Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

COMPLEJO TURISTICO LAGUNA DEL MART/DIRECCIÓN DEL TRABAJO

Rol

I-59-2023

Fecha

29 de febrero de 2024

Materia

Otros Reclamos, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

vistos lo dispuesto, en los artículos 1, 3, 5, 7, 184, 456, 453, 454, 456, 503, 506, 511 y 512 Código del Trabajo y normas pertinentes del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, SE DECLARA: I.- Que se acoge el reclamo presentado por GESTIÓN Y DESARROLLO INMOBILIARIO ADMINISTRARS LIMITADA, en representación de COMPLEJO TURÍSTICO LAGUNA DEL MAR – LA SERENA, en contra de la Inspección del Trabajo de La Serena, solo en cuanto, se deja sin efecto la resolución exenta 171 de 07 de agosto de 2023, en el apartado que decidió confirmar la sanción contenida en la Resolución Multa 8379/23/8 numeral 6°, determinando que habiendo existido una corrección íntegra del hecho sancionado, se rebaja la multa impuesta en la resolución referida a 2 UTM, rechazándose el reclamo formulado en el resto de lo solicitado. II.- Que atento lo resuelto cada parte deberá hacer pago de sus propias costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. DICTADA POR DON RODRIGO DIAZ FIGUEROA, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.

Fallo

Por estas consideraciones y vistos lo dispuesto, en los artículos 1, 3, 5, 7, 184, 456, 453, 454, 456, 503, 506, 511 y 512 Código del Trabajo y normas pertinentes del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, SE DECLARA: I.- Que se acoge el reclamo presentado por GESTIÓN Y DESARROLLO INMOBILIARIO ADMINISTRARS LIMITADA, en representación de COMPLEJO TURÍSTICO LAGUNA DEL MAR – LA SERENA, en contra de la Inspección del Trabajo de La Serena, solo en cuanto, se deja sin efecto la resolución exenta 171 de 07 de agosto de 2023, en el apartado que decidió confirmar la sanción contenida en la Resolución Multa 8379/23/8 numeral 6°, determinando que habiendo existido una corrección íntegra del hecho sancionado, se rebaja la multa impuesta en la resolución referida a 2 UTM, rechazándose el reclamo formulado en el resto de lo solicitado. II.- Que atento lo resuelto cada parte deberá hacer pago de sus propias costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. DICTADA POR DON RODRIGO DIAZ FIGUEROA, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO RECLAMACION DE MULTAS Y DEMAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS FECHA 29 DE FEBRERO DE 2024 RUC 23-4-0509464-9 RIT I-59-2023 MAGISTRADA RODRIGO PATRICIO DÍAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVA DE ACTAS BEATRIZ ASTUDILLO SIERRA SALA 2 HORA DE INICIO 12:00 HORA DE TERMINO 13:42 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340509464-9-1337 PARTE DEMANDANTE COMPLEJO TURISTICO LA

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica