2º Juzgado de Letras de Osorno

GUZMÁN/ZILLER

Rol

C-179-2023

Fecha

20 de noviembre de 2023

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que en el folio 1 de estos antecedentes del ingreso civil rol C 179 2023, caratulados “Guzmán con Ziller”, comparece don Patricio Álvaro Guzmán Encina, Emprendedor, RUN 13.460.000-7, deduciendo demanda de cobro de pesos en procedimiento de menor cuantía en contra de don Christian Alex Ziller Dobrew Médico Veterinario RUN 10.680.474-5, domiciliado en calle Pilauco N°1310, sector Pilauco, de la ciudad de Osorno, a fin de que este sea condenado al pago de $1.200.000.- (un millón doscientos mil pesos), o la cantidad que S.S. estime conforme el mérito del proceso, más sus reajustes e intereses correspondientes, con expresa condenación en costas. Funda la acción dando cuenta que “1.- Con fecha 03 de noviembre de 2022, el demandado me contacta telefónicamente con el fin de cotizar un molino para moler maíz, monofásico Motor 3HP, en adelante denominada máquina chancadora, la cual tuve que vender por necesidad económica, dejándome un mensaje de WhatsApp en el cual me expresa su interés en comprarla. 2.- Por el mismo medio le manifiesto que el precio de la máquina chancadora es de $1.200.000.- (un millón doscientos mil pesos). 3.- Posteriormente, luego de acordar la compraventa, el demandado concurrió a buscar la máquina chancadora a mi domicilio, en donde lo esperaba don EUGENIO MACHUCA, quien le hizo entrega de la máquina chancadora. 4.- Debido a la relación comercial previa con el demandado, quien periódicamente me compraba huevos, pagándolos con posterioridad a ser retirados, no tuve inconvenientes en que procediera de igual forma en la compraventa de la máquina chancadora, ya que lo consideraba un buen cliente y confiaba en su palabra. 5.- Sin embargo, luego de llevarse la máquina chancadora, ha sido imposible ubicarlo, debido a que no contesta los llamados, mensajes y correos que 1 Código: XVXEXJWPWBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl le he enviado. Así las cosas, la deuda referida no ha sido pa

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Patricio Alvaro Guzmán Encina, dedujo demanda en procedimiento ordinario de cobro de pesos en menor cuantía, en contra de don Christian Alex Ziller Dobrew, ambos ya individualizados, a fin de que este sea condenado al pago de $1.200.000.- (un millón doscientos mil pesos), o la cantidad que S.S. estime conforme el mérito del proceso, más sus reajustes e intereses correspondientes. Fundó la acción en las razones de hecho y de derecho referidas en lo expositivo de esa sentencia y que se tienen por reproducidas para todos los efectos legales. SEGUNDO: Que a la demandada se le tuvo por evacuado en rebeldía el trámite de contestación como consta en el folio 12; de manera tal que debe entenderse que controvierte todos los hechos señalados en la demanda. 2 Código: XVXEXJWPWBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que entonces la controversia en estos antecedentes, radica en la efectividad de adeudar la demandada $1.200.000.- y también la fuente de dicha obligación. CUARTO: Que con tal fin, la parte demandante acompañó al proceso con la debida ritualidad procesal, en el folio 42, pendrive que contiene audios electrónicos entre las partes que se encuentra guardado en custodia como consta en actuación de folio 43; transcripción que se encuentra agregada en el folio 35. QUINTO: Que también produjo prueba confesional ficta de la parte demandada en razón de los certificados receptoriales de folios 57 y 63 respectivamente, motivo por el cual se dictó resolución de folio 65, que tuvo por confeso a don Christian Alex Ziller Dobrew de todos aquellos hechos categóricamente afirmados en el pliego de posiciones acompañado en estos antecedentes en el folio 63. SEXTO: Que de la prueba rendida se tienen por acreditado los siguientes hechos: 1.- Que las partes vía was app, acordaron la venta de máquina chancadora para moler maíz, Monofásico 3HP, en $1.200.000.- que sería pagado mediante transferencia bancaria; lo anterior se desprende de la trascripción vía was app entre las partes acompañado en el folio 35, instrumento privado que no fue objetado por las partes.- 2.- Que el 03 de noviembre de 2022, el demandado concurrió al domicilio del demandante a retirar la referida máquina, ubicado en Camino Montaña Adentro, lote C 3, parcela 23, Puangue, Melipilla. 3.- Que a la fecha, no ha pagado el precio pactado.- Los putos 2 y 3 se desprende de la absolución de posiciones ficta de folio 65, que es congruente con el resto de la prueba acompañada en el folio 35. 3 Código: XVXEXJWPWBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SÉPTIMO: Que así las cosas, forzoso resulta acoger la demanda interpuesta por la suma solicitada, incluyendo reajustes e intereses corrientes, devengados desde la notificación de la demanda.

Fallo

En mérito de lo expuesto y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1437 y siguientes, 1567, 1568 y siguientes, y 1698 y siguientes, 1711 del Código Civil; 144, 160, 170, 341, 346, 384 N°2, 385, 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda en procedimiento ordinario de menor cuantía de cobro de pesos interpuesto en el folio 1, don Patricio Alvaro Guzmán Encina, en contra de don Christian Alex Ziller Dobrew; ambos ya individualizados, y en consecuencia se condena a la demandada al pago de $1.200.000.- más reajustes e intereses corrientes devengados desde la notificación de la demanda hasta el día del pago efectivo. II.- Que se condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida. Transcríbase y notifíquese por cédula.- Rol C 179 2023.- Dictó Luis Meza Marín; Juez titular del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. 4 Código: XVXEXJWPWBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-20T12:34:28-0300

Texto Completo (Preview)

Osorno, veinte de noviembre de dos mil veintitrés.- VISTO: Que en el folio 1 de estos antecedentes del ingreso civil rol C 179 2023, caratulados “Guzmán con Ziller”, comparece don Patricio Álvaro Guzmán Encina, Emprendedor, RUN 13.460.000-7, deduciendo demanda de cobro de pesos en procedimiento de menor cuantía en contra de don Christian Alex Ziller Dobrew Médico Veterinario RUN 10.680.474-5, domi

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