1º Juzgado de Letras de Linares

SEPÚLVEDA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-1084-2023

Fecha

27 de noviembre de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Antecedentes de Hecho: 1.- Consta de instrumento que se acompaña en un otrosí de esta presentación, que es dueña del inmueble ubicado en calle Colo Colo N° 1271, Comuna de Linares. Se encuentra inscrito a mi nombre, a fojas 1331 N° 2213 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Linares correspondiente al año 2019. Rol de avalúo 00153-00015 de la Comuna de Linares. 2.- Consta de Informe de deuda de Derechos de Aseo domiciliario, que existe una deuda por este concepto desde el 30 de Abril de 2018 hasta la actualidad. 3.- Sin embargo, si bien existe dicha deuda, es del caso que esta se encontraría prescrita por ampliación de la prescripción de corto tiempo regulada en nuestra legislación, al menos en lo que dice relación a tres años atrás, esto es, debiera considerarse prescrita la deuda hasta el pago del mes de Junio de 2020. Antecedentes de Derecho: Lo anterior, tiene su fundamento en el artículo 2521 del Código Civil, que dispone que “prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del fisco o municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos”. En el caso sublite, todas las acciones derivadas de deuda por derechos de aseo domiciliario no pagados hasta el mes de Junio de 2020, se encuentran extinguidos por la prescripción especial de corto tiempo. Concluye citando normas legales y solicita se sirva tener por interpuesta demanda de prescripción de acciones y derechos de aseo domiciliarios que adeudo desde el mes de Abril del año 2018 hasta Junio de 2020, o el periodo que Ssa. estime,

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que pasa a exponer: Antecedentes de Hecho: 1.- Consta de instrumento que se acompaña en un otrosí de esta presentación, que es dueña del inmueble ubicado en calle Colo Colo N° 1271, Comuna de Linares. Se encuentra inscrito a mi nombre, a fojas 1331 N° 2213 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Linares correspondiente al año 2019. Rol de avalúo 00153-00015 de la Comuna de Linares. 2.- Consta de Informe de deuda de Derechos de Aseo domiciliario, que existe una deuda por este concepto desde el 30 de Abril de 2018 hasta la actualidad. 3.- Sin embargo, si bien existe dicha deuda, es del caso que esta se encontraría prescrita por ampliación de la prescripción de corto tiempo regulada en nuestra legislación, al menos en lo que dice relación a tres años atrás, esto es, debiera considerarse prescrita la deuda hasta el pago del mes de Junio de 2020. Antecedentes de Derecho: Lo anterior, tiene su fundamento en el artículo 2521 del Código Civil, que dispone que “prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del fisco o municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos”. En el caso sublite, todas las acciones derivadas de deuda por derechos de aseo domiciliario no pagados hasta el mes de Junio de 2020, se encuentran extinguidos por la prescripción especial de corto tiempo. Concluye citando normas legales y solicita se sirva tener por interpuesta demanda de prescripción de acciones y derechos de aseo domiciliarios que adeudo desde el mes de Abril del año 2018 hasta Junio de 2020, o el periodo que Ssa. estime, considerando que, esta tramitación se extenderá en el tiempo, pudiendo considerar los meses de Septiembre o Noviembre de 2020, según corresponda, con costas. Segundo: Contestación. A folio 6, CAROLINA YAÑEZ GALVEZ, Abogada, en representación de la Ilustre Municipalidad de Linares, según se acredita en otrosí, Persona Jurídica de Derecho Público, ambos con domicilio Código: BDRRXJFJJJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en esta ciudad, calle Kurt Moller, N° 391, en autos sobre prescripción extintiva de derechos municipales, con respeto dice: Los hechos expuestos en la demanda de autos son efectivos, en atención a que de los antecedentes que obran en esta Corporación no consta que haya intervenido pagaré u obligación escrita o concesión de plazo por el acreedor, en este caso la Ilustre Municipalidad de Linares, ni requerimiento judicial por parte de mi representada con la finalidad de obtener el pago de los DERECHOS DE ASEOS DOMICILIARIOS, que adeuda, la propiedad ubicada en calle Colo-Colo, N°1271, Rol de Avalúo N°153-15, de la comuna de Linares; a la entidad edilicia que represento, por lo cual esta parte se allana totalmente a la solicitud de la demandante para que SS. declare que ha operado la prescripción extintiva de corto tiempo regulada en el Art. 2521 del Código Civil respecto de las acciones de cobro

Fallo

se declara: I.- Que, se ACOGE en todas sus partes la demanda interpuesta en lo principal del escrito de folio 1, por MARIA GUACOLDA SEPULVEDA Código: BDRRXJFJJJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl GONZALEZ, en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por MARIO ALEJANDRO MEZA VÁSQUEZ, y se declara la prescripción extintiva de las acciones por concepto de derechos de aseo domiciliario respecto el inmueble ubicado en calle Colo-Colo, N°1271, Rol de Avalúo N°153-15, de la comuna de Linares, respecto de los periodos comprendidos desde el primer semestre del año 2018 (mes de abril), hasta el segundo semestre del año 2020 (mes de noviembre), ambos inclusive. II.- Que se exime del pago de las costas a la parte demandada, por haberse allanado. Notifíquese, regístrese, dese copia autorizada a la parte que lo requiera y archívese en su oportunidad. Rol C-1084-2023 ऀ Dictó don ALEJANDRO SUMONTE VERDEJO, Juez. Código: BDRRXJFJJJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-27T11:18:47-0300

Texto Completo (Preview)

CAUSA C-1084-2023 MATERIA Ordinario Mayor Cuantía Código P18A PROCEDIMIENTO Prescrip. Extinción de acciones, adquisición de derechos y ot. DEMANDANTE MARIA GUACOLDA SEPULVEDA GONZALEZ RUT 6.045.093- 5 ABOGADO GISELA VALENZUELA ROBLEDO RUT 12.372.690-1 DEMANDADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES RUT 69.130.300-4 REPRESENTANTE MARIO ALEJANDRO MEZA VÁSQUEZ RUT MARIO ALEJANDRO MEZA VÁSQUEZ ABOGADO CARO

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