RICO/ENTUNEGOCIO SPA
Rol
O-6031-2023
Fecha
28 de febrero de 2024
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos los llamados de rigor en la antesala del Tribunal no comparece personalmente o representada. Resolviendo escritos pendientes: Al escrito acompaña documentos del demandante: Téngase por acompañados los documentos digitalizados, sin perjuicio de lo que se resuelva en la presente audiencia. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE INCORPORA PRUEBA: Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 6 de marzo de 2019 que indica que trabajador ingreso a prestar labores en fecha 6 de diciembre de 2018. 2. Anexo de contrato de fecha 6 de junio de 2019. 3. Liquidaciones de remuneraciones de fecha enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio, todas del 2023. 4. Carta de despido indirecto de fecha 7 de agosto de 2023 ante la Dirección del Trabajo conjuntamente con los comprobantes de envío de la misiva a la empresa y la Dirección del Trabajo. 5. Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo de fecha 10 de agosto de 2023. 6. Cotizaciones Previsionales No Pagadas AFP Modelo. 7. Cotizaciones Previsionales No Pagadas Fonasa. El tribunal tiene por incorporada la prueba documental PARTE DEMANDADA NO INCORPORA PRUEBA DEBIDO A SU REBELDÍA. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Consta íntegramente en audio. SENTENCIA Se deja constancia que el Tribunal procede a dictar sentencia en este acto, la que se transcribe solo en la parte resolutiva, de conformidad al artículo 62 del Acta 71 de la Excma. Corte Suprema, constando íntegramente la sentencia en el registro de audio. Santiago, a veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece don Giogerant Jesús Rico Fernández, cédula de identidad para extranjeros N° 26.465.208-1, demandando en procedimiento ordinario por despido indirecto, cobro de prestaciones e indemnizaciones legales, nulidad del despido en contra de su ex empleador la empresa Entunegocio SpA, representada por don Claudio Alejandro Benavides Acosta, cédula de identidad N°11.963.351-6 o quien asuma las funciones de representación legal, ambos domiciliados en Ca
Fundamentos
considerando quinto las que se tazan en la suma de$500.000. VI.- Ejecutoriada que sea la presente resolución cumplirse con lo dispuesto en ella dentro de quinto día de lo contrario remítanse los antecedentes al juzgado de cobranza laboral y previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad Anótese, regístrese, notifíquese a las partes por correo electrónico y archívese en su oportunidad procesal. - Siendo las 11:19 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia don ALEX RENÉ SAMUEL AYALA PAJARITO, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. REGISTRO DE AUDIO
Fallo
se resuelve que: I.- Se ACOGE la demanda interpuesta por Giogerant Jesús Rico Fernández por despido indirecto, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, y nulidad de despido en contra de Entunegocio SpA RUT N° 76.824.619-K, del giro de su denominación, representada legalmente por Claudio Alejandro Benavides Acosta, ambos con domicilio en Carretera General San Martín N°8000 Lote 2, Bodega 12 C, Quilicura, Región Metropolitana y en Carretera Panamericana norte ruta 5, Km 15 Lote 1 – 3 Fundo la Montaña, Colina declarando que: 1.- Existió una relación laboral entre las partes desde el 06 de diciembre de 2018 hasta el 07 de agosto de 2023, siendo esta de carácter indefinido, con una remuneración mensual de $1.499.427. 2.- El auto despido o despido indirecto presentado por el trabajador se encuentra justificado, en consecuencia, se condena al demandado a pagar: a.- Indemnización por años de servicio, por un monto de: $5.997.708. b.- Recargo legal de 50% por sobre la Indemnización por años de servicio total, correspondiente a la suma de: $2.998.854. c.- Feriado legal y/o proporcional, por un monto de $2.499.045.- equivalente a 25 días corridos. d.- Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a la suma de: $1.499.427. II.- Se condena a pagar al demandado las cotizaciones de seguridad social del demandante correspondiente a los meses de: a. AFP MODELO: Enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2023. b. FONASA: Enero, febrero, marzo, abril, mayo
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 28 de febrero de 2024 RUC 23-4-0509737-0 RIT O-6031-2023 CARATULADO RICO/ENTUNEGOCIO SPA MAGISTRADO ALEX RENÉ SAMUEL AYALA PAJARITO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Bernardita Estefanía Zamora Picciani HORA DE INICIO 11:00 HORA DE TERMINO 11:19 SALA Sala 3.2 Nº
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