Juzgado de Letras y Garantía Mejillones

COMPAÑÍA CIELO AZUL LIMITADA/

Rol

V-412-2019

Fecha

28 de noviembre de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don Fernando Andrés Velasco Bahamóndez, chileno, divorciado, abogado, en representación de COMPANIA MINERA CIELO AZUL̃́ LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT N°77.966.060-5, ambos con domicilio en calle Cerro El Plomo N°5420, Oficina 1504, Las Condes, Santiago, presentó manifestación minera con fecha 11 de octubre de 2019, por la Oficina Judicial Virtual de este tribunal. Indica que haciendo uso del derecho que le confiere a su representada la concesión de exploración " CHACAYA A12", con sentencia inscrita a fojas 117 N° 42 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Mejillones del año 2018, viene en manifestar un yacimiento de sustancias concesibles, ubicado en la comuna de Mejillones, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta. Punto de interés coordenadas U.T.M. Norte: 7.434.500,00 metros y Este: 373.500,00 metros. Las pertenencias solicitadas son 300 las que se denominan “CHACAYA A12 1 AL 300”, sucesiva y correlativamente. La cara superficial de cada una de ellas tiene una superficie de 1 hectárea, cubriendo un total de 300 hectáreas, con forma de rectángulo, cuyos orientación Norte-Sur mide 1.000 metros y Este-Oeste que mide 3.000 metros, referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Zona 19. Reducida a folio 11 a “CHACAYA A12 1 AL 36”, comprendiendo la mensura de 36 pertenencias de 1 hectárea cada una, con una superficie total de 36 hectáreas; solicita, se tenga por presentada la manifestación, y se ordene su inscripción y publicación. Agrega, se tenga como fecha de presentación de la manifestación el día de la presentación del pedimento que dio origen a la concesión de exploración, es decir, el 12 de abril de 2017; solicita se tenga por presentada la manifestación, y se ordene su inscripción y publicación. SEGUNDO: Que las publicaciones de la manifestación y de la solicitud de mensura, se practicaron el 04 de novie

Fundamentos

considerando que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito de los informes técnicos del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de explotación o la declaración de caducidad, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 59, 60, 71 y siguientes, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 95 del Código de Minería, 42, 43, y 44 de su reglamento;

Fallo

SE DECLARA: I. Que, SE APRUEBA, el acta y el plano de mensura de las pertenencias de concesión de explotación denominada “CHACAYA A12 1 AL 36”, agregado digitalmente con fecha 07 de enero de 2021, folio 11. II. Que, SE DECLARA CONSTITUIDA, a favor del solicitante COMPANIÃ́ MINERA CIELO AZUL LIMITADA, representado por el abogado Fernando Andrés Velasco Bahamóndez, la concesión de explotación denominada “CHACAYA A12 1 AL 36”, de 36 hectáreas de superficie. Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería dentro del plazo de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución. Inscríbase la presente sentencia y archívese una copia del acta y plano aprobado en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Mejillones. Entréguese por el interesado el original del acta y el plano aprobado al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: PVDTXJLLVKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por doña LISETTE MORGADO LARA, Jueza Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Mejillones, veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. Código: PVDTXJLLVKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garant a Mejillonesí CAUSA ROL : V-412-2019 CARATULADO : COMPA A CIELO AZUL LIMITADA/ÑÍ Mejillones, veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don Fernando Andrés Velasco Bahamóndez, chileno, divorciado, abogado, en representación de COMPANIA MINERA CIELO AZUL̃́ LIMITADA, sociedad chilena de

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