1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A./INSPECCION DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE

Rol

I-382-2023

Fecha

11 de marzo de 2024

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Comparece don Gerardo Arévalo López, abogado, cédula de identidad Nº 8.709.021-3, en representación convencional de la sociedad COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A., RUT N° 96.924.170-6, del giro de servicios de Call Center, cuyo Gerente General es Pablo José Rossel Estay, cédula de identidad Nº 10.333.350-4, todos domiciliados en calle Tarapacá Nº 1076, comuna de Santiago, quien deduce reclamación en procedimiento monitorio, en los términos del artículo 503 del Código del Trabajo, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO, representada por su Jefe don Guillermo Reyes Arredondo, cédula de identidad Nº 10.404.159-0, ignora profesión, con domicilio en calle Moneda Nº 723, comuna de Santiago, solicitando dejar sin efecto la Resolución Nº 7740/23/41, de fecha 26 de mayo de 2023. La Resolución Nº 7740/23/41, de fecha 26 de mayo de 2023, que aplicó una multa de 60 UTM ($ 3.784.440), por la siguiente infracción: Respecto de la supuesta infracción, estima que la multa de la Inspección Provincial del Trabajo es errada, el error en que se incurrió por la Fiscalizadora consistió en que no es efectivo que su representada no haya dado cumplimiento al Contrato Colectivo vigente a la fecha, referente a las obligaciones contenidas en la Cláusula N°6 de reajustabilidad de remuneraciones respecto de los trabajadores Stephanie Álvarez, Amelia Campos Lira, Ximena Astorga Lazo, Solieryna Urimar Berroteran, Patricia Badilla López, Nicole Ahumada, Fernanda Bustamante, Carolina Brante Tapia y Carmen Barrios en mes de enero 2023. Por el contrario, conforme se acreditará su parte si reajustó la remuneración de dichos trabajadores conforme a la variación del IPC en enero de 2023. Lo que ocurre y que subyace en forma velada tras la sanción, es que su parte aplicó la reajustabilidad de dicha remuneración de un modo distinto al que interpreta la Dirección del Trabajo que debía hacerse, lo que devenga en la sanción. En efecto, lo que hay tras de la sanción,

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza en todas sus partes la reclamación deducida, por lo que se mantiene la multa cursada por resolución de multa Resolución Nº 7740/23/41, de fecha 26 de mayo de 2023, dictada por la reclamada. II.- Que resultando totalmente vencida la reclamante, se la condena en costas, las que se regulan en la suma de $ 500.000. Regístrese, y archívese, en su oportunidad. RIT : I-382-2023 RUC : 23- 4-0498897-2 Pronunciada por PAULINA VALENZUELA NEGRETE, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a once de marzo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, once de marzo de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Comparece don Gerardo Arévalo López, abogado, cédula de identidad Nº 8.709.021-3, en representación convencional de la sociedad COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A., RUT N° 96.924.170-6, del giro de servicios de Call Center, cuyo Gerente General es Pablo José Rossel Estay, cédula de ide

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