Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

FLORES/FANALOZA S.A.

Rol

M-1182-2023

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos pacíficos. 1.- Existencia de relación laboral entre las partes. 2.- fecha de inicio el 07 de abril de 2010. 3.-Funciones que realizaba de llenador de matrices de yeso. 4.- Contrato indefinido. 5.- Remuneración de $886.521.- 6.- Fecha de término el 14 de agosto de 2023, causal invocada necesidad de la empresa. 7.- Que las partes suscribieron finiquito con reserva de derechos y que se le descontó al trabajador por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía la suma de $1.521.216.- 8.- Cumplimiento de las formalidades legales del despido. Cuarto. Auto de prueba. 1.- Efectividad de los hechos invocados en la carta de despido remitida por el empleador al trabajador y las circunstancias que configuren la causal invocada. Quinto. Prueba demandada. I.- Documental: -Aviso Término contrato individual de trabajo de fecha 14 de agosto de 2023. - Balance tributario año 2021 de Fanaloza S.A. al 31 diciembre 2021 (Determinación Renta Líquida Imponible, Declaración Capital Propio Tributario y Registros Tributario de Rentas Empresariales) - Balance tributario año 2022 de Fanaloza S.A. al 31 diciembre 2022 (Determinación Renta Líquida Imponible, Declaración Capital Propio Tributario y Registros Tributario de Rentas Empresariales) - Formulario 22 Impuesto a la Renta año tributario 2022 de Fanaloza S.A. - formulario 22 Impuesto a la Renta año tributario 2023 Fanaloza S.A. - Certificado Auditoría Ey Audt Ltda del 19704/2023. - facturas de exportación electrónica número 379; 380 y 381 de fecha 19 octubre 2023. - Acta de inspección N° B 077648 de fecha 25 agosto de 2023, realizada por don Víctor Ávila Vega, Servicio Salud Región Bio Bío. - Certificación Notarial del 21 noviembre de 2023 por el Notario Público de Penco sr Abuter Game Tomé. - Fotografías Área inspección y esmaltado. - Fotografías Área clasificación y embalaje. - Fotografías Área fabricación y esmalte. - Fotografías Área fabricación moldes. - Fotografías Área fabricación pasta. - Fotog

Fundamentos

considerando los productos de las líneas económicas, generaron ventas a pérdidas superiores a $7.700 millones con márgenes negativos superiores a $650 millones, entre los últimos 3 meses del año 2022 y el primer trimestre de este 2023, generando además una baja ostensible de la demanda de productos fabricados localmente y que han venido reemplazando por importaciones, generando en la actualidad caídas en los despachos de artefactos sanitarios, superiores a las 130.000 piezas que representan importantes incrementos de inventarios y de costos, cuyos efectos la Empresa no se encuentra en condiciones de enfrentar, ya que, los efectos acumulados han llevado a las Instituciones Financieras, a disminuir y/o rebajar las líneas de crédito para Capital de Trabajo y en algunos casos, suspender hasta aclarar la real situación que enfrentamos y ver los planes para revertir el presente escenario considerando el ciclo político, social y económico que enfrenta el país. Junto con estos elementos negativos, hemos debido enfrentar una importante caída de 12,5% en los tipos de cambio promedio desde Segundo Semestre 2022 a Cierre de Primer Semestre de este 2023, habiendo meses en que la caída se profundizó a niveles de entre 17% y 18% en el tipo de cambio. Este efecto, que ha venido traduciéndose en una baja sostenida en los costos de los productos importados, nos ha impactado en la competitividad en relación a nuestros competidores y a las compras directas que nuestros principales clientes, realizan a terceros países, lo que ha generado una situación adversa en ventas, márgenes y volúmenes de ventas, que en nuestra planta de Sanitarios ha llegado a niveles de caídas del orden de 40%, provocando pérdidas adicionales a las descritas anteriormente por mermas de productos y empaques, adicionales a los flujos y manejos de los sobre inventarios que se han venido generando. Todos estos elementos, hacen imposible mantener la producción local dada la diferencia entre productos similares y alternativos que llegan de importación, comparados con los nuestros los cuales se encuentran impactados además, por productividad y Rendimientos de Planta, los cuales han tenido desmejoras recurrentes desde año 2021”. Octavo. Despido ajustado a derecho. Que, con la prueba documental testimonial aportada por las partes, ha quedado establecido que efectivamente la empresa demandada cesó completamente las Actividades Fabriles en su única planta productiva de Penco, Concepción, procediéndose a la venta y desmantelamiento de dicha planta, manteniendo solamente actividades en el área de venta, pero ninguna actividad del área de producción, donde solo quedan las tareas relativas a la distribución de productos y mantención de orden por el mismo personal que a la fecha lo realiza. Que, de la misma documental y testimonial aportada en el juicio fluye que efectivamente la empresa dado la baja en las ventas del área de producción (competitividad con productos importados) implicaron pérdidas para la e

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales y visto además lo dispuesto en los artículos 161, 162, 168, 496 y siguientes todos del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se rechaza, en todas sus partes, la demanda de autos. II.- Que cada parte soportará sus costas. Regístrese y archívese. Notifíquese a las partes por correo electrónico, si estuviesen registrados. RIT M-1182-2023 RUC 23- 4-0527272-5 Dictada por VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.

Texto Completo (Preview)

Concepción, siete de marzo de dos mil veinticuatro. Visto, oído y teniendo presente. Primero. Demanda. Monitorio. Que, comparece ante este tribunal don PATRICIO ALEJANDRO FLORES PEDRERO, cédula de identidad 7.024.838-7, cesante, domiciliado en calle Argomedo # 220, Concepción, quien expone “Que en tiempo y forma, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 161, 162, 163, 168, 425, 496, 510 y

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