CONSORCIO MERKEN SPA/INSPECCIÓN DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN REGIÓN METROPOLITANA ORIENTE DE LA DIREC
Rol
I-30-2023
Fecha
29 de febrero de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que, comparece doña Pamela Reyes Ramos, abogado, cédula nacional de identidad Nº 15.360.176-3, en representación judicial de CONSORCIO MERKEN SPA., domiciliada en Avenida Apoquindo N°3076, oficina 901, piso 9, comuna de Las Condes, quien interpone reclamo judicial contra de la Dirección Regional del Trabajo de Magallanes y Antártica Chilena y de don Carlo Gorziglia Sain, funcionario público, en su calidad de Director Regional, respecto de la Resolución de Multa Nro. 3993/23/1, de fecha 12 de mayo de 2023. Sostiene que Consorcio Merken Spa., no ha firmado ninguna notificación de inicio de fiscalización ni acta de notificación de requerimiento de documentación y citación, no constándonos que efectivamente se haya llevado a cabo una fiscalización, y que tomo conocimiento mediante la notificación de correo electrónico de fecha 2 de junio de 2023. Sostiene que CONSORCIO MERKEN SPA., se adjudicó el Programa de Alimentación Escolar y de Párvulos, y que en virtud de aquello se celebró un Contrato de Prestación de Servicios de Suministro de Raciones Alimenticias entre Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y CONSORCIO MERKEN SPA. Añade que CONSORCIO MERKEN SPA., contrato a una serie de personas, entre ellas las trabajadoras mencionadas en la resolución de multa administrativa, para desempeñarse en el cargo de “Manipuladora de Alimentos”, las cuales desempeñan sus funciones en establecimientos educacionales a lo largo del país. Destaca que Consorcio Merken Spa., no ha sido a la fecha notificado ni ha firmado ninguna notificación de inicio de fiscalización ni acta de notificación de requerimiento de documentación y citación, y que nadie en representación del empleador, fue notificado la supuesta fiscalización o ha sido requerido de alguna documentación, y que por ello la documentación no fue remitida. Añade que contando la empresa con correo registrado ante la Dirección del Trabajo, aquel no fue utilizado para el requerimiento de información. Expresa que al reque
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, la acción deducida por doña Pamela Reyes Ramos, en representación judicial de CONSORCIO MERKEN SPA., tuvo por objeto se deje sin efecto la resolución multa Nro. 3993/23/1, y en subsidio su rebaja en base a los fundamentos de hecho y de derecho referidos en la parte expositiva. SEGUNDO: Que, comparece don Alexis Fernando Barrientos Oyarzo, abogado por la Inspección Provincial del Trabajo de Punta Arenas, quien contesta el reclamo y solicita su rechazo, en mérito de las alegaciones y defensa señaladas precedentemente. TERCERO: Que, la parte reclamante incorporo prueba documental: 1) Resolución de Multa Nº 3993/23/1 de fecha 12 de mayo de 2023; 2) Correo electrónico enviado con fecha 02 de junio de 2023 a gestión.rrhh@delibest.cl bajo el asunto notifica resolución de multa Nº 3993/23/1; 3) Contrato de trabajo de doña Jael Pinuer Delgado fecha de 01 de abril de 2023; 4) Contrato de trabajo de doña Patricia Galindo Ferreira de fecha 01 de marzo de 2023; 5) Liquidaciones de remuneraciones de doña Jael Pinuer Delgado; 6) Liquidaciones de remuneraciones de doña Patricia Galindo Ferreira; 7) Certificados de transferencias emitidas por banco Santander donde constan las transferencias realizadas por Consorcio Merken SpA a doña Jael Pinuer Delgado; 8) Certificados de transferencias emitidas por banco Santander donde constan las transferencias realizadas por Consorcio Merken SpA a doña Patricia Galindo Ferreira; 9) Comprobante de entrega de información y capacitación respecto a la Obligación de informar los riesgos laborales (derecho a saber del Decreto Supremo Nº 40) de doña Jael Pinuer Delgado; 10) Comprobante de entrega de información y capacitación respecto a la Obligación de informar los riesgos laborales (derecho a saber del Decreto Supremo Nº 40) de doña Patricia Galindo Ferreira; 11) Comprobante de entrega de elementos de protección personal a doña Jael Pinuer Delgado; 12) Comprobante de entrega de elementos de protección personal a doña Patricia Galindo Ferreira; 13) Certificado de pagos de cotizaciones previsionales emitido por Previred respecto de doña Jael Pinuer Delgado; 14) Certificado de pagos de cotizaciones previsionales emitido por Previred respecto de doña Patricia Galindo Ferreira; 15) Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Consorcio Merken SPA.; 16) Manual de Procedimiento de Fiscalización de la Dirección del Trabajo. CUARTO: Que, la parte reclamada incorporo en audiencia prueba documental: 1) Activación de la fiscalización N° 1205/2023/2, de fecha 25/04/2023 junto a sus antecedentes; 2) Caratula de Informe de Fiscalización N° 1205/2023/2 de fecha 15/05/2023, al que se adjunta su respectivo Informe de Exposición; 3) Resolución de multa N° 3993/2023/1 del 12/05/2023; 4) Formulario FI-1 Notificación de inicio de la fiscalización de fecha 25/04/2023; 5) Formulario FI-4 Acta de requerimiento de documentación y citación, de fecha 25/04/2023; 6) Formulario FI-2, Antecedentes verificados en la Fiscaliza
Fallo
por tanto, no resulta procedente la rebaja. Solicita en definitiva, tener por contestado el reclamo y su rechazo en todas sus partes con expresa condenación en costas, con declaración que la Resolución de Multa Nro. 3993/23/1, de fecha 12 de mayo de 2023, se encuentra ajustada a derecho y a los procedimientos administrativos previstos por el Servicio, y que es válida. Que, con fecha 15 de septiembre de 2023, tuvo lugar audiencia de preparación de juicio oral, oportunidad que llamadas las partes a conciliación se tuvo por frustrado. En audiencia se establecieron como hechos conformes: Que la Inspección Provincial del Trabajo de Magallanes cursó multa Nro. 3993/23/1 a Consorcio Merken SpA. A su vez se fijaron como hechos a probar: Efectividad que el Servicio incurrió en error de hecho al imponer la sanción. Hechos y circunstancias que lo justifican. CONSIDERANDO PRIMERO: Que, la acción deducida por doña Pamela Reyes Ramos, en representación judicial de CONSORCIO MERKEN SPA., tuvo por objeto se deje sin efecto la resolución multa Nro. 3993/23/1, y en subsidio su rebaja en base a los fundamentos de hecho y de derecho referidos en la parte expositiva. SEGUNDO: Que, comparece don Alexis Fernando Barrientos Oyarzo, abogado por la Inspección Provincial del Trabajo de Punta Arenas, quien contesta el reclamo y solicita su rechazo, en mérito de las alegaciones y defensa señaladas precedentemente. TERCERO: Que, la parte reclamante incorporo prueba documental: 1) Resolución de Multa
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“CONSORCIO MERKEN SPA., contra INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE MAGALLANES” Punta Arenas, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Que, comparece doña Pamela Reyes Ramos, abogado, cédula nacional de identidad Nº 15.360.176-3, en representación judicial de CONSORCIO MERKEN SPA., domiciliada en Avenida Apoquindo N°3076, oficina 901, piso 9, comuna de Las Condes, quien interpone re
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