2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/GONZÁLEZ

Rol

C-4043-2019

Fecha

27 de noviembre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareció doña Nancy Mellado Rojas, abogada, domiciliada en esta ciudad, calle Washington N°2562, oficina 201, en representación del Banco de Crédito e Inversiones, con domicilio en esta ciudad, calle Manuel Antonio Matta N°2566, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Matías Johanan González Sagredo, con domicilio en Avenida Aníbal Pinto N°3458, departamento G, Antofagasta. Señala que consta del pagaré N° operación 0-430-25-45752-9 que el demandado se constituyó deudor de la institución que representa por la suma de $6.946.144.- que se obligó a pagar en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $189.200.- cada una, venciendo la primera de ellas el día 15 de abril de 2016, y venciendo la última cuota el día 16 de marzo de 2020. Estableciéndose además que la obligación devengaría un interés del 1,0400% mensual, vencido, durante todo el plazo pactado. Añade que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas, el Banco estará facultado para hacer exigible, como si fuera de plazo vencido, la deuda que consta en el pagaré y todas as demás obligaciones de crédito de dinero que el deudor hubiera contraído o contraiga con el Banco, devengándose en ese caso, como interés moratorio el interés máximo convencional para operaciones no reajustables que rija durante la mora. 1 Código: FGZXXJJHBNW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indica que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota que venció el 15 de abril de 2019, adeudando la suma de $2.120.877, más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza, considerándose de plazo vencido. Declara que la firma del suscriptor fue autorizada en la Notaría Pública de esta ciudad de doña María Lascar Merino, por lo que dicho instrumento tiene mérito ejecutivo, la deuda es líquida, actualmente exigible y la acción no encuentra prescrita. Solicita tener por entablada demanda ejecutiva en contra de don Matías Johanan González Sagredo, y despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $2.120.877.- más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas. SEGUNDO: Que a folio 19 comparece don Mario Andrés Espinosa Valderrama, en representación del ejecutado de autos don Matías Johanan González Sagredo, quien se notifica y requiere de pago expresamente, e interpone la excepción del N°17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, es decir, la de la prescripción de la deuda o solo de la acción ejecutiva. Expone que entre la fecha de mora del deudor, que provocó la aceleración del crédito y el vencimiento del pagaré, y la fecha de presentación de su escrito, transcurrió con creces el plazo de prescripción extintiva establecido en la ley de un año. Funda su defensa en el artículo 98 de la Ley Nº18.092, que establece qu

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 160, 161, 170, 254, 438, 439, 464 N°17 465, 466, 467, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil; artículo 98, 100 Y 105 de la Ley N° 18.092, se declara: Que se acoge sin costas, la oposición a la ejecución deducida por don Mario Andrés Espinosa Valderrama, abogado, en representación del ejecutado don Matías Johanan González Sagredo, a través de la excepción del artículo 464 N° 17, y en consecuencia se rechaza la ejecución iniciada en su contra por encontrarse prescrita en su totalidad la deuda. Regístrese, notifíquese y archívese digitalmente en su oportunidad. Rol C-4043-2019. Dictada por Andrea Przybyszewski Jopia, Jueza Suplente. En Antofagasta, a veintisiete de noviembre del año dos mil veintitrés, se anotó el presente fallo en el estado diario, de conformidad con lo prevenido en el artículo 162 inciso final del Código de Procedimiento Civil. 5 Código: FGZXXJJHBNW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-27T13:54:31-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ANTOFAGASTA. CAUSA ROL : C-4043-2019. CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/GONZÁLEZ. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. CÓDIGO : C-07A. DEMANDANTE : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES. RUT : 97.006.000-6. DEMANDADO : MATíAS JOHANAN GONZÁLEZ SAGREDO. RUT : 17.622.741-9. FECHA INICIO : 30.07.2019. Antofagasta, a veintisi

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