NÚÑEZ/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPU
Rol
C-5318-2023
Fecha
16 de noviembre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 27 de marzo de 2023, comparece don RUB N ARTUROÉ N EZ AVIL S,ÚÑ É trabajador Independiente, c dula nacional de identidad Né ° 13.894.681-9 con domicilio en Avenida Sim n Bol var 3838, Villa Lo Err zuriz, comunaó í á de Maip , Regi n Metropolitana, ú ó quien interpone demanda de prescripci n extintiva deó la acci n de cobro en contra de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, representada legalmente por su alcalde Tom s Vodanovic Escuderoá , ambos con domicilio en Avda. Cinco de abril 260, Maip .ú Expone que es due o del inmueble ubicado en ñ pasaje Avenida Sim n Bol varó í 3838, Villa Lo Err zuriz, comuna de Maip , á ú y alega que se encontrar an prescritas lasí acciones respecto de los derechos de aseo del per odo comprendido entre el 31 de mayoí de 1997 al 30 de noviembre de 2017, ambos inclusive. Termina solicitando, previas citas de los art culos 2493, 2514 y 2515 todos delí C digo Civil, que se declare la prescripci n extintiva de las acciones de cobro deó ó derechos de aseo municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses y eventualesá multas respecto de la propiedad ubicada en pasaje Avenida Sim n Bol var 3838, Villaó í Lo Err zuriz, comuna de Maip ,á ú correspondiente al periodo comprendido entre el 31 de mayo de 1997 al 30 de noviembre de 2017, Con fecha 16 de junio de 2023, se notifica la demanda y su prove do. í Con fecha 3 de noviembre de 2023, se llev a efecto la audiencia de estilo conó asistencia de los apoderados de ambas partes, oportunidad en que se ratifica la demanda y se evacua el tr mite de contestaci n, esto ltimo, a trav s de minuta escrita que correá ó ú é en folio 10 y que se ratifica, por lo que se tiene a la demandada por allanada a la prescripci n extintiva del cobro de los derechos de aseo domiciliario cuyos vencimientosó acaecieron en el per odo comprendido entre el 31 de mayo de 1997 al el 30 deí noviembre 2017, ambas inclusive. Se prescinde del tr mite de contestaci n y, porá ó resoluci n de la misma fecha,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don RUB N ARTURO N EZ AVIL S,É ÚÑ É demanda en juicio ordinario a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIP ,Ú representada por su alcalde Tom s Vodanovic Escuderoá , a fin que se declare la prescripci n extintiva de lasó acciones de cobro de los derechos de aseo municipal que recaen sobre el inmueble de su propiedad, ubicado en Avenida Sim n Bol var 3838, Villa Lo Err zuriz, comuna deó í á Maip , Regi n Metropolitana,ú ó por el per odo comprendido entre el í 31 de mayo de 1997 al 30 de noviembre de 2017, ambos inclusive. Código: DEMNXJXXQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5318-2023 SEGUNDO: Que, notificada legalmente, la demandada se allana a la pretensi nó del actor por los periodos antes indicados. TERCERO: Que, la parte demandante acompa en autos en forma legal, sinñó objeci n de la contraria, los siguientes documentos:ó .- Copia del certificado de dominio vigente inscrito a fojas 48833 n mero 32554,ú del Registro de Propiedad del a o 1990 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.ñ í - Informe de Deuda Derechos de Aseo. - Certificado de Aval o Fiscal.ú - Certificado de Residencia. La documental en cuesti n resulta suficiente para acreditar la legitimaci n activa,ó ó pues conforme a lo sostenido reiteradamente por nuestra Excma. Corte Suprema en relaci n con los derechos de aseo (v.g. Rol N 3.671-2019), el art culo 7 de la Ley deó ° í º Rentas Municipales precept a que: Las municipalidades cobrar n un derecho trimestralú “ á por el servicio domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosko y sitio eriazo... , y a ade que, conforme a lo establecido por el art culo 9” ñ í º del mismo cuerpo legal, el citado derecho, ser pagado por el due o o por el ocupanteá ñ de la propiedad. Por su parte, la existencia de la deuda se prob con el documento denominadoó Estado de Cuenta de Aseo Domiciliario , emitido por la Ilustre Municipalidad de“ ” Maip .ú CUARTO: Que, el cobro por concepto de extracci n de residuos s lidosó ó domiciliarios por parte de las Municipalidades, tambi n denominados derechos de aseo,é encuentra justificaci n en las disposiciones contenidas en los art culos 6 a 9 del Decretoó í Ley N 3063 sobre Ley de Rentas Municipales.° Por su parte, el art culo 40 del citado cuerpo legal define los llamados derechosí “ municipales como aquellas prestaciones que est n obligadas a pagar a las” á municipalidades, las personas naturales o jur dicas de derecho p blico o de derechoí ú privado, que obtengan de la administraci n local una concesi n o permiso o que recibanó ó un servicio de las mismas, salvo exenci n contemplada en un texto legal expreso. Para eló caso en comento, la exenci n se encuentra establecida en su art culo 7 inciso 4 de laó í ° mencionada normativa, eximiendo aquellas propiedades cuyo aval o fiscal sea igual oú inferior a las 225 Unidades Tributarias Mensuales. QUINTO: Que, el cuerpo legal que reg
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 700, 1698, 1699, 1700, 1702, 2514 y 2515 del C digo Civil; disposicionesí ó pertinentes del Decreto Ley N 3063 sobre Rentas Municipales; y los art culos 144, 160,° í 169, 170, 254. 313 y 342 del C digo de Procedimiento Civil, SE DECLARA:ó Código: DEMNXJXXQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5318-2023 I.- Que, se acoge la acci n deducida con fecha 27 de marzo de 2023 por donó RUB N ARTURO N EZ AVIL SÉ ÚÑ É , en consecuencia, se declara la prescripci n deó la deuda y de las acciones de cobro que a la Municipalidad de Maip correspond anú í para exigir el pago de los derechos de aseo domiciliario respecto de la propiedad ubicada en Avenida Sim n Bol var 3838, Villa Lo Err zuriz, comuna de Maip , Regi nó í á ú ó Metropolitana, devengados durante el per odo comprendido por las cuotas coní vencimiento entre el 31 de mayo de 1997 al 30 de noviembre de 2017, ambas inclusive, con sus respectivos reajustes y multas, por haber transcurrido el plazo de 5 a os contemplado en el art culo 2515 del C digo Civil.ñ í ó II.- Que no se condena en costas al demandado Municipio, por haber mediado su total allanamiento a la pretensi n del actor.ó REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE, Y EN SU OPORTUNIDAD, ARCHÍVESE. ROL C-5318-2023. DICTADA POR MANUEL FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo di
Texto Completo (Preview)
C-5318-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5318-2023 CARATULADO : N EZ/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPUÚÑ Santiago, diecis is de Noviembre de dos mil veintitr s.é é VISTOS: Con fecha 27 de marzo de 2023, comparece don RUB N ARTUROÉ N EZ AVIL S,ÚÑ É trabajador Independiente, c dula nacional de identidad Né ° 13.894.681-9 con domicilio en Avenida Sim n B
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica