BUSTAMANTE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES
Rol
C-1220-2023
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Primero: Demanda: A folio 1, fecha 06 de julio de 2023, comparece don JORGE ALAMIRO BUSTAMANTE LARA, pensionado, domiciliado en Villa Lorena, calle Mario Due as N 033, Comuna deñ ° Linares a US., dice: Que por este acto, y conforme lo establece el procedimiento previsto en los art culos 21 y siguientes del DL 3.063, sobre Rentas Municipales II,í viene en interponer demanda de prescripci n de las acciones y derechosó municipales por derechos de aseo domiciliario que actualmente adeudo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, domiciliado en calle Kurt Moller N 391, Comuna de Linares, en virtud de los siguientes fundamentos° de hecho y de derecho que pasa a exponer: Antecedentes de Hecho: 1.- Consta de instrumento que se acompa a en un otros de estañ í presentaci n, que soy due o del inmueble ubicado en Villa Lorena, calleó ñ Código: WKXLXJWJXJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Mario Due as N 033, Comuna de Linares. Se encuentra inscrito a miñ ° nombre, a fojas 1889 N 2548 del Registro de Propiedad del Conservador° de Bienes Ra ces de Linares correspondiente al a o 1998. Rol de aval oí ñ ú 00135-00013 de la Comuna de Linares. 2.- Consta de Informe de deuda de Derechos de Aseo domiciliario, que existe una deuda por este concepto desde el 30 de Abril de 2015 hasta la actualidad. 3.- Sin embargo, si bien existe dicha deuda, es del caso que esta se encontrar a prescrita por ampliaci n de la prescripci n de corto tiempoí ó ó regulada en nuestra legislaci n, al menos en lo que dice relaci n a tres a osó ó ñ atr s, esto es, debiera considerarse prescrita la deuda hasta el pago del mesá de Junio de 2020. Antecedentes de Derecho: Lo anterior, tiene su fundamento en el art culo 2521 del C digo Civil,í ó que dispone que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra“ ñ del fisco o municipalidades, provenientes de toda cl
Fundamentos
considerando que, esta tramitaci n seó extender en el tiempo, pudiendo considerar los meses de Septiembre oá Noviembre de 2020, seg n corresponda, con costas.ú Segundo: Contestaci nó , Allanamiento: A folio 6, fecha 23 de octubre de 2023, comparece do a ñ CARMEN GLORIA BARBERIS BARRIOS , Abogada, en representaci n de la Ilustre Municipalidad deó Código: WKXLXJWJXJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Linares, seg n se acredita en otros , Persona Jur dica de Derecho P blico,ú í í ú ambos con domicilio en esta ciudad, calle Kurt Moller, N 391, a SS., con° respeto dice : Los hechos expuestos en la demanda de autos son efectivos, en atenci n a que de los antecedentes que obran en esta Corporaci n noó ó consta que haya intervenido pagar u obligaci n escrita o concesi n deé ó ó plazo por el acreedor, en este caso la Ilustre Municipalidad de Linares, ni requerimiento judicial por parte de mi representada con la finalidad de obtener el pago de los DERECHOS DE ASEOS DOMICILIARIOS, que adeuda, la propiedad ubicada en Villa Villa Lorena, calle Mario Due as,ñ N 033, Rol de Aval o N 135-13, de la comuna de Linares ; a la entidad° ú ° edilicia que represento, por lo cual esta parte se allana totalmente a la solicitud de la demandante para que SS., declare que ha operado la prescripci n extintiva de corto tiempo regulada en el Art. 2521 del C digoó ó Civil respecto de las acciones de cobro de derechos de aseo, que pudo haber interpuesto mi representada, para obtener el pago de dichos derechos; desde el primer semestre del a o 2015 (mes de abril), hasta el segundo semestreñ del a o 2020 (mes de noviembre), ambos inclusive.ñ Concluye solicitando tener por allanada a la demanda de autos en los t rminos expuestos en el cuerpo de esta presentaci n.é ó Tercero: R plicaé : A folio 10, fecha 25 de octubre de 2023, comparece do añ GISELA VALENZUELA ROBLEDO, Abogada del Centro jur dico de Linares de la Corporaci n de la Asistencia Judicial, ení ó representaci n de la demandante en autos, a US dice:ó Que por este acto viene en evacuar el tr mite de R plica en estosá é autos, dando por reproducidos los hechos contenidos en la demanda en su totalidad. Concluye solicitando a Ssa., tener por evacuado tr mite de Replica.á Código: WKXLXJWJXJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cuarto: Actuaciones procesales: Atendido lo dispuesto en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, a folio 12 se cita a lasí ó partes a o r sentencia.í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Quinto: Prueba de la parte demandante: Que la parte demandante acompa a la causa los siguientes medios de prueba para serñó ponderados por el tribunal: Documental a folio 1. 1. Copia de Titulo de dominio. 2. Cartola de Informe de deuda de derechos de aseo domiciliarios, de fecha 10/Mayo/2023. 3. Certificado de aval o fiscal el inmueble.ú Sexto: Que del m rito de las pruebas agr
Fallo
se declara:ó I.- Que, se acoge en todas sus partes la demanda interpuesta en lo principal del escrito de folio 1 por don JORGE ALAMIRO BUSTAMANTE LARA, contra la I. Municipalidad de Linares, representada legalmente por su Alcalde don Mario Meza V squez, y seá declara la prescripci n extintiva de las obligaciones por concepto deó derechos de recolecci n de basuraó de la propiedad ubicada en Villa Lorena, Código: WKXLXJWJXJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl calle Mario Due as, N 033, Rol de Aval o N 135-13, de la comuna deñ ° ú ° Linares, desde el primer semestre del a o 2015 (mes de abril), hasta elñ segundo semestre del a o 2020 (mes de noviembre), ambos inclusive.ñ II.- Que se exime del pago de las costas a la parte demandada por haberse allanado. Notif quese, reg strese, dese copia autorizada a la parte que loí í solicite y arch vese en su oportunidad.í Rol C-1220-2023 Dict , don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez.-ó Código: WKXLXJWJXJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-27T11:37:01-0300
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CAUSA ROL C-1220-2023 MATERIA PRESCRIP. EXTINCI N DEÓ ACCIONES, ADQUISICI N DEÓ DERECHOS Y OTROS C digo ó [P18A] PROCEDIMIENTO ORDINARIO MAYOR CUANT AÍ DEMANDANTE JORGE ALAMIRO BUSTAMANTE LARA RUT 4839725-5 ABOGADO GISELA ANDREA VALENZUELA ROBLEDO RUT 12372690-1 DEMANDADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES RUT 69130300-4 ABOGADO CARMEN GLORIA BARBERIS BARRIOS RUT 11746784-8 FECHA DE INGRESO 06/07/20
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