CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./MUÑOZ
Rol
C-10093-2023
Fecha
22 de noviembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 15 de junio de 2023, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a é ñ Javiera Paz Moraga Ben tez, abogada, domiciliada en calle Teatinos 449, oficina 3, piso 3,í Santiago, en representaci n, de ó Cat Administradora de Tarjetas S.A, persona jur dica del giro de su denominaci n, representada por su Gerenteí ó General don Luis Alberto Aubele Ram rez, Ingeniero Comercial, ambos coní domicilio en Avenida Vitacura 2736, Piso 13, Depto. 1301, Las Condes, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de do a ñ Marcia del Carmen Mu oz Guerreroñ , ignora profesi n u oficio, domiciliada enó Aconcagua 8068, La Florida, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de ó $ 3.299.039.-, m sá intereses, reajustes y costas. Se ala que su representada CAT Administradora de Tarjetas S.A,ñ antes denominada Cencosud Administradora de Tarjetas S.A, es actual due a y leg tima tenedora, del pagar a la orden n mero 3659083, por lañ í é ú suma de $3.299.039, con vencimiento 29 de mayo de 2023, el que fue suscrito en representaci n del deudor por apoderados de Cencosudó Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CAT S.A. y/o ACC S.A., ené virtud del mandato otorgado por el deudor en el denominado Contrato de“ Apertura de Cr dito .é ” Alega que el pagar no fue pagado a la fecha de su vencimiento, poré lo que la deudora adeuda su importe, el que devengar adem s el m ximoá á á Código: QVXCXJWCXET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10093-2023 Foja: 1 de inter s convencional que la ley permite estipular para operaciones deé cr dito de dinero no reajustables en moneda nacional, por todo el per odoé í de la mora o simple atraso. Menciona que la obligaci n es l quida o liquidable, actualmenteó í exigible, la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita y la firma deló suscriptor se encuentra autorizada por notario p blico.ú
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos, CAT Administradora de Tarjetas S.A, deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é do a Marciañ del Carmen Mu oz Guerrero,ñ a fin de que pague la suma de $3.299.039.-, correspondiente al pagar Né ° 3659083, suscrito en representaci n de laó ejecutada, con fecha de vencimiento pactado para el d a 29 de mayo deí 2023, el que no fue pagado, raz n por la que se ha interpuesto la acci nó ó ejecutiva en su contra para obtener el entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que la demandada, debidamente representada, se opuso a la ejecuci n a trav s de la excepci n contemplada en los numeral 7ó é ó del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, argumentando que elí ó t tulo carece de fuerza ejecutiva por no haberse pagado el impuestoí establecido en el D.L. N 3475, de acuerdo a los antecedentes que fueron° rese ados en la parte expositiva. ñ TERCERO: Que respecto a la excepci n de falta de alguno de losó requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado,ó opuesta por el ejecutado, es preciso tener presente que para que aquella se configure deben faltar alguno de los requisitos para que proceda la acci nó ejecutiva, sea porque el t tulo no re ne todas las condiciones establecidasí ú por la ley para que se le considere como ejecutivo o porque la deuda no es l quida o actualmente exigible, debiendo ello relacionarse con aquellosí preceptos legales que consagran determinadas exigencias para que un t tuloí tenga dicha condici n.ó CUARTO: Que, respecto a que la parte ejecutante no habr aí pagado el impuesto de timbres y estampillas, corresponde se alar, deñ Código: QVXCXJWCXET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10093-2023 Foja: 1 acuerdo a lo dispuesto en los art culos 15 N 2, 17 N 1 y 26 del Decretoí º º Ley N 3.475, que la obligaci n que se reclama, y seg n adem s lo haº ó ú á sostenido la jurisprudencia, se entiende cumplida con la leyenda impresa en el pagar de autos, en donde consta que El Impuesto de Timbres yé “ Estampillas que grava a este documento se paga por ingresos mensuales de dinero en Tesorer a, seg n Decreto Ley N 3.475 Art. 15 N 2 , todo loí ú ° ° ” cual implica que la actora queda relevada de comprobar el pago de este impuesto, sin perjuicio de la fiscalizaci n que le corresponde al Servicio deó Impuestos Internos y que no corresponde acreditar en esta sede, raz n poró la cual la presente excepci n no puede prosperar.ó QUINTO: Que habiendo sido totalmente vencida la ejecutada y de conformidad a lo dispuesto en el art culo 144 en relaci n con el art culoí ó í 471, ambos del C digo de Procedimiento Civil, se le condenar en costas.ó á
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 144,í 160, 170, 254, 434, 463, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil;ó art culos 1698 y siguientes del C digo Civil; Ley N 18.092; D.S. N 3.475í ó ° ° de 1980, y dem s normas aplicables, se declara:á I. Que, se rechaza la excepci n contemplada en el n mero 7 deló ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta í ó por la ejecutada a folio 10, orden ndose seguir adelante con laá ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago a la actora de suó acreencia; y II. Que se condena en costas a la ejecutada, por haber sido totalmente vencida. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í Código: QVXCXJWCXET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10093-2023 Foja: 1 DICTADA POR DO A MAR A ISABEL REYES KOKISCH,Ñ Í JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA DO A MARIELLAÑ RISOPATRON CERNA, SECRETR A SUBROGANTEÍ . Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintid s de Noviembre de dos mil veintitr só é Código: QVXCXJWCXET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-22T14:43:13-0300
Texto Completo (Preview)
C-10093-2023 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10093-2023 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./MU OZÑ Santiago, veintid s de Noviembre de dos mil veintitr só é VISTOS: Que con fecha 15 de junio de 2023, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a é ñ Javiera Paz Morag
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica