2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PLAZA/BALADA Y COMPAÑIA LIMITADA

Rol

O-7527-2023

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además, lo dispuesto en los artículos 161, 162,168, 452, 453, 454, 454, 456, 457, 458 y 459 del Código del Trabajo y normas aplicables de la Ley N° 19.728, se resuelve; I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña CAROLINA ANDREA PLAZA CALDERÓN en contra de BALADA Y COMPAÑIA LIMITADA, declarándose que el despido que ha afectado a la demandante con fecha 6 de octubre de 2023, resulta injustificado en razón de lo cual se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones; 1. La suma de $4.886.667 por concepto de recargo legal de la indemnización por años de servicio.- 2. La suma de $3.348.344 por concepto de devolución de los montos descontados por aporte del empleador al seguro de cesantía. 3. Que las sumas cuyo pago se ordena deberá serlo con reajustes e intereses conforme lo dispone el artículo 173 del Código del Trabajo. II. Que estimando motivo plausible para litigar no se condena en costas a la demandada. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió don FRANCISCO VEAS VERA, Juez Suplente del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, once de marzo de dos mil veinticuatro.-

Fallo

se resuelve; I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña CAROLINA ANDREA PLAZA CALDERÓN en contra de BALADA Y COMPAÑIA LIMITADA, declarándose que el despido que ha afectado a la demandante con fecha 6 de octubre de 2023, resulta injustificado en razón de lo cual se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones; 1. La suma de $4.886.667 por concepto de recargo legal de la indemnización por años de servicio.- 2. La suma de $3.348.344 por concepto de devolución de los montos descontados por aporte del empleador al seguro de cesantía. 3. Que las sumas cuyo pago se ordena deberá serlo con reajustes e intereses conforme lo dispone el artículo 173 del Código del Trabajo. II. Que estimando motivo plausible para litigar no se condena en costas a la demandada. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió don FRANCISCO VEAS VERA, Juez Suplente del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, once de marzo de dos mil veinticuatro.-

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 11 DE MARZO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 23-4-0524979-0 RIT O-7527-2023 SALA 7 N° CUSTODIA 630-2024 MAGISTRADO FRANCISCO VEAS VERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAROLINA HAPETTE OLIVERA HORA DE INICIO 11:22 HORAS HORA DE TERMINO 12:31 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 23405

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