Juzgado de Letras del Trabajo de Calama

GARRIDO/EMPRESA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PYP SPA

Rol

O-354-2023

Fecha

28 de febrero de 2024

Materia

Otras Indemnizaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1. Que, con fecha 26 de septiembre de 2023 se presenta demanda en causa RIT O-354-2023, en la cual se solicita la declaración del régimen de subcontratación, demandado a la EMPRESA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PYP SPA, y a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA. 2. Que, su petitorio consiste en tener por interpuesta demanda laboral declarativa de régimen de subcontratación entre las demandadas, donde la demandada EMPRESA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA P&P SpA es la contratista o subcontratista y la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA, es la empresa Principal, declarando adicionalmente que esta última es responsable solidaria o subsidiariamente, según se derive del proceso, de las prestaciones laborales que se me adeuda con ocasión del término de la relación laboral a través del Proceso RIT: T-159-2021 de este tribunal y posteriormente en el proceso de cobranza en la causa RIT C- 85-2023. 3. Que, con fecha 20 de diciembre del año 2021 se presentó denuncia por tutela de vulneración de garantías y en subsidio despido injustificado. 4. Que, con fecha 05 de junio de 2023, el magistrado de nuestro tribunal, dicto la sentencia definitiva en la cual rechazó la tutela y se acogió parcialmente el despido injustificado con las prestaciones que allí aparecen. 5. Que, cabe señalar que la demandante en esa instancia demandó a la EMPRESA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PYP SPA, la que el tribunal no lo ha declarado rebelde en estos autos. 6. Que, la sentencia de fecha 05 de junio de 2023 se encuentra firme y ejecutoriada. 7. Que, con fecha 18 de julio de 2023 esta causa se envió a cobranza. Antecedentes que ya se llevan a cabo en la causa RIT C-85-2023. En consecuencia, de acuerdo a las normas jurídicas, a la sana crítica y a la lógica jurídica, el tribunal va a rechazar la presentación de la demanda en todas sus partes, por estar absoluta y erróneamente mal interpuesta. Toda vez que, esta demanda no puede ser interpuesta en sede laboral, pues ha precluido

Fallo

SE RESUELVEN ESCRITOS PENDIENTES X · RELACION SOMERA DE LA DEMANDA Y CONTESTACION X · DISCUSION SOBRE EXCEPCIONES X · TRIBUNAL RESUELVE X Calama, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. Se da inicio a la audiencia con la individualización de las partes. Se resuelven escritos pendientes en el sistema, cuya resolución consta íntegramente en audio. Se hace presente que la demandada principal EMPRESA CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PYP SPA, no contestó la demanda ni se presentó a esta audiencia, sin embargo, no se declarará en rebeldía en atención a lo que se resolverá. Relación somera: Se omite la relación somera de la demanda y la contestación, por ser un requisito meramente informal y dilatorio, como también, las presentaciones de las partes que son conocidas por todos los intervinientes y por el Tribunal. Discusión de la excepción interpuesta por la demandada solidaria: La demandada solidaria interpone excepción de errónea interposición de la demanda. Traslado: La parte demandante realiza sus alegaciones, solicitando se rechace la excepción por los argumentos que constan íntegramente en audio. Tribunal resuelve: Téngase por evacuado el traslado. El Tribunal rechaza de plano la excepción interpuesta por la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama, sin costas, en atención a lo que se resolverá a continuación: VISTOS: 1. Que, con fecha 26 de septiembre de 2023 se presenta demanda en causa RIT O-354-2023, en la cual se solicita la declaración

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 28/02/2024 RUC 23-4-0516361-6 RIT O-354-2023 MAGISTRADO Gabriela Angélica Abusabal Chacoff ADMINISTRATIVO DE ACTAS Allison Ardiles Penela HORA DE INICIO 08:37 HORA DE TERMINO 08:48 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340516361-6-1357 PARTE DEMANDANTE JAIME RODRIGO GARRIDO MALATESTA, RUT N° 13.483.823-K ABOGADO EVELYN FRACESCA CASTI

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