuanto a la excepci n dilatoria de ineptitud del libelo.ó Noveno: Que, la ineptitud del libelo ha de ser analizada como una excepci n que apunta al cumplimiento de los requisitos establecidos en eló art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Ha de afirmarse que la demanda es un acto procesal de imputaci nó de conductas asociadas a consecuencias jur dicas, de ah la necesidad de queí í sea absolutamente clara y precisa, pues es a partir de ella que se construye la defensa de la parte demandada. De no existir una debida claridad en aquella lo que se est conculcando es el derecho a defensa, elemento queá forma parte esencial de un debido proceso. Atendido lo reci n expuesto y de una atenta lectura del libeloé cuestionado es posible constatar que la demanda de autos cumple cabalmente los requisitos establecidos en el art culo 254 del C digo deí ó Procedimiento Civil, por lo que no se constatan los vicios alegados por la demandada por cuanto est claramente establecida la representaci n yá ó calidad del compareciente que lo hace como demandante, conforme al contrato de arrendamiento que sirve de fundamento. A mayor abundamiento, la jurisprudencia reiteradamente ha se aladoñ que se entiende que un libelo es inepto en s , cuando omiti ndose alguno deí

Texto Completo (Preview)

C-1192-2022 Foja: 1 FOJA: 51 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1192-2022 CARATULADO : INMOBILIARIA CAUTIN S.A./REMESA SPA Santiago, veintinueve de Noviembre de dos mil veintitr s.é VISTOS: A folio 1, comparece don Juan Pablo D az Cumsille, ingeniero civil,í en representaci n de ó Inmobiliaria Caut n S.A.í , sociedad del giro de su denominac

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica