10º Juzgado Civil de Santiago

RIQUELME/

Rol

V-193-2021

Fecha

27 de noviembre de 2023

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Comparece doña MARIANA MICHELLE PEÑALOZA FUENTES, chilena, soltera, cédula nacional de identidad número 17.050.931-5, labores del hogar, madre y en representación del solicitante don MÁXIMO ELIECER RIQUELME PEÑALOZA, cédula nacional de identidad número 22.527.690-0, estudiante y expone: Señala que en uso del derecho que le confiere el artículo 1° de la Ley 17.344 publicada en el Diario Oficial de fecha 30 de mayo del año 2000, solicita que, previa tramitación legal y actuando con conocimiento de causa, autorice el cambio de apellido de MÁXIMO ELIECER RIQUELME PEÑALOZA con que aparece en la partida de nacimiento número de inscripción 2.479, registro S, correspondiente al año 2007 de la Circunscripción de San Miguel, pues su hijo, ha sido conocido durante más de diez años, con

Fundamentos

motivos plausibles, con un apellido distinto como MÁXIMO ELIECER ROMERO PEÑALOZA, con los que no sólo ha sido conocido, sino que se ha desenvuelto en la vida civil, como en el capítulo hechos de esta solicitud explicare. Indica que conoció a don Sebastián Riquelme (padre biológico de Máximo), a fines del 2006, durante este tiempo quedó embarazada de Máximo, quien nació el 14 Octubre de 2007. Así, la relación con el padre biológico sólo duró 6 meses después de nacer Máximo, con algunas visitas esporádicas y una mediación por alimentos que nunca se cumplió, y nunca más se supo de él. A finales de 2008, hablé con el padre biológico don Sebastián Riquelme, quien me señaló que él no servía para ser padre y que no podía hacerse cargo, ni tener responsabilidad paterna con Máximo. Así las cosas, asumió sola la responsabilidad de criarlo hasta Enero de 2010, año en que comenzó una relación de pareja con don FELIPE ANTONIO ROMERO NÚÑEZ cédula de identidad número 18.836.986-3, quien hasta el día de hoy, ha sido su pareja y compañero de vida y la figura paterna de Máximo y con quien formaon un hogar, consolidándose con el nacimiento de una hija en común, cuyo nombre es PASCAL ROMERO PEÑALOZA, a medida que Máximo crecía, y siendo la única figura paterna que Código: XFVRXJRXPXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 tenía, empezó a decir y presentarse en todas partes como MÁXIMO ELIECER ROMERO PEÑALOZA, solicitando incluso a sus profesores que lo reconocieran por Romero y no Riquelme, ya que en sus pruebas escribía su apellido como Romero. Sus compañeros de clases también lo identificaban como Máximo Romero o simplemente Max, a pesar de que tanto ella como Felipe le explicaban que su padre era Sebastián y Riquelme era el apellido por el cual fue reconocido, él no quería aceptarlo, hasta que, haciéndole caso a Felipe empezamos a buscar a Sebastián, el padre biológico de Máximo, para que pudieran tener una cercanía. A mediados del año 2019, lo ubicaron y pudieron organizar una reunión, grande fue la sorpresa para ella, cuando de un sopetón, Máximo le dijo que quería cambiarse el apellido paterno y Sebastián le dijo que por supuesto, que él no se sentía padre de nadie y que realizáramos los tramites de cambio de apellido, que él estaba absolutamente de acuerdo con que así sea y que si tenía que firmar o declarar lo hacía encantado y ya que no había más motivos para conversar se iba y así lo hizo Pensé que esto era muy fuerte para Máximo y no quise tocar el tema nuevamente, hasta que Máximo empezó a insistir, y que producto tanto del estallido social, como de la pandemia que nos afecta, no lo habíamos hecho antes y que hoy nos hemos decidido a apoyar y representar a nuestro hijo Máximo en la decisión de cambiar su apellido paterno de Riquelme a Romero que es con el apellido que quiere llevar por nombre. En cuanto al Derecho: El artículo 1° incisos 1° y 2° letra b) de la Ley 17.344 que

Fallo

POR TANTO, de conformidad a los artículos 1o incisos 1° y 2° letra b) y 2° y siguientes de la Ley 17.344; artículos 7°, 17°, 18° y 19° de la Ley Número 4.808; artículos 12.1 y 12.2 de la Convención de Derechos del niño niña y adolescente y los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; solicita que previa tramitación legal y actuando con conocimiento de causa y en representación de su hijo Máximo, autorice el cambio de apellido con que aparece en la partida de nacimiento número de inscripción 2.479, Registro S, correspondiente al Año 2007 de la Circunscripción de San Miguel, partida en que aparece con los apellidos y nombres Máximo Eliecer Riquelme Peñaloza, modificándose la misma, cambiándolo por sus verdaderos nombres y apellidos a Máximo Eliecer Romero Peñaloza, ordenando practicar las sub-inscripciones legales que correspondan, atendidas las circunstancias de hecho y de derecho que he expuesto en el cuerpo de la solicitud y habida consideración de que se cumplen los requisitos legales para ello. - A folio 10, con fecha 25 de agosto de 2021, se dio curso a la solicitud de cambio de nombre. - A folio 11 y 12, con fecha 09 y 12 de octubre de 2021, se rindió Información Sumaria de Testigos efectuada ante el Sr. Receptor Judicial don Marcos Esteban Gacitúa Guerrero. - A fojas 16, con fecha 17 de diciembre de 2021, se certificó el hecho de haberse practicado la publicación legal en el Diario Oficial N° 43.067.-, con fecha 01 de octubre de 2022. - A fojas

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-193-2021 CARATULADO : RIQUELME/ Santiago, veintisiete de Noviembre de dos mil veintitrés Visto: Comparece doña MARIANA MICHELLE PEÑALOZA FUENTES, chilena, soltera, cédula nacional de identidad número 17.050.931-5, labores del hogar, madre y en representación del solicitante don MÁXIMO ELIECER RIQUE

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