TRIVENTO SPA/
Rol
V-54-2022
Fecha
15 de noviembre de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 01 de junio de 2022 en folio 1, comparece don SEBASTIAN HUIDOBRO CARRERE, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº13.905.291-9, en representación de “TRIVENTO SPA”, empresa de giro de asesorías e inversiones financieras, Rut: 76.594.778-2, ambos domiciliados en calle Doctor Manuel Barros Borgoño, N°71, oficina 1702, comuna de Providencia, Santiago, quien expone lo siguiente: Señala que desea constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 200 hectáreas. Su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Paine, provincia Maipo, de la Región Metropolitana y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes Norte 6.251.200,00 metros y Este 348.400,00 metros, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Indica que, para los efectos de constituir la correspondiente concesión de exploración, presenta pedimento, solicitando que se otorgue a su representada una concesión minera de exploración que se denominará “GUARAIBO 1A”. Agrega que, el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 2.000 metros. En mérito de lo expuesto y citas legales que enuncia, solicita tener por presentado pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración de su representada, denominada “GUARAIBO 1A”. Código: DHRDXJVJEYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Con fecha 26 de agosto de 2022 en folio 4, se ac
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, no existen ilegalidades o faltas sobre las que este tribunal deba pronunciarse. SEGUNDO: Que, no se ha incurrido en vicios procesales que valorar en el procedimiento, ni de caducidad que lo anulen. TERCERO: Que el presente Pedimento Minero fue presentado ante este Tribunal el día 01 de junio de 2022, a las 19:27:41 horas, conforme al certificado ingreso de solicitud que consta en folio 2. CUARTO: Que, se ha cumplido en debida forma y dentro de los plazos legales, todos y cada uno de los trámites, diligencias o actuaciones que el Código de Minería prescribe en los párrafos primero, tercero y cuarto de su Título Quinto, para los efectos de constituir una concesión de exploración.
Fallo
En mérito de lo expuesto y citas legales que enuncia, solicita tener por presentado pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración de su representada, denominada “GUARAIBO 1A”. Código: DHRDXJVJEYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Con fecha 26 de agosto de 2022 en folio 4, se acompañó comprobante de pago de tasa de pedimento y patente concesión exploración. Además, la publicación efectuada el día jueves 23 de junio de 2022 en el Diario Oficial, mediante ejemplar N°43.285 del Boletín Oficial de Minería de Santiago. Asimismo, consta que se inscribió el Pedimento Minero con fecha 09 de junio de 2022, en repertorio 019, a fojas 063 Vta., número 014 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas Buin y el plano, en original y dos copias, que señala la configuración de la concesión de exploración de autos. La relación entre el vértice V1 y el Punto Medio en rumbo U.T.M. es de S- 70,4833 grados – E centesimales, azimut U.T.M. 129,5167 grados centesimales y la distancia U.T.M. es de 1118,034 metros. El perímetro solicitado del terreno pedido según plano adjunto, queda definido de la siguiente forma: a partir del vértice V1 con un azimut U.T.M. de 100,0000 grados y a una distancia U.T.M. de 2.000,00
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Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : V-54-2022 CARATULADO : TRIVENTO SPA/ Buin, quince de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 01 de junio de 2022 en folio 1, comparece don SEBASTIAN HUIDOBRO CARRERE, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº13.905.291-9, en representación de “TRIVENTO SPA”, empresa
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