COMERCIAL SUSARON OLIMPO LTDA/INSPECCIÓN DEL TRABAJO
Rol
I-10-2023
Fecha
27 de febrero de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos que configuran dicho cumplimiento. Los apoderados no observan ni presentan reposición en contra del punto de prueba, quedando firme y ejecutoriado en la presente audiencia. OFRECIMIENTO E INCORPORACIÓN DE PRUEBA PARTE RECLAMANTE DOCUMENTAL: Digitalizada el 26 de febrero de 2024, a folio 33 al 48. 1. Resolución de solicitud de Reconsideración de Multa Administrativa 1303-10386-2023 de la Inspección del trabajo de Talagante de fecha 26 de julio de 2023. 2. Multa N° 8566/23/36 de fecha 13 de abril de 2023 y correo de notificación de multa de fecha 20 de abril de 2023 3. Acta de comparendo de conciliación de fecha 13 de abril de 2023 de la Inspección Provincial del Trabajo de Talagante el que se acompaña con correos de fecha 12 y 13 de abril de 2023 de Recursos Humanos para Mauricio Chirinos Muñoz mchirinos@dt.gob.cl asunto: COMPARENDO RECLAMO 1303 / 2023 / 570, en el que se adjuntan liquidaciones. 4. Correo de fecha 13 de abril de 2023 de Recursos Humanos para Mauricio Chirinos Muñoz mchirinos@dt.gob.cl asunto: COMPARENDO RECLAMO 1303 / 2023 / 570, en el que se adjuntan liquidaciones 4.1 Liquidaciones de remuneración de doña Marceña Ortega Silva, correspondiente a los meses de marzo de 2023 a septiembre de 2019. (Mantiene sólo marzo 2023). 5. Libro de asistencia presentado en comparendo y libro de asistencia ambos correspondientes a marzo de 2023. (Excluye). 6. Liquidación de remuneraciones mes de marzo de 2023, presentada en comparendo. 8. 3 Comprobantes de pago de anticipo correspondiente a marzo 2023 7. Certificado de depósito de $918 del mes marzo de 2023 efectuado en mayo del BCI. 9.- Contrato de trabajo de fecha 2 de septiembre de 2019 entre Comercial Susaron y Marcela Ortega, recibo de Reglamento interno de orden Higiene y seguridad, anexo de contrato de trabajo de fecha 01 de agosto de 2022, anexo de fecha 01 de mayo de 2022, anexo de fecha 01 de enero de 2022, anexos de fecha 01 de mayo de 2021, anexo de fecha 1 de septiembre de 2020, anexo de f
Fundamentos
considerando: Primero: Que con fecha 10 de agosto de 2023 (folio 2) ha comparecido ante este Tribunal doña María Paz Pinochet Jara, Abogada, en representación de COMERCIAL SUSARON OLIMPO LTDA, RUT 76.774.910-4 con giro de su denominación, ambas domiciliadas para estos efectos en San Antonio 220, Of. 406, Santiago, deduciendo reclamación judicial en contra de la Resolución de reconsideración de multa Nº 1303-10386/2023 de fecha 26 de julio de 2023, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo Talagante, representada legalmente por doña María Teresa Valenzuela Fuica, a fin de se deje sin efecto la resolución y la sanción impuesta sea rebajada en su máximo legal posible según lo que se estime en derecho, por los fundamentos que expone latamente en su libelo. Segundo: Que con esta se llevó a cabo la audiencia única de contestación, conciliación y prueba de rigor, instancia en que la reclamada contestó la demanda solicitando su rechazo, con costas, conforme las argumentaciones contenidas en el registro de audio de la presente audiencia y se tuvo por frustrado el llamado de conciliación. Tercero: Que, atendido el tenor de lo expuesto por la reclamante en su libelo y la contestación por parte de la reclamada, se fijó por el tribunal como hecho controvertido si la reclamante dio cumplimiento al hecho que dio lugar a la multa durante la etapa administrativa. Hechos que configurarían dicho cumplimiento. Cuarto: Que la parte reclamante ofreció y rindió en la audiencia la siguiente prueba documental: (digitalizada el 26 de febrero de 2024, a folio 33 a 48). 1. Resolución de solicitud de Reconsideración de Multa Administrativa 1303-10386-2023 de la Inspección del trabajo de Talagante de fecha 26 de julio de 2023. 2. Multa N° 8566/23/36 de fecha 13 de abril de 2023 y correo de notificación de multa de fecha 20 de abril de 2023 3. Acta de comparendo de conciliación de fecha 13 de abril de 2023 de la Inspección Provincial del Trabajo de Talagante el que se acompaña con correos de fecha 12 y 13 de abril de 2023 de Recursos Humanos para Mauricio Chirinos Muñoz mchirinos@dt.gob.cl asunto: COMPARENDO RECLAMO 1303 / 2023 / 570, en el que se adjuntan liquidaciones. 4. Correo de fecha 13 de abril de 2023 de Recursos Humanos para Mauricio Chirinos Muñoz mchirinos@dt.gob.cl asunto: COMPARENDO RECLAMO 1303 / 2023 / 570, en el que se adjuntan liquidaciones. 5. Liquidación de remuneraciones mes de marzo de 2023, presentada en comparendo. 6. 3 Comprobantes de pago de anticipo correspondiente a marzo 2023 7. Certificado de depósito de $918 del mes marzo de 2023 efectuado en mayo del BCI. 8. Solicitud de reconsideración administrativa de fecha 17 de mayo de 2023, más fundamentación Quinto: Que, por su parte, la reclamada rindió prueba documental consistente en: (digitalizada el día 26 de febrero de 2024, folio 53 al 56). 1).- Resolución de Multa N°8566/23/36 de fecha 13 de abril del año 2023, documento emitido por la Inspección Provincial del Trabajo de Talagante
Fallo
FALLO X SE PROVEEN ESCRITOS PENDIENTES Proveyendo escrito de fecha 26 de febrero de 2024 de la parte reclamada “acompaña patrocinio y poder”: A lo principal y al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: A sus antecedentes. Proveyendo escrito de fecha 26 de febrero de 2024 de la parte reclamada “Acompaña medios de prueba”: A sus antecedentes, sin perjuicio de lo que se resuelva en la etapa procesal correspondiente. Proveyendo escrito de fecha 27 de febrero de 2024 de la parte reclamada “Acompaña medios de prueba”: A sus antecedentes, sin perjuicio de lo que se resuelva en la etapa procesal correspondiente. I.- ETAPA DE DISCUSIÓN a) Relación de la reclamación de la reconsideración de multa administrativa, según consta en audio. La parte reclamante aclara que en su libelo se cometió, por cuanto se reclama respecto a la multa N°1 y no la N°2, a efecto de tenerlo presente. El Tribunal resuelve: Téngase por rectificada la demanda en los términos indicados, y se tiene como parte integrante. b) El abogado de la reclamada evacua la contestación de la reclamación solicitando su rechazo, según consta en audio. c) Llamado a conciliación: Teniendo en consideración la naturaleza de la reclamación, y que la parte reclamada no cuenta con facultades para llegar a un arreglo por cuando carece de facultades legales al efecto, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. II.- ETAPA DE PRUEBA. Hecho controvertido Si la reclamante dio cumplimiento al hecho que dio lu
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO RECLAMACIÓN JUDICIAL DE RECONSIDERACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA FECHA 27 de febrero de 2024 TRIBUNAL 1° Juzgado de Letras de Talagante SALA LABORAL PRESENCIAL RUC 23-4-0505487-6 RIT I-10-2023 ID 988 5270 1945 REGISTRO DE AUDIO 23-4-0505487-6-373 MAGISTRADA Daniela Soto López ADMINISTRATIVO DE ACTAS Macarena Soto Vásquez HORA DE INI
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica