CHÁVEZ/MENTA CHILE SPA
Rol
O-7426-2023
Fecha
11 de marzo de 2024
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 72, 160 N°7, 162, 163, 171, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo 1698 del Código Civil, se declara: I. Que entre el demandante don JESÚS ANTONIO CHÁVEZ BASTÍAS y la demandada MENTA CHILE SPA existió una relación laboral, cuya fecha de inicio corresponde al día 08 de enero del año 2018 y su término el 30 de septiembre del año 2023. II. Que se acoge la demanda por despido indirecto y se dispone que ante el incumplimiento grave de las obligaciones de contrato por parte de la demandada quien deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $3.020.167.- indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $18.121.002.- indemnización por años de servicios. c) $9.060.501.- recargo legal. d) $16.987.875.- remuneraciones adeudadas desde los meses de octubre del 2022 a septiembre del 2023. e) $6.032.280.- por concepto de feriado legal, proporcional y progresivo. f) La demandada deberá regularizar el pago en las instituciones AFP HABITAD, AFC CHILE e ISAPRE CRUZ BLANCA, y FONASA previa liquidación de los órganos correspondientes. III. Que el despido decidido por la demandante no ha puesto termino a la obligación remuneratoria de la demandada que deberá continuar con el pago de su remuneración hasta su efectiva convalidación teniendo como base de cálculo la suma $3.020.167.- IV. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. V. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dicto sentencia doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, once de marzo de dos mil veinticuatro.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva En consecuencia y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 72, 160 N°7, 162, 163, 171, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo 1698 del Código Civil,
Fallo
se declara: I. Que entre el demandante don JESÚS ANTONIO CHÁVEZ BASTÍAS y la demandada MENTA CHILE SPA existió una relación laboral, cuya fecha de inicio corresponde al día 08 de enero del año 2018 y su término el 30 de septiembre del año 2023. II. Que se acoge la demanda por despido indirecto y se dispone que ante el incumplimiento grave de las obligaciones de contrato por parte de la demandada quien deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $3.020.167.- indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $18.121.002.- indemnización por años de servicios. c) $9.060.501.- recargo legal. d) $16.987.875.- remuneraciones adeudadas desde los meses de octubre del 2022 a septiembre del 2023. e) $6.032.280.- por concepto de feriado legal, proporcional y progresivo. f) La demandada deberá regularizar el pago en las instituciones AFP HABITAD, AFC CHILE e ISAPRE CRUZ BLANCA, y FONASA previa liquidación de los órganos correspondientes. III. Que el despido decidido por la demandante no ha puesto termino a la obligación remuneratoria de la demandada que deberá continuar con el pago de su remuneración hasta su efectiva convalidación teniendo como base de cálculo la suma $3.020.167.- IV. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. V. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dicto sentencia doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Jueza
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 11 DE MARZO DEL 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 05 RUC 23-4-0523966-3 RIT O-7426-2023 MAGISTRADO LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVA DE ACTAS DANIELA GARÍN ABARZÚA HORA DE INICIO 11:43 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:14 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340523966-3-1349-240311-00 N°
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