1º Juzgado Civil de Chillán

BANCO SANTANDER - CHILE/LÓPEZ

Rol

C-1118-2019

Fecha

17 de noviembre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1° A folio 1, con fecha 11 de marzo de 2019, comparece doña Dominique Alexandra Jara Zanni, abogada, domiciliada en Mac Iver 225, piso 16, Santiago, en representación de BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada por su Gerente General don Miguel Arturo Mata Huerta, factor de comercio, ambos domiciliados en calle Bandera Nº 140, piso 17, comuna de Santiago; quien interpone demanda ejecutiva en contra de don MARIO ORLANDO LOPEZ VERA, cuya profesión u oficio ignora, domiciliado en Avda. Ruiz de Gamboa N°476, de la comuna de Chillán. Funda su demanda en que su mandante sería dueño y titular de los siguientes documentos: 1) Pagaré N°650033499790, que el ejecutado, debidamente representado, suscribió con fecha 19 de febrero de 2019 por la suma de $753.689.- 2) Pagaré N° 650033053309, que el ejecutado, debidamente representado, suscribió con fecha 19 de febrero de 2019 por la suma de $500.000.- por concepto de capital pagadero conjuntamente con los intereses correspondientes. Se estipuló que el capital devengaría intereses a la tasa correspondiente al interés máximo convencional para operaciones no reajustables a contar de la mora o simple retardo y hasta su pago íntegro y efectivo. Además, el impuesto de timbres y estampillas que grava la operación de crédito documentada en el pagaré, se paga por ingresos mensuales de dinero en Tesorería según D.L. 3475 artículo 15 Nº 2. Manifiesta que el ejecutado no habría dado cumplimiento a tal obligación de pago, razón por la cual y de acuerdo a lo estipulado hace exigible por medio de su demanda, el total de la suma reconocida en los pagarés, en un total de $1.253.689.- más los intereses penales correspondientes, hasta la fecha del pago efectivo, con costas. Agrega que la firma del suscriptor del pagaré se encuentra autorizada ante notario, siendo la obligación líquida y actualmente exigible, constando en título ejecutivo y no estando prescrita la respectiva acción. Por lo ant

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el BANCO SANTANDER-CHILE S.A., interpone demanda ejecutiva en contra de don MARIO ORLANDO LOPEZ VERA, todos ya individualizados, por los fundamentos de hecho y derecho referidos en la parte expositiva, los que, en aras de la economía procesal, se dan por entera y expresamente reproducidos, solicitando, en definitiva, acogerla en todas sus partes y, al efecto, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $1.253.689.- en capital, más gastos, reajustes e intereses pactados, requerirlo de pago y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero y cumplido pago de todo lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que, el ejecutado opone la excepción del Nº 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; esto es, “La prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva”, por los fundamentos latamente transcritos en lo expositivo de esta sentencia, solicitando en definitiva rechazar la demanda ejecutiva, con costas. TERCERO: Que, a folio 45, se tuvo por evacuado el traslado respectivo el rebeldía de la parte ejecutante. CUARTO: Que, consta en autos que la parte ejecutante ha acompañado: A folio 3: 1) Pagaré N°650033499790, por la suma de $753.689.- suscrito con fecha 19 de febrero de 2019, por Carol Parra Tejo, en representación de Santander Gestión de Recaudación y Cobranza Limitada, en representación, a su vez, del ejecutado don Mario Orlando López Vera, cuya firma se encuentra autorizada por el Notario Público de Santiago, don Francisco Leiva Carvajal; 2) Documento individualizado como cartola operación de crédito de fecha 19 de febrero de 2019. 3) Pagaré N°650033053309, por la suma de $500.000.- suscrito con fecha 19 de febrero de 2019, por Carol Parra Tejo, en representación de Santander Gestión de Recaudación y Cobranza Limitada, en representación, a su vez, del ejecutado don Mario Orlando López Vera, cuya firma se encuentra autorizada por el Notario Código: NVRXXJJXTJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Público de Santiago, don Francisco Leiva Carvajal; 4) Documento individualizado como cartola operación de crédito de fecha 19 de febrero de 2019; A folio 1: 5) Documento denominado Contrato de apertura de crédito en moneda nacional y afiliación al sistema y uso de tarjeta de crédito MasterCard, Uso de Servicios Automatizados y Mandatos Especiales, suscrito por el ejecutado; 6) Documento denominado Contrato Único de Productos suscrito por el ejecutado con fecha 31 de enero de 2006; QUINTO: Que, la parte ejecutada, acompañó a folio 46, los siguientes documentos: 1.- Copia simple de sentencia definitiva del 2° Juzgado Civil de Valparaíso, en causa Rol C-676-2011. 2.- Copia simple sentencia Corte Suprema, causa Rol 5214-2008. 3.- Copia simple de sentencia definitiva del 30° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol 25.165-2010. 4.- Copia de sentencia de la Corte Suprema, en causa Rol 8.053-2011.- SEXTO: Que, el artíc

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la excepción de prescripción del Nº 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, opuesta en el segundo otrosí del escrito de folio 23, por el ejecutado, don MARIO ORLANDO LÓPEZ VERA, y, en consecuencia, se declara prescrita la acción ejecutiva emanada de los Pagarés N°650033499790 y N°650033053309, suscritos con fecha 19 de febrero de 2019. II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutante. Anótese, regístrese y notifíquese. Rol C-1118-2019.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Chillán, a diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Código: NVRXXJJXTJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-17T16:34:40-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : C-1118-2019 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/LÓPEZ Chillán, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: 1° A folio 1, con fecha 11 de marzo de 2019, comparece doña Dominique Alexandra Jara Zanni, abogada, domiciliada en Mac Iver 225, piso 16, Santiago, en representación de BANCO SANTANDER-CHILE, socied

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