RAMÍREZ/AG SOLUCIONES Y MONTAJES SPA
Rol
O-1600-2023
Fecha
11 de marzo de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos planteados en la demanda, dando completo y el más amplio total finiquito respecto de los hechos planteados, tanto en la demanda como en la contestación, arriban al siguiente acuerdo: Respecto de INMOBILIARIA E INVERSIONES INDEPENDENCIA LTDA., representada por su abogado JORGE ALEJANDRO YÁÑEZ SANTIBÁÑEZ, va a pagar la suma única y total de $700.000.-, consistente en la suma de $300.000.- para don CARLOS EUGENIO RAMÍREZ PARRA; $200.000.-, para don CARLOS HÉCTOR RAMÍREZ VÁSQUEZ, y $200.000.- para don JEAN PIERRE GONZÁLEZ ILLANES.- Respecto de CONSTRUCTORA DON PEDRO LTDA., la suma única total de $1.000.000.- distribuidos de la siguiente manera: $400.000.- para don CARLOS EUGENIO RAMÍREZ PARRA; $300.000.-, para don CARLOS HÉCTOR RAMÍREZ VÁSQUEZ, y 300.000.- para don JEAN PIERRE GONZÁLEZ ILLANES. Estos pagos se van a realiza, a más tardar el 22 de marzo del año 2024, mediante transferencia electrónica o depósito a la cuenta corriente del abogado don DAVID ANDRÉS GONZÁLEZ GARCÍA, Rut: 15.184.278-K, cuenta corriente del Banco ITAU N° 0204948540, quien cuenta con facultades para percibir, correo electrónico, abogadodavidgonzalez@gmail.com Las demandadas que concurren a este acuerdo, se obligan a acompañar a través de la oficina judicial virtual los respectivos comprobantes de transferencia o deposito, dentro de tercero día de efectuado estos pagos. 2.- La parte demandante acepta este ofrecimiento en cuanto al monto, la forma y fecha de pago. 3.- Cada parte pagará sus costas. 4.- La parte demandante se desiste de su demanda en atención al acuerdo alcanzado con estas dos demandadas, respecto de SERVIU REGIÓN DE ÑUBLE. Traslado a la demandada SERVIU REGIÓN DE ÑUBLE. Se allana al desistimiento. Tribunal. Acoge el desistimiento en los términos solicitados respecto de la demandada SERVIU REGIÓN DE ÑUBLE. 5.- Con lo anterior las partes se otorgan amplio, completo y recíproco finiquito, declarando que nada se adeudan en relación con los mismos hechos, contenidos en la
Fallo
Por estas consideraciones se resuelve: I.- Que se acoge la demanda presentada por don JEAN PIERRE GONZALEZ ILLANES, don CARLOS HÉCTOR RAMÍREZ VÁSQUEZ y don CARLOS EUGENIO RAMÍREZ PARRA, en contra de AG SOLUCIONES Y MONTAJES SPA, en cuanto se declara injustificados sus despidos y además se declara la nulidad de estos mismos despidos, y en consecuencia se condena a esta demandada a pagar las siguientes prestaciones: a) Al pago de las cotizaciones de seguridad social de los demandantes que se encuentran adeudadas, según el siguiente detalle: a CARLOS RAMÍREZ PARRA, las cotizaciones de agosto y septiembre del 2023, en AFP Provida, AFC y Fonasa. Respecto de CARLOS RAMÍREZ VÁZQUEZ, las cotizaciones adeudadas de los meses de agosto y septiembre del 2023, en AFP UNO, AFC y Fonasa, y respecto de JEAN PIERRE GONZÁLEZ, las cotizaciones de los meses de agosto y septiembre del 2023 en AFP UNO, AFC y Fonasa. b) Que se condena a la demandada al pago de las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, desde la fecha del despido, esto es el 20 de septiembre del 2023 hasta la fecha de convalidación del mismo, a razón de $800.000.- para CARLOS RAMÍREZ PARRA; $600.000.- para CARLOS RAMÍREZ VÁZQUEZ y $600.000.- para JEAN PIERRE GONZÁLEZ, esto bajo el título de sanción por la nulidad del despido de conformidad al artículo 162 del código del trabajo. c) Se condena también a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: para CARLOS RAMÍREZ PARRA, la suma de $80
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia semipresencial) FECHA 8 de marzo de 2024 RUC 23-4-0525438-7 RIT O-1600-2023 Registro de MAGISTRADO RODRIGO HERNAN VERA GARCIA audio en ADMINISTRATIVO DE ACTAS Beatriz Núñez Gutiérrez remoto 1 HORA DE INICIO 12:12 HORA DE TERMINO 13:27 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340525438-7-1343 DEMANDANTE JEAN PIERRE GONZÁLEZ
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