I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/ASESORÍAS ANDES CAPITAL LIMITADA
Rol
C-11554-2023
Fecha
20 de noviembre de 2023
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 comparece el abogado Osvaldo Andr s L pez Arriagada, ené ó representaci n de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES,ó representada legalmente por su alcaldesa Daniela Alejandra Pe aloza Ramos, todosñ con domicilio en Avenida Apoquindo N 3400, comuna de Las Condes, e interpone° demanda ejecutiva en contra de ASESORIAS ANDES CAPITAL LIMITADA, representada por Jos Alcalde Undurraga, ignora profesi n u oficio, ambosé ó domiciliados en Vitacura N 2969, oficina 1701, comuna de Las Condes, solicitando° que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra, por la cantidadó de $16.458.441, m s reajustes, intereses y costas.á Manifiesta que la demandada adeuda a su representada el pago por concepto de patentes comerciales que constan en los certificados que acompa a, que se hanñ devengado entre el 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2023. Refiere que, seg n dispone el art culo 47 de la Ley de Rentas Municipales,ú í Decreto Ley 3.063, los citados certificados que emite el secretario municipal, en los que consta la deuda del contribuyente, tienen m rito ejecutivo.é Indica que la obligaci n es l quida, actualmente exigible y que su acci n no seó í ó encuentra prescrita. A folio 11 la parte ejecutada opuso las excepciones contempladas en los numerales 17, 18 y 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó A folio 17 la parte ejecutante evacu el traslado conferido, allan ndoseó á totalmente a las excepciones opuestas. A folio 18 se declararon admisibles las excepciones y por no existir hechos controvertidos se omiti recibir la causa a prueba, cit ndose a las partes para o ró á í sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la Ilustre Municipalidad de Las Condes solicit y obtuvoó que se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Inversionesó Código: YWGKXJRKEER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Yazigi Chanes Limitada, por patentes comerciales devengadas entre el 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2023. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso las excepciones de prescripci n yó cosa juzgada respecto a las patentes comerciales devengadas entre el 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2020. Adem s, trat ndose de aquellas devengadas entre elá á 31 de julio de 2020 y el 31 de enero de 2023, opuso la excepci n de pago, fundadaó en los dep sitos a la orden de la actora que invoca. ó TERCERO: Que la parte ejecutante se allan totalmente a las excepcionesó descritas en el motivo que antecede. CUARTO: Que en raz n del allanamiento de la parte ejecutada, se acogeró á la excepci n de prescripci n respecto a las patentes comerciales devengadas entre eló ó 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2020, omiti ndose pronunciamiento acercaé de la excepci n de cosa juzgada opuesta respecto a las mismas cuotas indicadas, poró resultar inoficioso. De igual manera, en raz n del mismo allanamiento apuntado, se acoger laó á excepci n de pago planteada respecto a las patentes comerciales devengadas entre eló 31 de julio de 2020 y el 31 de enero de 2023.
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y por no existir hechos controvertidos se omiti recibir la causa a prueba, cit ndose a las partes para o ró á í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la Ilustre Municipalidad de Las Condes solicit y obtuvoó que se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Inversionesó Código: YWGKXJRKEER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Yazigi Chanes Limitada, por patentes comerciales devengadas entre el 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2023. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso las excepciones de prescripci n yó cosa juzgada respecto a las patentes comerciales devengadas entre el 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2020. Adem s, trat ndose de aquellas devengadas entre elá á 31 de julio de 2020 y el 31 de enero de 2023, opuso la excepci n de pago, fundadaó en los dep sitos a la orden de la actora que invoca. ó TERCERO: Que la parte ejecutante se allan totalmente a las excepcionesó descritas en el motivo que antecede. CUARTO: Que en raz n del allanamiento de la parte ejecutada, se acogeró á la excepci n de prescripci n respecto a las patentes comerciales devengadas entre eló ó 31 de enero de 2018 y el 31 de enero de 2020, omiti ndose pronunciamiento acercaé de la excepci n de cosa juzgada opuesta respecto a las mismas cuotas indicadas, poró resultar inoficioso. De igual manera, en raz n del mismo allanamiento apuntado, se acoger laó á excepci n de pago
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11554-2023 CARATULADO : I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES / ASESOR AS ANDES CAPITAL LIMITADAÍ Santiago, veinte de noviembre de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1 comparece el abogado Osvaldo Andr s L pez Arriagada, ené ó representaci n de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES,ó representada legalmente por su alcald
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