COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SCM/
Rol
V-1085-2022
Fecha
21 de noviembre de 2023
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don JOSÉ GREGORIO VARAS LIRA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 9.006.075-9, en representación de “COMPAÑIA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM”, sociedad contractual minera chilena con el rubro de su denominación, rol único tributario N°89.468.900-5, ambos domiciliados en calle Baquedano 902, comuna de Iquique, presentó con fecha 9 de mayo del año 2022, la manifestación minera de 80 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, abarcando una área total de 800 hectáreas denominadas “KIRI B 1 AL 80”, cuyo punto de interés se encuentra ubicado en la Provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá. En virtud del pedimento denominado “KIRI 2”, presentado con fecha 8 de enero de 2020. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 1257 bajo el Nº 804 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2022. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 30 de mayo de 2022 y 19 de diciembre de 2022 y respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, con fecha 13 de octubre de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, consignando que “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura”. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras, reducidas en la operación de mensura, denominadas “KIRI B 1 AL 53”, materia de esta concesión, son: VERTICE NORTE(m) ESTE(m) 1 7.781.000,00 517.500,00 9 7.781.000,00 521.500,00 89 7.779.000,00 521.500,00 Código: CPXGXJEYBES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 87 7.779.000,00 520.700,00 82 7.779.200,00 520.700,00 81 7.779.200,00 520.500,00 76 7.779.400,00 520.500,00 75 7.779.400,00 520.200,00 68 7.779.600,00 520.200,00 67 7.779.600,00 520.000,00 61 7.779.800,00 520.000,00 60 7.779.800,00 519.500,00 50 7.780.100,00 519.500,00 49 7.780.100,00 519.200,00 43 7.780.200,00 519.200,00 42 7.780.200,00 519.000,00 33 7.780.400,00 519.000,00 32 7.780.400,00 518.700,00 23 7.780.600,00 518.700,00 22 7.780.600,00 518.500,00 13 7.780.800,00 518.500,00 11 7.780.800,00 517.800,00 40 7.780.200,00 517.800,00 41 7.780.200,00 517.900,00 73 7.779.400,00 517.900,00 74 7.779.400,00 518.000,00 86 7.779.000,00 518.000,00 85 7.779.000,00 517.500,00 Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y 42 de su Reglamento,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura denominadas “KIRI B 1 AL 53”, con una superficie total de 491 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de “COMPAÑIA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM”, ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria del hecho, el solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica copias autorizadas de la presente sentencia y de dicho certificado al solicitante. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Código: CPXGXJEYBES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Autoriza ministro de fe del tribunal. Pozo Almonte, a veintiuno de Noviembre de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede./fah Código: CPXGXJEYBES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pju
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FOJA: 15 .- quince .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-1085-2022 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SCM/ POZO ALMONTE, A VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don JOSÉ GREGORIO VARAS LIRA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 9.006.075-9, en representación de “COMP
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