IZQUIERDO ARTIGA JOSE ALBERTO
Rol
V-29-2023
Fecha
16 de noviembre de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1º.-Que el 22 de enero de 2023 folio 1 compareció José Alberto Izquierdo Artigas, chileno, geólogo, c.i.4.101.126-2, casado, domiciliado en calle El Vergel 2905, departamento 702, comuna de Providencia, Santiago, quien señaló: Que desea constituir una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, en terrenos abiertos sin cultivos ubicados en la Comuna de La Higuera, provincia del Elqui, Cuarta Región de Coquimbo, por lo que presenta un pedimento minero que denominaré CERROS COLORADOS 6. Las coordenadas UTM del Punto Medio son las siguientes 6.728.500,00 metros Norte y 319.000,00 metros Este y referidas al Datum Provisorio La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia de 1924 Huso 19. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal cuyas diagonales se cortan en el Punto Medio ya indicado. Los lados de este rectángulo medirán en la dirección Norte-Sur UTM 3.000 metros y Este-Oeste UTM 1.000 metros, encerrando una superficie de 300 hectáreas. Por tanto de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, solicita tener por presentado este pedimento minero. 2º.- Que el 31 de enero de 2023, se inscribió el pedimento, a fojas 177 Nº77 del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Serena, correspondiente al año 2023. 3º.- Que el 14 de febrero de 2023, se publicó el pedimento así inscrito, en el Boletín Oficial de Minería, Provincia de Elqui, según consta en el ejemplar Nº43.477, sección VII CVE 2270754. 4º.- Que con fecha, 21 de abril de 2023, folio 4, se solicitó por el peticionario, se dictara sentencia constitutiva, señalando que las coordenadas UTM, de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión minera de exploración son las siguientes. Norte Este Código: XQNEXJRSGNN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 P.M. 6.728.500,00 319.000,00 V 1
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que del estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Minería. SEGUNDO: Que de igual modo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales, adjetivos, que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la Ley minera, tanto en tiempo como en forma. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 2º, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería ; Artículos 1º, 2º, 42 y 43 de su Reglamento ; y la Ley Orgánica Constitucional sobre concesiones mineras,
Fallo
Por tanto de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, solicita tener por presentado este pedimento minero. 2º.- Que el 31 de enero de 2023, se inscribió el pedimento, a fojas 177 Nº77 del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de La Serena, correspondiente al año 2023. 3º.- Que el 14 de febrero de 2023, se publicó el pedimento así inscrito, en el Boletín Oficial de Minería, Provincia de Elqui, según consta en el ejemplar Nº43.477, sección VII CVE 2270754. 4º.- Que con fecha, 21 de abril de 2023, folio 4, se solicitó por el peticionario, se dictara sentencia constitutiva, señalando que las coordenadas UTM, de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión minera de exploración son las siguientes. Norte Este Código: XQNEXJRSGNN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 P.M. 6.728.500,00 319.000,00 V 1 6.730.000,00 318.500,00 V 2 6.730.000,00 319.500,00 V 3 6.727.000,00 319.500,00 V 4 6.727.000,00 318.500,00 5º.- Que mediante ordinario Nº2007-2023, de 03 de julio de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano del referido a la concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. En efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superior del pedimento se ajustan a la Ley, y la cara superficial de la concesión solicitada está co
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de la Serena CAUSA ROL : V-29-2023 CARATULADO : IZQUIERDO ARTIGA JOSE ALBERTO La Serena, dieciséis de Noviembre de dos mil veintitrés Vistos: 1º.-Que el 22 de enero de 2023 folio 1 compareció José Alberto Izquierdo Artigas, chileno, geólogo, c.i.4.101.126-2, casado, domiciliado en calle El Vergel 2905, dep
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