CHAVARRÍA/HIGH SECURITY Y CIA LTDA
Rol
M-5207-2023
Fecha
29 de febrero de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: a) Existencia de una relación laboral entre las partes fecha de inicio. b) Si la demandada puso fin a la relación laboral con fecha 20 de septiembre del 2023 por necesidades de la empresa. Si comunicó mediante carta aviso de despido fecha de aquello. c) Contenido de la carta aviso de despido. d) Concurrencia de los hechos invocados en ella. e) Si la demandada pago la cotización de seguridad social de septiembre del 2023 f) Valor de la última remuneración SEXTO: Que la parte demandada a fin de acreditar sus dichos incorporó en la audiencia los siguientes documentos no objetados de contrario consistentes en: 1.- Contrato de trabajo de fecha 16 de agosto del 2022.- 2.- Certificado de cotizaciones previsionales en AFP CAPITAL. 3.-Certificado de cotizaciones de salud FONASA. 4.- Certificado seguro de cesantía AFC CHILE S.A. 5.- Finiquito de fecha 26 de septiembre del 2023 6.- Liquidación de remuneración de mes de mayo del 2023 7.- Comprobante de Ingreso de Reclamo Nº 1305/2023/718de fecha 20 de septiembre del 2023, ingresado ante la Inspección del Trabajo. 8.- Acta de Comparendo de Conciliación efectuado ante el Centro de Conciliación y Mediación de la Inspección del Trabajo de fecha 16 de noviembre del 2023. SEPTIMO: Que la parte demandante no rindió ningún medio de prueba que deba ser ponderado por el tribunal. OCTAVO: Que los puntos a discernir en esta contienda radican en determinar en primer lugar, la existencia de una relación laboral entre las partes, luego la fecha y forma de termino de los servicios, como si concurren los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció al juicio MARIO CHAVARRIA BALBOA, domiciliado en Pasaje Quilan N°3543, dpto 34, comuna de Puente Alto quien interpone demanda en juicio laboral por despido injustificado en contra de HIGH SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA, representado legalmente por Rodrigo Ponce Tourrel, ambos domiciliados en Domingo Faustino Sarmiento N° 378, comuna de Ñuñoa, a fin de que se declare que su despido es improcedente y que se le deben pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo, recargo y cotización de seguridad social de septiembre de 2023, con reajuste, intereses y costas. Señala que ingresó a prestar servicios para la demandada con fecha 16 de agosto de 2022, desempeñándose como guardia de seguridad para la Ilustre Municipalidad de Santiago, percibiendo una remuneración de $739.600. Añade que con fecha 20 de septiembre de 2023 fue despedido, por la causal del artículo 161, inciso primero del Código del Trabajo, esto es necesidades de la empresa, sin darle preaviso de su despido con 30 días de antelación de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 162 del citado Código. Añade que en forma posterior suscribió un finiquito con su ex empleadora de fecha 26 de septiembre de 2023 en cual le cancelan feriado legal y proporcional y los años de servicios. Agrega que se le debe la cotización de seguridad social de septiembre de 2023. SEGUNDO: Que la demandada no compareció a estrados estando debidamente notificada. TERCERO: Que se procedió a llamar a las partes a conciliación, la que no prosperó, se recibió la causa a prueba en forma inmediata y recibiéndose la prueba que obra en la presente causa, la cual se encuentra registrado íntegramente en el sistema de audio de este tribunal. CUARTO: Que se dio por frustrado el llamado a conciliación atendida la rebeldía de la demandada. QUINTO: Que el tribunal estableció como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: a) Existencia de una relación laboral entre las partes fecha de inicio. b) Si la demandada puso fin a la relación laboral con fecha 20 de septiembre del 2023 por necesidades de la empresa. Si comunicó mediante carta aviso de despido fecha de aquello. c) Contenido de la carta aviso de despido. d) Concurrencia de los hechos invocados en ella. e) Si la demandada pago la cotización de seguridad social de septiembre del 2023 f) Valor de la última remuneración SEXTO: Que la parte demandada a fin de acreditar sus dichos incorporó en la audiencia los siguientes documentos no objetados de contrario consistentes en: 1.- Contrato de trabajo de fecha 16 de agosto del 2022.- 2.- Certificado de cotizaciones previsionales en AFP CAPITAL. 3.-Certificado de cotizaciones de salud FONASA. 4.- Certificado seguro de cesantía AFC CHILE S.A. 5.- Finiquito de fecha 26 de septiembre del 2023 6.- Liquidación de remuneración de mes de mayo del 2023 7.- Comprobante de Ingreso de Reclamo Nº 1305/2023/718de fecha 20 de septiembre del 2023, ingresado ante la Ins
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta MARIO CHAVARRIA BALBOA en contra de HIGH SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA. y en consecuencia: a) se declara improcedente el despido que fue objeto la actora. b) la demandada deberá pagar la suma de $684.600, por indemnización sustitutiva del aviso previo. c) la demanda deberá pagar la suma de $205.380 por concepto de recargo legal. d) la demandada deberá enterar las cotizaciones de seguridad social de septiembre de 2023. e) que las cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que de las sumas antes referidas deberá descontarse la cantidad de $684.600 a cuyo pago se obligó la demandada Ilustre Municipalidad de Santiago. III.- Que NO SE CONDENA en costas a la demandada por no haber sido totalmente vencida. Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas personalmente en esta audiencia. RIT: M-5207-2023 RUC: 23-4-0538080-3 Dictada por doña ANGELICA PEREZ CASTRO, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
RIT N° : M-5207-2023 RUC N° : 23-4-0538080-3 MATERIA : DESPIDO IMPROCEDENTE DEMANDANTE : MARIO CHAVARRIA BALBOA DEMANDADO : HIGH SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA. ******************************************************************** Santiago, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció al juicio MARIO CHAVARRIA BALBOA, domiciliado en Pasaje Qui
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