BIANCHINI/
Rol
V-147-2023
Fecha
28 de noviembre de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do a ñ Paola Alejandra Bianchi Pinto, trabajadora dependiente, domiciliada en calle Lautaro N 18.463, comuna de Maip , quien interpone reclamo enº ú contra del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel a fin de que se le ordeneí practicar la inscripci n de la rectificaci n de la Posesi n Efectiva de los bienes quedadosó ó ó al fallecimiento de su madre do a Teresa de Jes s Pinto Rojas.ñ ú Se ala que ñ es hija de do a Teresa de Jes s Pinto Rojas, c dula de identidadñ ú é n mero 3.401.961-4, cuyo fallecimiento se produjo con fecha 20 de junio de 2012, yú respecto de quien, por cuestiones de desconocimiento, no realizaron los tr mites para laá obtenci n de la posesi n efectiva de los bienes quedados a su fallecimiento sino hasta eló ó a o 2022. Dicha solicitud se ingres a trav s de la plataforma virtual habilitada por elñ ó é Servicio de Registro Civil e Identificaci n, en la oficina de La Florida, con fecha 02 deó mayo de 2022, asign ndole el n mero 397. En esta oportunidad, y por razones queá ú desconoce, el sistema solamente permiti su ingreso como heredero de la causante, peseó a que al fallecimiento de su madre, sobreviven tres herederos (sus dos hermanos y la solicitante). Lo anterior se ve refrendado en la copia de la solicitud de posesi n efectivaó intestada ante el Servicio de Registro Civil e Identificaci n que acompa a.ó ñ Sostiene que, realizados los tr mites pertinentes, con fecha 15 de junio de 2022, elá Servicio de Registro Civil e Identificaci n, emiti el certificado de posesi n efectiva folioó ó ó 500454131358, n mero de inscripci n 45.754 del a o 2022. Es en esta oportunidad enú ó ñ donde tom conocimiento que al parecer su madre ten a dos hijos no matrimoniales,ó í puesto que el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, al momento de complementaró la informaci n de los herederos de la causante, se ala en tal calidad a do a Violetaó ñ ñ Luisa Castillo Pinto, c dula de identidad n mero 8.082.151-4 y a don Luis Ricardoé ú Estay Pint
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: XLZXXJXBTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que comparece do a Paola Alejandra Bianchi Pinto quienñ interpone reclamo en contra del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel a fin deí que se le ordene practicar la inscripci n de la rectificaci n de la Posesi n Efectiva de losó ó ó bienes quedados al fallecimiento de do a Teresa de Jes s Pinto Rojas.ñ ú Funda su solicitud en los argumentos de hecho y de derecho se alados en loñ expositivo de la sentencia. SEGUNDO: Que el art culo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio deí Bienes Ra ces dispone que, ante la negativa del Conservador a practicar una inscripci n,í ó la parte perjudicada puede ocurrir ante el juez respectivo, quien en vista de la solicitud y de los motivos expuestos por el reclamado, debe resolver por escrito y sin m s tr mite loá á que corresponda. A su vez, el art culo 13 del mismo Reglamento se ala que elí ñ Conservador no podr rehusar ni retardar las inscripciones que le presenten, no obstante,á deber negarse si la inscripci n es en alg n sentido inadmisible, continuando la normaá ó ú con una enumeraci n ejemplar de casos. A su vez, el art culo 88 del Reglamentoó í establece que la rectificaci n de errores, omisiones o cualquiera otra modificaci nó ó equivalente que el Conservador de oficio o a petici n de parte, tuviere que haceró conforme al t tulo inscrito, ser objeto de una sub-inscripci n, la que se verificar en elí á ó á margen de la derecha de la inscripci n respectiva, al frente de la designaci n modificada.ó ó TERCERO: Que el Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel en su informeí consigna que seg n inscripci n de fojas 14239 vta. N 13217 del Registro de Propiedadú ó ° del a o 2022, do a Paola Bianchini Pinto, Gina Bianchini Pinto, Violeta Castillo Pinto,ñ ñ Emilio Bianchini Pinto y Luis Estay Pinto, son due os de los derechos que leñ correspond an a Teresa Jes s Pinto Rojas, en el Departamento A, ubicado en el tercerí ú piso, rol de aval o N 5272-3, del Bloque A guion trece, del edificio ubicado en Pasajeú ° Cinco n mero cinco mil trescientos ochenta, de la Poblaci n Obrera Miguel Munizaga I,ú ó de la comuna San Miguel. Lo adquirieron por herencia de la persona nombrada, fallecida el 20 de Junio de 2012. Agrega que con fecha 18 de Mayo de 2023, bajo car tula N 2023059796, seá ° ingres solicitud de rectificaci n de posesi n efectiva de Teresa Jes s Pinto Rojas, lo cualó ó ó ú fue rechazado por el siguiente motivo: Eliminaci n de herederos debe realizarse“ ó mediante resoluci n judicial (art. 8 ley 19903).ó ” Se ala que respecto del reparo, el requirente en su presentaci n, incurri en elñ ó ó siguiente error: La modificaci n de la posesi n efectiva solo se tramit ante el Servicio deó ó ó Registro Civil y no se solicit la correspondiente resoluci n judicial ante los Tribunalesó ó de Justicia ya que exist a con anterioridad una posesi n efectiva en la cual s
Fallo
por tanto, las cuestiones de fondo, puesto que, para la resoluci n de estos eventuales errores, la legislaci n contempla distintasó ó acciones judiciales orientadas a tal objetivo. Cit jurisprudencia al efecto.ó Indica que dentro del motivo por el cual el Conservador rechaza la solicitud de inscripci n no se se ala norma alguna que le impida al Servicio de Registro Civil eó ñ Identificaci n rectificar sus resoluciones y, asimismo, no fundamenta su calificaci n deó ó ninguna forma, limit ndose a se alar que: la eliminaci n de heredero debe realizarseá ñ “ ó Código: XLZXXJXBTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 mediante resoluci n judicial . No existiendo fundamento que refrende dicha afirmaci n,ó ” ó sta debe ser considerada arbitraria e ilegal. Asimismo, en este punto, se debe teneré presente que el legislador no ha prohibido ni limitado las ampliaciones o rectificaciones de resoluciones que el Servicio de Registro Civil e Identificaci n pueda efectuar, es m s,ó á en esta materia se ha autorizado expresamente al Servicio a realizar correcciones de oficio o a petici n de parte, facultad que se encuentra consagrada en el Art culo 10 de laó í Ley 19.903 sobre procedimiento para el otorgamiento de la posesi n efectiva de laó herencia y adecuaciones de la normativa procesal, civil y tributaria sobre la materia, el que se ala: El Servicio podr corregir, de oficio o a petici n de parte, los errores deñ “ á ó
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-147-2023 CARATULADO : BIANCHINI/ San Miguel, veintiocho de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Comparece do a ñ Paola Alejandra Bianchi Pinto, trabajadora dependiente, domiciliada en calle Lautaro N 18.463, comuna de Maip , quien interpone reclamo enº ú contra del Conservador de Biene
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica