GALDAMES/SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS GREEN S.A
Rol
M-159-2023
Fecha
8 de marzo de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: PRIMERO: Que en esta causa RIT M-159-2023, intervienen como demandante, ALEJANDRO ANDRÉS GALDAMES SAAVEDRA, RUN: 18.806.762-K, domiciliado en Villa Primavera, pasaje 3, casa N°55, Sector Sarmiento, comuna de Curicó, auxiliar de aseo y como demandado principal SOCIEDAD INMOBILIARIA INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A., del giro de su denominación, representada legalmente de acuerdo al artículo 4º inciso primero del Código del Trabajo por LEÓN GREGORIO WURMAN SCHAPIRO, ignora profesión u oficio, o quien haga sus veces, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Pedro Donoso N°662, Comuna de Recoleta y solidaria o subsidiariamente, según sea el caso, en contra de SODIMAC S.A., empresa de retail, representada legalmente por Eric Cristi Rodríguez, o quien corresponda de conformidad a lo previsto en el artículo 4 inciso primero del Código del Trabajo, todos domiciliados en Avenida Carlos Condell N° 1192, comuna de Curicó; 2) FALABELLA RETAIL S.A., empresa del giro de retail, representada legalmente por, Cristian Carvajal Vera o quien corresponda de conformidad a lo previsto en el artículo 4 inciso primero del Código del Trabajo, todos domiciliados en calle Peña N° 615, comuna de Curicó y en contra de HIPERMERCADO TOTTUS S.A., empresa del giro de su nombre, representada legalmente de acuerdo al artículo 4º inciso primero del Código del Trabajo por Víctor Rodrigo Alonso Carrasco Cuevas, ignora profesión u oficio, o quien haga sus veces, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Carmen N° 1220, Comuna de Curicó. SEGUNDO: Que el actor demanda por nulidad del despido, conjuntamente por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales y previsionales, señalando que por contrato de trabajo, celebrado el día 4 de julio de 2018, prestó servicios a partir de ese día para la demandada SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A., bajo vínculo de subordinación y dependencia, su contrato fue escriturado y pactado inicialmente por un plazo fijo, luego
Fundamentos
considerandos precedentemente descritos, siendo los hechos fundantes de las demandas tácitamente admitidos por la demandada principal de autos, motiva forzosamente al tribunal a acogerlas, en los términos que se dirá en lo resolutivo de este
Fallo
fallo y sin condenar en costas, toda vez que no existió oposición expresa de la demandada. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 4, 5, 7, 63, 73, 174, 194 y siguientes, 201, 420, 425, 432, 446 y siguientes, 453, 456 y 459 inciso final del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se ACOGE la demanda de nulidad del despido, conjuntamente con despido injustificado, cobro de prestaciones labores y previsionales interpuesta por ALEJANDRO ANDRÉS GALDAMES SAAVEDRA en contra de SOCIEDAD INMOBILIARIA INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A., representada legalmente por LEÓN GREGORIO WURMAN SCHAPIROANA, todos ya individualizados y en consecuencia se declara: 1.- Que la relación laboral habida entre la actora y la empresa SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A. se extendió ininterrumpidamente desde el 4 de julio de 2018 hasta el 8 de mayo de 2023 y era de carácter indefinida. 2.- Que la última remuneración mensual devengada ascendió a la cantidad de $549.750. 3.- Que el despido del actor fue injustificado, en razón de ello, la demandada SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A. deberá pagar a favor del demandante, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, la suma de $549.750 y por concepto de indemnización por años de servicio, la suma de $2.748.7504, además del recargo legal del 50% de esta última indemnización, equivalente al monto de $1.374.375. 4.- Que la relación laboral que ligaba a las partes terminó por un despido y que éste es n
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Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó. RIT: M-159-2023. RUC: 23-4-0502131-5. Curicó, a ocho de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: PRIMERO: Que en esta causa RIT M-159-2023, intervienen como demandante, ALEJANDRO ANDRÉS GALDAMES SAAVEDRA, RUN: 18.806.762-K, domiciliado en Villa Primavera, pasaje 3, casa N°55, Sector Sarmiento, comuna de Curicó, auxiliar de aseo y como demandado principal S
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