SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA LIMITADA/
Rol
V-227-2021
Fecha
27 de noviembre de 2023
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1°.- Que, a folio 1, se presenta doña BARBARA MARCELA ENCINA BARRERA, técnico agrícola, en representación de SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA LIMITADA, persona jurídica de derecho privado del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 77.266.272-6, ambos con domicilio en Parcela N°2, los Maitenes, Lote 2, comuna de Ñiquen, según consta de escritura pública de constitución, otorgada ante notario público de Chillán doña Janina Lorena Rodríguez Cortes, con fecha 16 de Octubre de 2020, interponiendo la siguiente solicitud que a continuación de trascribe: “Que, por medio de éste acto, vengo en solicitar a US., se sirva decretar la inscripción judicial del siguiente vehículo: TIPO VEHÍCULO: TRACTOR, MARCA: MASSEY FERGUSON, MODELO: MF-650T4K, POTENCIA: 150 HP, PLACA PATENTE: NO POSEE, AÑO DE FABRICACIÓN: 2009, PESO BRUTO VEHICULAR: 7.736 KGS, NÚMERO DE MOTOR: YB31493B001718S, NUMERO DE CHASIS: 6504255787, COLOR: ROJO, TIPO DE COMBUSTIBLE: DIESEL, por las razones de hecho y derecho que a continuación paso a exponer: 1. Que la sociedad que represento, adquirió el vehículo ya individualizado por compraventa celebrada con fecha 10 de Junio de 2021, que le hice a SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL MAPACOR LTDA, Rol Único Tributario N° 78.848.200-0, representada por don Marcos Pacheco, ignoro profesión, ambos con domicilio en Panamericana Sur Km. 376, comuna de San Carlos, tal como consta de factura electrónica acompañada en un otrosí. El precio de la compraventa fue de $29.155.000, IVA incluido. Por su parte, la vendedora, la SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL MAPACOR LTDA, adquirió el vehículo ya individualizado por compraventa celebrada con fecha 01 de Septiembre del 2020, que le hizo a don Eduardo Antonio Fuentes Hernandez, agricultor, con domicilio en Parcela 2 Paso Hondo, comuna de Retiro, tal como consta de factura electrónica acompañada en un otrosí. El precio de la compraventa fue de $17.850.000, IVA incluido.- Que por su parte, don Eduardo Antonio Fuentes
Fundamentos
Considerando todo lo anterior y que en autos se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el inc.2° del artículo único de la Ley №19071; S.S. deberá resolver si es procedente la inscripción solicitada, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 33, 35 inc. 3o, 44, 49 y 53 inc. 4o de la Ley 18.290 del tránsito. Es necesario hacer presente a S.S. que, si la sentencia acoge la petición de autos, se deberán señalar los datos exigidos por el Decreto Supremo № 22, Reglamento de Vehículo Motorizados de 06 de febrero de 2020, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, teniendo presente las modificaciones introducidas por el Decreto Supremo de Justicia № 856 de 2004. Además, es necesario que se informen los datos del Registro de Carga, determinados por el artículo 53 inciso final de la ley № 18.290. Precisado lo anterior, cabe señalar que de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3o del artículo 3o del Decreto Supremo 53/1984 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, los camiones y tractocamiones cuyo peso bruto vehicular sea igual o superior a 3860 kilogramos, inscritos en el Registro de Vehículos Motorizados como “hechizos” y los internados al país para “uso especial” de acuerdo al inciso 2o del artículo 21 de la Ley № 18.843 sobre Estatuto Automotriz, deben portar placas patentes de color rojo, cuyas letras, dígitos, orlas y símbolo serán de color blanco. Sin perjuicio de lo señalado, cabe hacer presente a S.S. que es de conveniencia que se informe el tipo de combustible y el peso bruto vehicular, según lo exige el artículo 1o inciso 16 de la ley № 18.502, modificada por la ley № 20.052, publicada en el Diario Oficia! de fecha 27/09/2005. Se sugiere a US. Si estimare conducente obtener un informe más completo, consultar a la Asociación Nacional Automotriz de Chile A.G.-ANAC-, para que ésta -previa consulta al fabricante respectivo- ratifique o efectúe las observaciones que sean Código: KZZXJBTCBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 pertinentes acerca de los datos identificatorios del vehículo, cuyas características se mencionan en los informes técnicos de rigor. Finalmente y salvo su mejor parecer, se sugiere a S.S. remitir los autos al Servicio Nacional de Aduanas, para que esta entidad, en conocimiento de los documentos que fundaron la solicitud de inscripción y que son objeto del presente expediente, se pronuncie respecto de la procedencia de la regularización de la inscripción”. 6°.- Que, se recibió información sumaria de testigos consistente en la declaración de: a. MARCOS MELCIADES PACHECO CORTES, cédula de identidad 9.333.703-4 empresario, domiciliado en Panamericana Sur Km 376, San Carlos, quien expone: Comparezco para declarar que la sociedad a la que represento, sociedad Mapacor Ltda, fue la propietaria del vehículo respecto del cual se solicita la inscripción ante el Registro Civil, un tractor marca Massey Ferguson modelo MF- 650T4K, año 200
Fallo
POR TANTO, en mérito de lo expuesto, artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, Ley Nº 18.290 y demás normas legales pertinentes, PIDO A US., se sirva ordenar al Registro de Vehículos Motorizados dependiente del Registro Civil e Identificación, practicar la inscripción del vehículo antes indicado a nombre del solicitante ya individualizado, la Sociedad Comercial y Agrícola La Compañía Limitada, con la placa patente ya asignada PCPR 77-0, o en subsidio de lo anterior, de la forma que US. determine”. 2°.- Que, para fundamentar su petición el solicitante acompañó los siguientes documentos: a. Factura de compra N° 61355, emitida por Gaston Rodriguez S.A. de fecha 31/12/2008. b. Factura de compra N° 19, emitida por Eduardo Antonio Fuentes Hernandez, con fecha 01/09/2020. c. Factura de compra N° 8442, emitida por Sociedad Agrícola y Comercial Mapacor Limitada. d. Comprobante de permiso de circulación, de fecha 09/07/2021. e. Certificado de seguro obligatorio de accidentes personales Ley 18.490, de fecha 4 09/07/2021. f. Certificado de revisión técnica, de fecha 26/06/2021. Código: KZZXJBTCBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 g. Copia de Resolución Exenta N° 480090 del Director Servicio de Registro Civil, de fecha 05/10/2021. h. Solicitud de primera inscripción en el Registro Civil, oficina San Nicolás, solicitud N° 586, placa patente PCPR 77-0. i. Certificado de vigencia y
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Carlos CAUSA ROL : V-227-2021 CARATULADO : SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA LIMITADA/ San Carlos, veintisiete de Noviembre de dos mil veintitrés VISTO: 1°.- Que, a folio 1, se presenta doña BARBARA MARCELA ENCINA BARRERA, técnico agrícola, en representación de SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA LA COMPAÑÍA LIMI
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