ANDES IRON SPA/
Rol
V-185-2023
Fecha
28 de noviembre de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1º.-Que el 20 de junio de 2023 folio 1 compareció SERGIO GOMEZ NUÑEZ, chileno, casado, abogado, c.i.5.419.292-4, en representación, de ANDES IRON SpA, sociedad chilena del giro minero, RUT: 76.097.759-4, domiciliados en Calle Cerro El Plomo 5.630, Piso 19, comuna de Las Condes, Santiago, y señala: Que en terrenos abiertos e sin cultivos de la comuna de La Higuera, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, ha encontrado sustancias concesibles, por lo cual viene en presentar un pedimento que denominará “SALADA”. El punto medio de la cara superior de la concesión que se solicita, está definido por las coordenadas UTM: Norte 6.745.500,00 metros y Este 303.500,00 metros referidas al Datum La Canoa de 1956 Elipsoide Internacional de 1924, Zona 19. Estas coordenadas corresponden a la intersección de las diagonales de un rectángulo, cuyos lados de orientación Norte - Sur miden 3.000 metros y los lados de orientación Este - Oeste miden 1.000 metros conteniendo una superficie de 300 hectáreas. Por tanto en mérito de lo expuesto y lo dispuesto los artículos 43 y 46 del Código de Minería, 14, inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, pide tener por presentado pedimento y acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación, disponer se otorgue la copia autorizada que ordena el artículo 50 del mismo Código y, en definitiva, declarar constituida la concesión de exploración en favor de ANDES IRON SpA. 2°.- Que el 30 de junio de 2023, se inscribió el pedimento, a fojas 778 Nº342 del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Serena, correspondiente al año 2023. 3º.- Que el 17 de junio de 2023, se publicó el pedimento así inscrito, en el Boletín Oficial de Minería, Provincia de Elqui, según consta en el ejemplar Nº 43.603, sección VII CVE 2343452. 4º.- Que con fecha, 14 de septiembre de 2023, folio 5, se solicitó por el peticionario, se dictara sentencia constitutiva, señalando que las coordenadas Código: FYQXJLWHDX Este documento tiene f
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que del estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Minería. SEGUNDO: Que de igual modo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales, adjetivos, que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la Ley minera, tanto en tiempo como en forma. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 2º, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería ; Artículos 1º, 2º, 42 y 43 de su Reglamento ; y la Ley Orgánica Constitucional sobre concesiones mineras,
Fallo
Por tanto en mérito de lo expuesto y lo dispuesto los artículos 43 y 46 del Código de Minería, 14, inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, pide tener por presentado pedimento y acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación, disponer se otorgue la copia autorizada que ordena el artículo 50 del mismo Código y, en definitiva, declarar constituida la concesión de exploración en favor de ANDES IRON SpA. 2°.- Que el 30 de junio de 2023, se inscribió el pedimento, a fojas 778 Nº342 del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Serena, correspondiente al año 2023. 3º.- Que el 17 de junio de 2023, se publicó el pedimento así inscrito, en el Boletín Oficial de Minería, Provincia de Elqui, según consta en el ejemplar Nº 43.603, sección VII CVE 2343452. 4º.- Que con fecha, 14 de septiembre de 2023, folio 5, se solicitó por el peticionario, se dictara sentencia constitutiva, señalando que las coordenadas Código: FYQXJLWHDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 UTM, de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión minera de exploración son las siguientes. Norte Este PM6.745.500,00 metros Este: 303.500,00 metros V1 6.747.000,00 metros Este 303.000,00 metros V2 6.747.000,00 metros Este 304.000,00 metros V3 6.744.000,00 metros Este 304.000,00 metros V4 6.744.000,00 metros Este 303.000,00 metros 5º.- Que mediante ordinario Nº3578-2023, de 07 de noviembre de 20
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-185-2023 CARATULADO : ANDES IRON SPA/ La Serena, veintiocho de Noviembre de dos mil veintitr sé Vistos: 1º.-Que el 20 de junio de 2023 folio 1 compareció SERGIO GOMEZ NUÑEZ, chileno, casado, abogado, c.i.5.419.292-4, en representación, de ANDES IRON SpA, sociedad chilena del giro
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