3º Juzgado Civil de Temuco

ALTAMIRANO/

Rol

V-118-2022

Fecha

13 de noviembre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 01, comparece do a ñ AYLINE TAISE BEL NÉ ALTAMIRANO REYES, chilena, soltera, estudiante de pregrado, C dulaé de Identidad N 21.326.194-0, domiciliada en el campamento ubicado en° Avenida Hu rfanos S/N, comuna de Temuco e indica que viene ené solicitar se autorice el cambio de su apellido ALTAMIRANO REYES por el de QUINCHAO REYES, en atenci n a los siguientes

Fundamentos

fundamentos deó hecho y derecho que pasa a exponer a continuaci n: LOS HECHOS: 1.ó Que consta en su certificado de nacimiento que acompa a en el primerñ otros de su presentaci n, que su nombre es AYLINE TAISE BEL Ní ó É ALTAMIRANO REYES, nacida el 19 de mayo de 2003, inscripci n Nó ° 1.515 de la circunscripci n de Presidente R os del a o 2003, de actuales 19ó í ñ a os de edad. 2. Que desde los 8 a os de edad ha sido criada por donñ ñ DAGOBERTO JOS QUINCHAO REUCA, quien se encuentra en unaÉ relaci n amorosa con su madre. Su padre biol gico la reconoci , sinó ó ó embargo, nunca ha estado presente de ninguna forma en mi vida y, jam sá ha pagado la pensi n de alimentos a pesar de decretarse judicialmente. Enó la actualidad tampoco tiene contacto con l, por ello desea llevar el apellidoé de su padrastro en primer lugar, y el segundo, conservar el de su madre, adem s ha sido reconocida como AYLINE TAISE BEL N QUINCHAOá É REYES, tanto por sus familiares, como por los vecinos, amigos, compa erosñ de curso, conocidos en general y siempre manifiesta que su apellido es QUINCHAO y no ALTAMIRANO. 3. Quienes la conocen, la identifican como AYLINE TAISE BEL N QUINCHAO REYES, y no comoÉ AYLINE TAISE BEL N ALTAMIRANO REYES, como figura en elÉ referido certificado de nacimiento. EL DERECHO: El art culo 1 de la Leyí ° Código: XPXXXJYSSVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N 17.344 que autoriza el cambio de nombres y apellidos establece que° Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya“ sido individualizada en su respectiva inscripci n de nacimiento. Sin perjuicioó de los casos en que las leyes autorizan la rectificaci n de inscripciones deló Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los originarios a consecuencia de una legitimaci n, legitimaci n adoptiva o adopci n,ó ó ó cualquiera persona podr solicitar por una sola vez, que se la autorice paraá cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: letra b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante m s de cinco“ á a os, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentesñ de los propios , por lo que solicita acceder a los solicitado y se oficie al” Servicio de Registro Civil e Identificaci n a fin de que informe, y, enó definitiva, declarar ha lugar a cambiar su nombre y apellido de AYLINE TAISE BEL N ALTAMIRANO REYES por el de AYLINE TAISEÉ BEL N QUINCHAO REYES, ordenando la anotaci n de la sentenciaÉ ó definitiva al margen de su partida de nacimiento. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la solicitante peticiona el cambio de su primer apellido ALTAMIRANO“ ” por el de QUINCHAO“ ”, por concurrir los requisitos legales para ello. SEGUNDO: Que conforme al claro tenor del art culo 1 de la Ley 17.344í sobre Cambio de Nombres y Apellidos que establece que: " cualquiera… persona podr solicitar, por una sola vez, que se le autorice para cambiará sus nombres o apellidos, o

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 1 y en consecuencia SE AUTORIZA EL CAMBIO DE NOMBRE de do añ AYLINE TAISE BEL N ALTAMIRANO REYESÉ , Cedula Nacional de Identidad N° 21.326.194-0, nacida el d a 19 de mayo de 2003, inscrito bajo el n meroí ú 1.515 del Registro de Nacimientos S del a o 2003, de la Circunscripci nñ ó Presidente R os, debiendo í EXTENDERSE una nueva Partida de Nacimiento de la solicitante, en que se cambie su primer apellido ALTAMIRANO“ ” por QUINCHAO , “ ” para quedar en definitiva como AYLINE TAISE BEL N QUINCHAO REYESÉ , sin que se altere de modo alguno la filiaci n que la solicitante tiene respecto de su padre donó Kenny Alexis Altamirano Godoy. An tese, notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad.-ó í í í Código: XPXXXJYSSVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol Nro.- V 118-2022.– Dictada por do a ñ MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADAÍ , Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, trece de noviembre de dos mil veintitr sé Código: XPXXXJYSSVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-13T15:20:23-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-118-2022 CARATULADO : ALTAMIRANO/ Temuco, trece de noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 01, comparece do a ñ AYLINE TAISE BEL NÉ ALTAMIRANO REYES, chilena, soltera, estudiante de pregrado, C dulaé de Identidad N 21.326.194-0, domiciliada en el campamento ubicado en° Avenida Hu rfanos S/N, comuna de Temuc

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