SUPERMERCADO MAYORISTA 10 S.A./REYES
Rol
I-673-2023
Fecha
9 de marzo de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante presentación de fecha 22 de noviembre de 2023 comparece el señor Jorge Montes Arraztora, abogado, en representación de Súper 10 S.A., ambos domiciliados en avenida Rosario Norte N° 555, oficina 702, comuna de Las Condes, quien deduce acción de reclamación contra la Resolución de Multa N° 1734/23/62, de fecha 22 de octubre de 2023, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, representada legalmente por el señor Guillermo Reyes Arrendó. Funda su pretensión señalando que la multa objeto del presente reclamo se aplicó por el siguiente motivo: no dar cumplimiento al contrato de trabajo de la trabajadora doña Elizabeth Saavedra Meza, al alterar unilateral y discrecionalmente la distribución de la jornada de trabajo, durante las semanas entre el 7 y el 13 de agosto, y 4 y 10 de septiembre de 2023, al instruir turnos que incluyeron los días domingos, sin existir acuerdo de la trabajadora, quien se ha desempeñado de acuerdo a la regla de la conducta en turnos distribuidos únicamente de lunes a viernes. Se estimó vulnerado el inciso tercero del artículo 5°, 7° y 10°, en relación al artículo 506, todos del Código del Trabajo, por incumplimiento al contrato, siendo sancionada con una multa equivalente a 60 UTM. Sostiene que la reclamada ha incurrido en una serie de errores de hecho y de derecho al cursar la multa. Lo anterior se debe a que el artículo 10 del Código del Trabajo impone al empleador como obligación consignar, a lo menos, la distribución de la jornada de trabajo, salvo que exista sistema de trabajo por turno, en cuyo caso corresponde remitirse al reglamento interno. Así, su parte estipuló la jornada de trabajo y sistema de turnos a través de una cláusula en la convención y en el reglamento interno. Agrega, que su parte celebró un contrato con la señora Saavedra el 17 de marzo de 2022, en el que se pactó expresamente que la jornada de trabajo de la trabajadora se distribuye en hasta cinco días a l
Fundamentos
considerandos precedentes. Noveno: Que no se condena en costas a la reclamada por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar.
Fallo
Por estas consideraciones, teniendo, además en consideración lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, 446 y siguientes, 503, 505, 506 y siguientes del Código del Trabajo; artículos 23 del DFL N° 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de 1967 se declara: I.- Que se acoge la acción de reclamación promovida por la empresa Súper 10 S.A. en contra la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución de Multa N° 1734/23/62, de fecha 22 de octubre de 2023. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT I-673-2023. RUC 23-4-0529799-K. Dictada por don Mauricio Guajardo Espinoza, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante presentación de fecha 22 de noviembre de 2023 comparece el señor Jorge Montes Arraztora, abogado, en representación de Súper 10 S.A., ambos domiciliados en avenida Rosario Norte N° 555, oficina 702, comuna de Las Condes, quien deduce acción de reclamación contra la Resolución de Multa N° 1734/23/62
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