3º Juzgado Civil de Concepción

CONTRERAS/MARTÍNEZ

Rol

C-432-2021

Fecha

20 de noviembre de 2023

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 3 de febrero de 2021 (folio 1) comparece don Luis Hern n Contreras Alarc ná ó , pensionado, casado, c dula de identidadé N 9.1961.695-5, domiciliado en comunidad Los Copihues, calle 4 casa 560,° villa Nongu n, Concepci n e interpone demanda en contra de do a é ó ñ Ester Leonilda Mart nez Moralesí , c dula de identidad N 12.094.713-3,é ° vendedora, con domicilio en calle Manuel Garret n Block N 1118,ó º departamento N 103, comuna de Concepci n, solicitando º ó se revoque la declaraci n de interdicci n definitiva por demencia y nombramiento deó ó curadora definitiva de todos sus bienes que recae sobre su c nyuge; se leó rehabilite para la administraci n de todos sus bienes; y se ordene practicaró las inscripciones que corresponden. Funda su acci n en que con fecha 15 de noviembre del 2012, seó declar su interdicci n por causa de demencia por el 3 Juzgado Civil deó ó º Concepci n a solicitud de su c nyuge Ester Leonilda Mart nez Moralesó ó í como consecuencia de un accidente de tr nsito que tuvo resultado deá lesiones f sicas graves y que produjo una secuela neurol gica de un 45%í ó declarado por la Asociaci n Chilena de Seguridad.ó Manifiesta que en la misma sentencia se nombr a su c nyuge Esteró ó Leonilda Mart nez Morales curadora definitiva de sus bienes, respecto deí quien se encuentra separado de hecho desde el a o 2012, haceñ aproximadamente 8 a os, sin cuidados especiales por parte de ella.ñ Refiere que con fecha 19 de marzo del 2020 se le entreg un informeó psiqui trico en donde se se ala espec ficamente que aunque existen da osá ñ í ñ Código: WFWXXJHXXFR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 neurol gicos por el accidente, en la evaluaci n el paciente se presenta enó ó forma adecuada, aseado, con vestimenta acorde al clima y a la situaci n,ó cooperador, orientado temporoespacialmente y personalmente, logra buen contacto afectivo, eut mico, tranquilo, psicomotricid

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 . ° – Que, acorde a lo relacionado en lo expositivo que antecede, don Luis Hern n Contreras Alarc n interpone demanda en contra de suá ó curadora y c nyuge do a Ester Leonilda Mart nez Morales, solicitando seó ñ í revoque la declaraci n de interdicci n definitiva por demencia y eló ó nombramiento de curador definitivo de todos sus bienes que recae sobre la demandada, y, se le rehabilite para la administraci n de sus bienes. Elloó fincado en que actualmente se encontrar a capacitado para administrar deí mejor manera sus bienes, y que se encuentra separado de hecho de su c nyuge desde el a o 2012.ó ñ 2 . ° – Que, siendo legalmente emplazada, la demandada no contestó la demanda incoada en su contra. 3 . ° – Que, el demente, de conformidad a la definici n otorgada poró el Diccionario de la Real Academia Espa ola es aquella persona queñ “padece de demencia”, entendi ndose sta como el é é “deterioro de las facultades mentales que causa graves trastornos de conducta”. Ahora, seg n lo dispuesto en el art culo 456 del C digo Civil, elú í ó adulto que se halla en un estado habitual de demencia, deber ser privadoá de la administraci n de sus bienes, aunque tenga intervalos l cidos. ó ú A su turno el art culo 468 del mismo cuerpo legal, reconoce laí posibilidad de rehabilitarse a todos aquellos que hayan sido declarados Código: WFWXXJHXXFR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 interdictos por demencia, al disponer que El demente podr ser“ á rehabilitado para la administraci n de sus bienes si apareciere que haó recobrado permanentemente la raz n; y podr tambi n ser inhabilitado deó á é nuevo con justa causa. Se observar en estos casos lo prevenido en losá art culos 454 y 455.í ” Estos ltimos art culos establecen la procedencia de la rehabilitaci nú í ó para la administraci n de lo suyo, si se juzgare que puede ejercerla sinó inconveniente; y rehabilitado, podr renovarse la interdicci n, si ocurriereá ó motivo para ello. Adem s, la rehabilitaci n y la renovaci n de interdicci ná ó ó ó ser n decretadas con las mismas formalidades que para la interdicci ná ó primitiva; y ser n seguidas de la inscripci n y notificaci n prevenidas en elá ó ó art culo 447; que en el caso de rehabilitaci n se limitar n a expresar que talí ó á individuo (designado por su nombre, apellido y domicilio) tiene la libre administraci n de sus bienes.ó 4 . ° – Que, es menester se alar que la carga de la prueba puede serñ definida como la necesidad de las partes de probar los hechos que constituyen el supuesto f ctico de la norma jur dica que invocan a su favor aá í riesgo de obtener una resoluci n desfavorable a sus pretensiones yó resistencias. Conforme a lo anterior, el ordenamiento positivo nacional regula el onus probandi en el art culo 1.698 del C digo Civil, al se alarí ó ñ que: Incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas“ ó é o staé ”. De este modo, en el caso co

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previstoá en los art culos 42, 542, 338, 340, 342, 353, 443, 447, 454, 455, 456, 460,í 468, 1447, 1698, 1700, 1712 del C digo Civil; Ley N 18.600; art culos 160,ó ° í 170, 384, del C digo de Procedimiento Civil, ó se declara: I. Que HA LUGAR, sin costas, a la demanda deducida en lo principal de presentaci n de fecha 3 de febrero de 2021 (folio 1), s lo enó ó cuanto se declara la rehabilitaci n de la interdicci n por demencia de donó ó Luis Hern n Contreras Alarc n, c dula de identidad N 9.161.695-5. á ó é ° Una vez ejecutoriada la presente resoluci n, pract quese la respectivaó í subinscripci nó al margen de la inscripci n de fojas 1651, N 900 deló ° Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Ra ces de Concepci ní ó del a o 2013, y ñ notif queseí al p blico mediante tres publicaciones en elú peri dico La Estrella de esta ciudad, , debiendo cumplirse laó “ ” – subinscripci n y publicaciones estrictamente con lo dispuesto por eló – art culo 455 del C digo Civil, en cuanto a expresar que don Luis Hern ní ó á Contreras Alarc n, domiciliado en Copihues, calle 4 casa 560, villaó Nongu n, Concepci n, tiene la libre administraci n de sus bienes.é ó ó Código: WFWXXJHXXFR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Notif queseí al Registro Civil y al Servicio Electoral para que tomen conocimiento de los resuelto y practiquen las inscripciones, can

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 85 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-432-2021 CARATULADO : CONTRERAS/MART NEZÍ Concepci nó , veinte de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 3 de febrero de 2021 (folio 1) comparece don Luis Hern n Contreras Alarc ná ó , pensionado, casado, c dula de identidadé N 9.1961.695-5, domiciliado en comunidad Lo

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