COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA/
Rol
V-1042-2023
Fecha
17 de noviembre de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Gustavo Pezoa Rosales, ingeniero geomensor, chileno, casado, cédula nacional de identidad N° 9.619.934-1, en representación de COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA, sociedad contractual minera de nacionalidad chilena, del giro de su denominación, Rut N° 76.038.806-8, ambos domiciliados para estos efectos en Los Carrera N° 6651, Copiapó, solicitó con fecha 22 de mayo de 2023 la concesión de exploración denominada “MARICUNGA 29C”, sobre una superficie de 300 hectáreas, cuyo punto medio se sitúa en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, Región de Atacama. SEGUNDO: Que tal pedimento se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, con fecha 2 de junio de 2023 a Fojas 2.439 N° 1.544 y se publicó el día 19 de junio de 2023, en el Boletín Oficial de Minería N° 43.581. TERCERO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido Norte-Sur, por 1.000 metros Este-Oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas UTM: V1 6.947.834,00 metros Norte 479.900,00 metros Este V2 6.947.834,00 metros Norte 480.900,00 metros Este V3 6.944.834,00 metros Norte 480.900,00 metros Este V4 6.944.834,00 metros Norte 479.900,00 metros Este Y correspondiendo su punto medio a la intersección de la coordenada 6.946.334,00 metros Norte con la abscisa 480.400,00 metros Este. CUARTO: Que a folio 10, rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, quien mediante ordinario N° 5169 de fecha 11 de octubre de 2023, informó que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y que esta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto además con los artículos 1, 22, 34 y siguientes y 87 del Código de Minería, resuelvo: Declárese constituida la concesión de exploración “MARICUNGA 29C”, Rol Nacional N° 03203-H732-8, en favor de COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA, ya individualizada; y apruébese su plano. Código: XDXMXJQVKVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl V-1042-2023 Publíquese esta sentencia y al efecto dese extracto. Inscríbase. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Patricio Eduardo Vergara Mora, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó. En Copiapó a diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede.- avt Código: XDXMXJQVKVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-17T11:04:23-0300
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V-1042-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-1042-2023 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA/ Copiapó, diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Gustavo Pezoa Rosales, ingeniero geomensor, chileno, casado, cédula nacional de identidad N° 9.619.934-1, en representación de COMPAÑÍA MINERA MARICU
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