I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/INVERSIONES YAZIGI CHANES LIMITADA
Rol
C-11553-2023
Fecha
20 de noviembre de 2023
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 comparece el abogado Osvaldo Andr s L pez Arriagada, ené ó representaci n de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES,ó representada legalmente por su alcaldesa Daniela Alejandra Pe aloza Ramos,ñ todos con domicilio en Avenida Apoquindo N 3400, comuna de Las Condes, e° interpone demanda ejecutiva en contra de INVERSIONES YAZIGI CHANES LIMITADA, representada por Jos Yazigi Chanes, ignora profesi n u oficio,é ó ambos domiciliados en Vitacura N 2736, oficina 1603, comuna de Las Condes,° solicitando que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra,ó por la cantidad de $21.705.109, m s reajustes, intereses y costas.á Manifiesta que la demandada adeuda a su representada el pago por concepto de patentes comerciales que constan en los certificados que acompa a,ñ que se han devengado entre el 31 de diciembre de 2012 y el 31 de enero de 2023. Refiere que, seg n dispone el art culo 47 de la Ley de Rentas Municipales,ú í Decreto Ley 3.063, los citados certificados que emite el secretario municipal, en los que consta la deuda del contribuyente, tienen m rito ejecutivo.é Indica que la obligaci n es l quida, actualmente exigible y que su acci n noó í ó se encuentra prescrita. A folio 10 la parte ejecutada opuso las excepciones contempladas en los numerales 3, 18, 17 y 9 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó A folio 13 la parte ejecutante evacu el traslado conferido, allan ndoseó á parcialmente a las excepciones que indica. A folio 14 se declararon admisibles las excepciones y por no existir hechos controvertidos se omiti recibir la causa a prueba, cit ndose a las partes para o ró á í sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: RBDXXJYLSDR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que la Ilustre Municipalidad de Las Condes solicit y obtuvoó que se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Inversionesó Yazigi Chanes Limitada, por patentes comerciales devengadas entre el 31 de diciembre de 2012 y el 31 de enero de 2023. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso, en primer lugar, la excepci nó de litis pendencia contemplada en el numeral 3 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil, fundada en que ante el 29 Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol 7165-2023, ha promovido contra la Ilustre Municipalidad de Las Condes, un juicio tendiente a la declaraci n de prescripci n de las patentes comercialesó ó devengadas entre los a os 2012 y 2020, mismas que son objeto de la ejecuci nñ ó seguida en autos. TERCERO: Que la parte ejecutante se allan a la excepci n deó ó prescripci n descrita en el motivo que antecede.ó CUARTO: Que en raz n del allanamiento de la parte ejecutada, seó acoger la excepci n de litis pendencia respecto a las patentes comercialesá ó devengadas entre los d as 31 de diciembre de 2012 y el 31 de enero de 2020,í quedando las mismas fuera de la ejecuci n seguida en autos. ó QUINTO: Que fund ndose las excepciones de cosa juzgada yá prescripci n, contempladas, respectivamente, en los numerales 18 y 17 del art culoó í 464 del C digo de Procedimiento Civil, en las mismas circunstancias que laó excepci n de litis pendencia que resultar acogida, necesariamente se omitiró á á pronunciamiento respecto de aquellas. SEXTO: Que trat ndose de las seis patentes comerciales devengas entre elá 31 de julio de 2020 y el 31 de enero de 2023, la parte ejecutada opone la excepci n de pago contemplada en el numeral 9 del art culo 464 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, fundada en que deposit por dicho tem la cantidad deó í $8.213.992 en la cuenta corriente de este tribunal. S PTIMO: É Que la parte ejecutada se allan parcialmente a la excepci nó ó descrita en el motivo que antecede, alegando que el dep sito efectuado por laó contraria corresponde solo al capital adeudado, sin considerar los reajustes e intereses previstos por el art culo 48 de la Ley de Rentas Municipales, los cualesí seguir an pendientes de pago.í OCTAVO: Que el dep sito realizado por la parte ejecutada el d a 27 deó í julio de 2023, en la cuenta corriente del tribunal, corresponde a la suma de las Código: RBDXXJYLSDR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl patentes comerciales devengadas entre el 31 de julio de 2020 y el 31 de enero de 2023. NOVENO: Que, sin perjuicio de lo anterior, conviene precisar que el art culo 48 de la Ley de Rentas Municipales dispone que el contribuyente que seí constituyere en mora de pagar patentes comerciales, quedar obligado, adem s, alá á pago de los reajustes e intereses en la forma y condiciones estable
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y por no existir hechos controvertidos se omiti recibir la causa a prueba, cit ndose a las partes para o ró á í sentencia. CONSIDERANDO: Código: RBDXXJYLSDR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que la Ilustre Municipalidad de Las Condes solicit y obtuvoó que se despachara mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Inversionesó Yazigi Chanes Limitada, por patentes comerciales devengadas entre el 31 de diciembre de 2012 y el 31 de enero de 2023. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso, en primer lugar, la excepci nó de litis pendencia contemplada en el numeral 3 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil, fundada en que ante el 29 Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol 7165-2023, ha promovido contra la Ilustre Municipalidad de Las Condes, un juicio tendiente a la declaraci n de prescripci n de las patentes comercialesó ó devengadas entre los a os 2012 y 2020, mismas que son objeto de la ejecuci nñ ó seguida en autos. TERCERO: Que la parte ejecutante se allan a la excepci n deó ó prescripci n descrita en el motivo que antecede.ó CUARTO: Que en raz n del allanamiento de la parte ejecutada, seó acoger la excepci n de litis pendencia respecto a las patentes comercialesá ó devengadas entre los d as 31 de diciembre de 2012 y el 31 de enero de 2020,í quedando las mismas fuera de la ejecuci n seguida en autos. ó QUINTO: Que fund ndose las excepciones de co
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11553-2023 CARATULADO : I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES / INVERSIONES YAZIGI CHANES LIMITADA Santiago, veinte de noviembre de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1 comparece el abogado Osvaldo Andr s L pez Arriagada, ené ó representaci n de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES,ó representada legalmente por su alcal
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