1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PANIFICADORA INTERBAKE CHILE LIMITADA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO NORTE

Rol

I-539-2023

Fecha

4 de marzo de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: Que comparece Javier Ugarte Undurraga, abogado y mandatario judicial, actuando en representación de Interbake Chile SpA., persona jurídica del giro de Elaboración De Productos De Panadería Y Pastelería, RUT N° 78.544.420-5, ambos con domicilio para estos efectos en calle Coronel Pereira N° 62, of. 1201, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, interpone reclamo judicial en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte, representada legalmente por doña Gloria Alejandra Fuentes Riquelme, en su calidad de Inspectora Jefe, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Antonio N° 427, piso 6, comuna de Santiago, Región Metropolitana, respecto de la resolución de multa N° 1134/23/23, de fecha 10 de julio de 2023, notificada por correo electrónico y de conformidad al artículo 508 inciso primero del Código del Trabajo el día 1 de septiembre de 2023, en base a los siguientes argumentos: Indica que su representada fue fiscalizada y multada por eventualmente haber incurridos en diversos incumplimientos a disposiciones legales, lo que originó cuatro multas administrativas, siendo ellas por: 1.- No proteger las partes móviles, transmisiones y pistones de corte de queso de la máquina dosificado de queso, ubicada en el área de elaboración de empanada. 2.- No consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida a el monto, forma y periodo del pago de los conceptos: bono especial, bono responsabilidad, bono asistencia y puntualidad y bono desempeño, percibidos por todo el periodo sometido a revisión, correspondiente entre el enero y mayo de 2023, no pudiendo determinar su composición y si fue pagado de manera íntegra, situación que afecta al trabajador Sr. Jorman Olivares Aular, RUN 26.134.643-5. 3.- No suprimir, en el área de elaboración de empanadas, los factores de peligro asociados a las labores de operación y limpieza de la máquina dosificadora de queso, lo que concluyó con la ocu

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO. En cuanto a los medios probatorios incorporados al proceso: Que, para efectos de resolver la controversia es menester de este tribunal analizar la prueba ofrecida e incorporada a este proceso, según las normas de la sana crítica, para ello se analizará cada medio probatorio ofrecido e incorporado para posteriormente resolver las pretensiones de la parte demandante. SEGUNDO. En cuanto a la prueba documental de la reclamante: Que, para efectos de acreditar sus dichos, la parte reclamante incorporó los siguientes medios probatorios: 1. Resolución de multa N° 1134/23/23 de fecha 10 de julio de 2023; medio probatorio en el que se observa el nombre del fiscalizador, la descripción de las 4 multas en las que se indica el hecho que se sanciona y la normativa infringida, se indica que se adjunta anexo detallando trabajadores involucrados, periodos con infracciones e instituciones previsionales que son integrantes de la mencionada resolución, además del monto de cada multa. 2. Contrato de trabajo de fecha 19 de mayo de 2021, entre Interbake Chile SpA y Jorman Alirio Olivares Aular. En la cláusula cuarta se menciona que su remuneración será la suma de $326.500, gratificación, bono por asistencia y puntualidad equivalente a $29.332 y se señala “ atendida la naturaleza de las laborales que el trabajador desarrolla para la empresa, además del sueldo convenido y de las otras rentas fijas de pago mensual, el trabajador podrá tener derecho a percibir la remuneración variable denominada bonos, incentivos o premios de carácter esporádico y ocasional, si cumple con las condiciones y los requisitos que en cada caso se determinen, los que se comunicarán oportunamente al trabajador.” 3. Anexos de contrato de trabajo celebrados entre Interbake Chile SpA y Jorman Alirio Olivares Aular, de fecha 25 de enero de 2023; 14 de marzo de 2023 y 9 de mayo de 2023; dan cuenta de la existencia de bonos correspondientes a incentivo laboral, durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2023. 4. Copia de Contrato Colectivo entre Interbake Chile SpA y Sindicato N°2 Empresa Panificadora Interbake Chile SpA., de fecha 21 de noviembre de 2022; En el que se establecen reajustes real de remuneración, reajustes por IPC, gratificación, , asignación de movilización, recargo de horas extras por un 100% en cuanto al trabajo de días domingos y festivos, aguinaldo de fiesta patrias y de navidad, colación además de los siguientes bonos: Escolaridad, matrimonio, nacimiento, ,asistencia y puntualidad, nocturno y turno tarde, vacaciones, y permiso por fallecimiento. 5. Contrato de trabajo de fecha 1 de febrero de 2022, entre Interbake Chile SpA y Josselyn Andrea Gutiérrez Sepúlveda; en el que se señala que sus funciones, labores o tareas son aquellas inherentes al cargo de prevencionista de riesgos. 6. Copia de Carnet Experto en Prevención de Riesgos a nombre de Josselyn Andrea Gutiérrez Sepúlveda. Que indica la profesión de doña Josselyn Gutiérrez Sepú

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los art culos 1, 7, 10, 420 y siguientes, 454 y í siguientes, 503, 505, 506, 511, 512 y 515 del Código del Trabajo; artículos 21, 31 y 32 del D.F.L. N 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se resuelve: que: I.-Se acoge parcialmente la reclamación interpuesta por Javier Ugarte Undurraga, abogado y mandatario judicial, actuando en representación de Interbake Chile SpA., persona jurídica del giro de Elaboración De Productos De Panadería Y Pastelería, RUT N° 78.544.420-5 en contra de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte, representada legalmente por doña Gloria Alejandra Fuentes Riquelme, en su calidad de Inspectora Jefe, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Antonio N° 427, piso 6, comuna de Santiago, Región Metropolitana, respecto de la resolución de multa N° 1134/23/23, de fecha 10 de julio de 2023 declarando que: Se rebaja en un 25% la multa 1134/23/23, 2 correspondiente a la resolución de multa N° 1134/23/23, de fecha 10 de julio de 2023, pasando de 60 UTM a 45 UTM, manteniéndose las multas 1134/23/23 1,3,4 en 60 UTM cada una. II.- Se rechaza en todo lo demás la reclamación III.- Cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada que sea la presente resolución cumplirse con lo dispuesto en ella dentro de quinto día de lo contrario remítanse los antecedentes al juzgado de cobranza laboral y previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportu

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OÍDOS: Que comparece Javier Ugarte Undurraga, abogado y mandatario judicial, actuando en representación de Interbake Chile SpA., persona jurídica del giro de Elaboración De Productos De Panadería Y Pastelería, RUT N° 78.544.420-5, ambos con domicilio para estos efectos en calle Coronel Pereira

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