1º Juzgado de Letras de Iquique

RIQUELME/

Rol

V-155-2023

Fecha

17 de noviembre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece doña JULIA CAROLINE RIQUELME ROJAS, empresaria, domiciliada en calle Bolívar N°354, oficina 504, de la ciudad de Iquique; quien solicita autorización para suprimir su primer nombre JULIA; y cambiarlo por su nombre CAROLINE por CAROLINA; y modificar su apellido paterno de RIQUELME por PIZARRO, disponiéndose entonces las modificaciones e inscripciones, ya que su nombre le genera menoscabo moral por los motivos que explicita, y porque además ha sido conocida por más de cinco años con el nombre CAROLINA y apellido paterno PIZARRO, quedando en definitiva su nombre como CAROLINA PIZARRO ROJAS. SEGUNDO: Que, para acreditar los fundamentos de su petición, la solicitante acompañó: 1) certificado de nacimiento de doña Julia Caroline Riquelme Rojas; 2) certificado de antecedentes de doña Julia Caroline Riquelme Rojas; 3) Captura de pantalla del perfil de cuenta de Red Social de doña Carola Pizarro; 4) Captura de pantalla del perfil de cuenta de Facebook de doña Carola Pizarro; 5) se rindió información sumaria de testigos el 2 de octubre de 2023, (folio 7). TERCERO: Que, consta que a folio 8 se cumplió lo ordenado en el artículo 2º, inciso 6º, de la Ley Nº 17.344, informando el Servicio de Registro Civil e Identificación mediante el oficio Nº 4746, que incluye extracto de filiación y antecedentes de doña Julia Caroline Riquelme Rojas; consta a folio 12, oficio N°2154 de Carabineros de Chile, que informa que la solicitante no registra antecedentes penales y no mantiene orden de detención vigente; consta que a 1 Código: XQSJXJDCEEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl folio 15 se certificó la publicación exigida en la Ley Nº 17.344, la que fue efectuada el 16 de octubre de 2023 (folio 11); consta a folio 17, ORD.: N°154, de la Policía de Investigaciones de Chile que informa que la solicitante no registra antecedentes policiales de detención ni encargos judiciales vigentes; y, consta a folio 20 oficio N°474/2023 de la Fiscalía Regional de Tarapacá que informa que la solicitante no registra formalizaciones, órdenes de detención, condenas, ni medidas cautelares vigentes. CUARTO: Que, en lo tocante a la causal de la letra a) del artículo 1° de la Ley N° 17.344, esto es, “a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente;” del estudio del expediente se colige que la solicitante no ha acreditado en estos autos sufrir un efectivo menoscabo moral a causa de llevar como nombres JULIA CAROLINE, ni el apellido RIQUELME. Oportuno parece señalar que el menoscabo moral invocado en estos autos por la solicitante, es una cuestión que versa sobre la psicología de ésta, por lo que requiere ser acreditado mediante dictámenes fundados de algún facultativo médico o psicológico que cuente con conocimiento en dicha ciencia. En este sentido, no constan antecedentes en estos autos que permitan acreditar el menoscabo moral alegado por

Fallo

SE DECLARA: Que, SE ACOGE la solicitud de folio 1, autorizándose a la solicitante a eliminar su primer nombre JULIA; a cambiar su segundo nombre por CAROLINA, quedando este como su nombre y a modificar su primer apellido por PIZARRO; en consecuencia, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, rectificar la inscripción de nacimiento Nº 615 del Registro del año 1979, de la oficina del Registro Civil e Identificación de Talcahuano, en el sentido de suprimir su primer nombre JULIA; modificar su segundo nombre por CAROLINA; y de cambiar el apellido paterno por PIZARRO, debiendo la solicitante ser identificada en definitiva como CAROLINA PIZARRO ROJAS. Regístrese, otórguese copia autorizada, archívese en su oportunidad. 3 Código: XQSJXJDCEEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol Nº 155-2023 Dictada por don HÉCTOR ANDRÉS KOMPATZKI DELARZE, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Iquique. Iquique, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés, notifiqué por estado diario la sentencia que antecede. 4 Código: XQSJXJDCEEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-17T11:28:22-0300

Texto Completo (Preview)

PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece doña JULIA CAROLINE RIQUELME ROJAS, empresaria, domiciliada en calle Bolívar N°354, oficina 504, de la ciudad de Iquique; quien solicita autorización para suprimir su primer nombre JULIA; y cambiarlo por su nombre CAROLINE por CAROLINA; y modificar su a

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