MOLINA/
Rol
V-93-2023
Fecha
14 de noviembre de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto por la Ley Nº 17.344 y Decreto con Fuerza de Ley Nº 2.128; SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de folio 1, y por ende SE AUTORIZA el reemplazo del apellido paterno de la solicitante, que actualmente es “Molina” por el de “RÍOS”, cambiando en consecuencia el nombre de Fernanda Antonia Molina Romero por el de “FERNANDA ANTONIA RÍOS ROMERO”. II.- Que, SE ORDENA rectificar la partida de nacimiento la solicitante individualizada, R.U.N. Nº 20.520.753-8, inscripción de nacimiento Nº 130, del Registro de Nacimientos del año 2001 de la Circunscripción de Linares, quedando en definitiva su nombre como FERNANDA ANTONIA RÍOS ROMERO. III.- CÚMPLASE lo ordenado precedentemente, por el Oficial Civil que resulte competente, en los términos dispuestos en el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, notifíquese a la solicitante por correo electrónico por intermedio de su Abogado, dese copia autorizada a la solicitante y en su oportunidad, archívese. ROL V-93-2023 Dictada por doña MARÍA CAROLINA ALIAGA NAVARRO, Jueza Titular, Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, a catorce de noviembre de dos mil veintitrés, notifiqué por correo electrónico la resolución precedente. Código: YWNCXJFXVXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-14T12:20:51-0300
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece doña FERNANDA ANTONIA MOLINA ROMERO, Técnico en Párvulos, domiciliada en Quinta Gaete, block 1310, departamento 401, Constitución; solicitando el cambio de su primer apellido “Molina” por el de “Ríos”, en atención a que ha sido conocida por más de cinco años por dicho apellido como se acreditará. Indica que, dicho cambio obedece a que nunca mantuvo contacto con su padre y que desde que tuvo conciencia suficiente solo utilizó el apellido “Ríos” que era el apellido de su padrastro. Concluye, previas citas legales, solicitando tener por presentada solicitud de cambio de apellido paterno “Molina” por el de “Ríos”, y acogerla, quedando en definitiva como Fernanda Antonia Ríos Romero. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar su pretensión, a folio 1 la solicitante acompañó certificado de nacimiento a su nombre, extendido por el Registro Civil e Identificación, en el que consta su identidad nominativa. Por otra parte, a folio 5 se rindió información sumaria de testigos, constando en el acta respectiva las declaraciones de doña Paola Ernestina Aravena Zúñiga y doña María Fernanda Poblete Arias, quienes previa individualización y juramento, expresaron conocer a la solicitante desde que doña Fernanda tenía siete años y desde hace más de veinte años, respectivamente. Dando razón de ello y de un modo conteste manifestaron que desde el tiempo que lo conocen, Fernanda ha sido conocida con el apellido paterno “Ríos”, por sus familiares, amigos y conocidos. Lo que les consta a ambas testigos de manera personal por ser conocidas de la solicitante de autos, y mantener contacto con ella y su familia. Luego, a folio 8 rola certificación de publicación del extracto de la petición de autos, efectuada el 01 de agosto de 2023, en la Edición Nº 43.616 del Diario Oficial de la República de Chile. A folio 14, corre informe del Registro Civil e Identificación, señalando que consta en sus registros la inscripción de nacimiento N° 130, del año 2001, de la circunscripción de Linares, siendo titular de ella doña Fernanda Antonia Molina Romero, nacida el 10 de enero de 2001, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Iván Javier Molina Acevedo, y en el correspondiente a la madre a doña Magaly del Pilar Romero Alarcón. NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : Juzgado de Letras de Constitución. JUEZA : María Carolina Aliaga Navarro. CAUSA : ROL V-93-2023 CARATULADO : “MOLINA’’ SOLICITANTE : FERNANDA ANTONIA MOLINA ROMERO R.U.T. : 20.520.753-8 MATERIA : Cambio de nombre (A23A). PROCEDIMIENTO : Voluntario FECHA INGRESO : 05 de junio de 2023 Código: YWNCXJFXVXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indica además que, en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de la revisión de la misma en la base de datos computacional del Servicio, consta subinscripción que determina filiación por sentencia de fecha 28 de octubre de 2004 del Juzgado de Letras de P
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por la Ley Nº 17.344 y Decreto con Fuerza de Ley Nº 2.128; SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de folio 1, y por ende SE AUTORIZA el reemplazo del apellido paterno de la solicitante, que actualmente es “Molina” por el de “RÍOS”, cambiando en consecuencia el nombre de Fernanda Antonia Molina Romero por el de “FERNANDA ANTONIA RÍOS ROMERO”. II.- Que, SE ORDENA rectificar la partida de nacimiento la solicitante individualizada, R.U.N. Nº 20.520.753-8, inscripción de nacimiento Nº 130, del Registro de Nacimientos del año 2001 de la Circunscripción de Linares, quedando en definitiva su nombre como FERNANDA ANTONIA RÍOS ROMERO. III.- CÚMPLASE lo ordenado precedentemente, por el Oficial Civil que resulte competente, en los términos dispuestos en el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese, notifíquese a la solicitante por correo electrónico por intermedio de su Abogado, dese copia autorizada a la solicitante y en su oportunidad, archívese. ROL V-93-2023 Dictada por doña MARÍA CAROLINA ALIAGA NAVARRO, Jueza Titular, Juzgado de Letras de Constitución. Constitución, a catorce de noviembre de dos mil veintitrés, notifiqué por correo electrónico la resolución precedente. Código: YWNCXJFXVXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-14T12:20:51-0300
Texto Completo (Preview)
Foja dieciséis. 16. Constitución, catorce de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece doña FERNANDA ANTONIA MOLINA ROMERO, Técnico en Párvulos, domiciliada en Quinta Gaete, block 1310, departamento 401, Constitución; solicitando el cambio de su primer apellido “Molina” por el de “Ríos”, en atención a que ha sido conocida por más
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