1º Juzgado de Letras de Linares

CANALES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1187-2023

Fecha

27 de noviembre de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. Primero: Demanda: A folio 01 de fecha 03 de julio de 2023, comparece do a ñ LUCINDA DE LAS MERCEDES CANALES VASQUEZ, due a de casa, domiciliada en sector Vega Ancoa, Comuna deñ Linares quien respetuosamente dice: Que por este acto, y conforme lo establece el procedimiento previsto en los art culos 21 y siguientes del DL 3.063, sobre Rentas Municipales II,í viene en interponer demanda de prescripci n de las acciones y derechosó Código: WBNEXJNQLJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl municipales por derechos de aseo domiciliario que actualmente adeudo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, domiciliado en calle Kurt Moller N 391, Comuna de Linares, en virtud de los siguientes fundamentos° de hecho y de derecho que pasa a exponer: Antecedentes de Hecho. 1.- Consta de instrumento que se acompa a en un otros de estañ í presentaci n, que, junto con su c nyuge, don JOSE ANTONIO MU OZó ó Ñ IBA EZ, con quien se encuentra casada en r gimen patrimonial deÑ é sociedad conyugal tal y como acreditar , son due os del inmueble ubicadoé ñ en el lugar Camino a San Antonio, Comuna de Linares, Provincia de Linares. Se encuentra inscrito a nombre de su c nyuge, a fojas 1634ó N 2305 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de° í Linares correspondiente al a o 1994. Rol de aval o 02530-00024 de lañ ú Comuna de Linares. 2.- Consta de Informe de deuda de Derechos de Aseo domiciliario, que existe una deuda por este concepto desde el 30 de Abril de 2018 hasta la actualidad. 3.- Sin embargo, si bien existe dicha deuda, es del caso que esta se encontrar a prescrita por ampliaci n de la prescripci n de corto tiempoí ó ó regulada en nuestra legislaci n, al menos en lo que dice relaci n a tres a osó ó ñ atr s, esto es, debiera considerarse prescrita la deuda hasta el pago del mesá de Abril de 2020. Antecedentes de D

Fundamentos

considerando que, esta tramitaci n se extender enó á el tiempo, pudiendo considerar los meses de Septiembre o Noviembre de 2020, seg n corresponda, con costas.ú Segundo: Contestaci n de la demanda:ó A folio 06 de fecha 23 de octubre de 2023, comparece do a ñ CARMEN GLORIA BARBERIS BARRIOS, Abogada, en representaci n de la Ilustre Municipalidad deó Linares, seg n se acredita en otros , Persona Jur dica de Derecho P blico,ú í í ú ambos con domicilio en esta ciudad, calle Kurt Moller, N 391, en autos° sobre prescripci n extintiva de derechos municipales caratulada ó CANALES / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES ROL: C- 1187-” 2023; quien con respeto dice: Los hechos expuestos en la demanda de autos son efectivos, en atenci n a que de los antecedentes que obran en esta Corporaci n noó ó consta que haya intervenido pagar u obligaci n escrita o concesi n deé ó ó plazo por el acreedor, en este caso la Ilustre Municipalidad de Linares, ni requerimiento judicial por parte de mi representada con la finalidad de obtener el pago de los DERECHOS DE ASEOS DOMICILIARIOS, que adeuda, la propiedad ubicada en Camino a San Antonio, Lote N 24,° sector Mi Casa, Rol de Aval o N 2530-24, de la comuna de Linaresú ° ; a la entidad edilicia que represento, por lo cual esta parte se allana Código: WBNEXJNQLJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl totalmente a la solicitud de la demandante para que SS. declare que ha operado la prescripci n extintiva de corto tiempo regulada en el Art. 2521ó del C digo Civil respecto de las acciones de cobro de derechos de aseo, queó pudo haber interpuesto su representada, para obtener el pago de dichos derechos; desde el primer semestre del a o 2018 (mes de abril), hastañ el segundo semestre del a o 2020 (mes de noviembre), ambosñ inclusive. Concluye solicitando al tribunal tenerle por allanada a la demanda de autos en los t rminos expuestos en el cuerpo de su presentaci n.é ó Tercero: R plica: é A folio 10, de fecha 25 de octubre de 2023, comparece do a ñ GISELA VALENZUELA ROBLEDO, Abogada del Centro jur dico de Linares de la Corporaci n de la Asistencia Judicial, ení ó representaci n de la demandante en autos ordinarios ROL C-1187-2023,ó quien con respeto dice: Que por este acto viene en evacuar el tr mite de R plica en estosá é autos, dando por reproducidos los hechos contenidos en la demanda en su totalidad. Finaliza solicitando tener por evacuado tr mite de Replicaá . Cuarto: Actuaciones procesales: A folio 12 de fecha 03 de noviembre de 2023, se cit a las partes para o r sentencia.ó í Quinto: MEDIOS DE PRUEBA. Prueba de la parte demandante. Que la parte demandante, en apoyo a los fundamentos de su demanda acompa los siguientes medios deñó prueba. Prueba Documental. A folio 1 la parte demandante acompa con citaci n los siguientesñó ó documentos: Código: WBNEXJNQLJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1.

Fallo

se declara:ó I.- Que, se ACOGE en todas sus partes la demanda interpuesta en lo principal del escrito de folio 1, por do a ñ LUCINDA DE LAS MERCEDES CANALES VASQUEZ y se declara la prescripci nó extintiva de las acciones por concepto de derechos de aseo domiciliario respecto el inmueble ubicado en Camino a San Antonio, Comuna de Linares, Provincia de Linares, respecto de los periodos comprendidos desde el primer semestre del a o 2018 (mes de abril), hasta el segundoñ semestre del a o 2020 (mes de noviembre), ambos inclusiveñ . II.- Que se exime del pago de las costas a la parte demandada, por haberse allanado. Notif quese, reg strese, dese copia autorizada a la parte que loí í solicite y arch vese en su oportunidad.í Rol C-1187-2023. Dicto don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular. Código: WBNEXJNQLJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-27T11:22:52-0300

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CAUSA ROL C-1187-2023 MATERIA PRESCRIPCI N DEÓ DERECHOS DE ASEO DOMICILIARIOS C DIGO P18AÓ PROCEDIMIENT ORDINARIO. DEMANDANTE LUCINDA DE LAS MERCEDES CANALES VASQUEZ RUT 11.746.564-0 ABOGADO GISELA VALENZUELA ROBLEDO RUT 12.372.690-1 DEMANDADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES RUT 69.130.300-4 ABOGADO CARMEN GLORIA BARBERIS BARRIOS RUT 11.746.784-8 FECHA DE INGRESO 03 DE JULIO DE 2023 CITACI N AÓ

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