2º Juzgado de Letras de Punta Arenas

PARRA/

Rol

V-39-2023

Fecha

16 de noviembre de 2023

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, en el folio 1, don Luis Miguel Ojeda Ag ero, abogado, patente al d a, conü í domicilio calle presidente Err zuriz N 840, piso 2, oficina 2, de la comuna y ciudad deá ° Punta Arenas, en representaci n, seg n se acreditar , de don Carlos Rub n Parra Soto,ó ú á é empleado, con domicilio en calle Argentina cero treinta, de la ciudad de Punta Arenas viene en solicitar tenga a bien otorgar autorizaci n para proceder a la liquidaci n de losó ó bienes que forman la comunidad hereditaria, respecto de su hija menor de edad Francisca Isadora Parra Garay, en adelante tambi n la menor, nacida el d a 10 deé í noviembre de 2007, estudiante, c dula nacional de identidad N 22.545.775-1.é ° Se ala que atendido los documentos que se acompa an su mandante es padre yñ ñ representante legal de la menor Francisca Isadora Parra Garay, del mismo domicilio que su padre. Consta igualmente de la documentaci n que se acompa a que su madre eraó ñ do a Patricia Flor del Carmen Garay Contreras, fallecida el 22 de enero de 2016.ñ Agrega que debido al fallecimiento de do a Patricia Flor del Carmen Garayñ Contreras, el cuidado personal y representaci n legal de la menor Francisca Isadoraó Parra Garay, recae en su padre don Carlos Rub n Parra Soto.é Indica que atendido el fallecimiento de la madre de la menor de edad, se procedi a la tramitaci n de la posesi n efectiva de la herencia quedada a suó ó ó fallecimiento, la cual fue concedida mediante resoluci n exenta N 1146 de fecha 26 deó ° abril de 2022 del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificaci n de estaó ciudad. Manifiesta que conforme al fallecimiento de su madre, la menor Francisca Isadora Parra Garay y, mediante el derecho de representaci n, se instituy comoó ó heredera de su abuela materna do a Ninfa Oriana Contreras Ruiz, fallecida el 26 deñ diciembre de 2021, cuya posesi n efectiva de la herencia quedada a su fallecimiento, fueó concedida mediante resoluci n exenta N 358 de fecha 3 de febrero de 2022 del D

Fundamentos

CONSIDERANDO: - Que, el solicitante, en representaci n de su hija menor de edad, Franciscaó Isadora Parra Garay, pide autorizaci n para la liquidaci n de bienes correspondientes aó ó una comunidad hereditaria respecto de la cual su hija forma parte por tener acciones y derechos respecto de los bienes que la conforman. - Que el art culo 254 del C digo Civil se ala que: No se podr n enajenar nií ó ñ “ á gravar en caso alguno los bienes ra ces del hijo, aun pertenecientes a su peculioí profesional o industrial, ni sus derechos hereditarios, sin autorizaci n del juez conó conocimiento de causa .” - Que, a su vez, el art culo 8 de la Ley N 19.968, que crea los tribunales deí ° ° familia, respecto de su competencia, dispone que corresponder a los juzgados de“ á familia conocer y resolver las siguientes materias: 3) Las causas relativas al ejercicio, suspensi n o p rdida de la patria potestad; a laó é emancipaci n y a las autorizaciones a que se refieren los P rrafos 2 y 3 del T tulo Xó á º º í del Libro I del C digo Civil; ó ” - Que, entonces, existiendo norma expresa en cuanto a la competencia de los tribunales de familia para conocer de las solicitudes de autorizaciones de enajenaci n deó bienes o derechos hereditarios de los hijos, se rechazar la solicitud.á Código: ERXLXJXXJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fallo

Por tanto, seg n lo expuesto y en conformidad a lo prescrito en el art culo 254ú í del C digo Civil y art culo 891 del C digo de Procedimiento Civil, solicita tenga a bienó í ó otorgar autorizaci n para proceder a la liquidaci n de los bienes que forman laó ó comunidad hereditario indicada, en los t rminos expresados, disponiendo que laé autorizaci n se inserte en la correspondiente escritura p blica de enajenaci n, con lasó ú ó dem s declaraciones o exigencias que se estime con el fin de cautelar debidamente losá derechos e intereses del menor. Código: ERXLXJXXJXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que, en el folio 1 y folio 6, acompa : 1.- Certificado de nacimiento de la menorñó Francisca Isadora Parra Garay con subinscripciones, 2.- Copia simple de duplicado de certificado de posesi n efectiva de la causante Patricia Flor del Carmen Garayó Contreras, 3.- Copia simple inscripciones especiales de herencia del inmueble ubicado en calle Almirante Se oret sin n mero, de la ciudad de Punta Arenas que corresponde alñ ú sitio A del plano que se encuentra archivado al final del Registro de Propiedad del a oñ 1984. A nombre de los herederos Francisca Isadora Parra Garay y Tito Garay Contreras, 4.- Copia simple de inscripciones especiales de herencia del inmueble ubicado en calle Patagona n mero 1898, de la ciudad de Punta Arenas. A nombre de losú herederos Francisca Isadora Parra Garay y Tito Garay Contreras, 5.- Ce

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : V-39-2023 CARATULADO : PARRA/ Punta Arenas, diecis is de noviembre de dos mil veintitr s.é é VISTOS: Que, en el folio 1, don Luis Miguel Ojeda Ag ero, abogado, patente al d a, conü í domicilio calle presidente Err zuriz N 840, piso 2, oficina 2, de la comuna y ciudad deá ° Punta Arenas, en representaci n, se

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica