29º Juzgado Civil de Santiago

ROBLEDO/

Rol

V-138-2023

Fecha

10 de noviembre de 2023

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece EDUARDO ALONSO ORELLANA MEDEL, abogado, en representación convencional y mandatario judicial, según acredita, de KARLA CHRISTI MAULÉN SÁEZ, chilena, divorciada, dueña de casa, cédula nacional de identidad N° 12.609.540-6, por sí y en su calidad de curadora definitiva de los bienes de su hermana declarada judicialmente interdicta, YAZMINA ALEJANDRA ROBLEDO SÁEZ, chilena, soltera, cédula nacional de identidad N° 15.005.981-K, todos domiciliados para los efectos procesales en calle Domingo Bondi N° 973, depto. 603, Las Condes, solicitando autorización judicial para enajenar los derechos que corresponden a su pupila en de la propiedad ubicada en calle Los Duraznos N° 245, Estación Central, inscrita a fojas 71370 número 100039 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018. Explica que Yazmina Alejandra Robledo Sáez fue declarada en interdicción por sentencia de fecha 6 de abril de 2016, en causa Rol V-167-2015 del 18° Juzgado Civil de Santiago, por causa de demencia, designándose a Bernarda del Carmen Sáez Gómez, su madre, como curadora general, legitima y definitiva. Asimismo, que tras el fallecimiento de la curadora y mediante resolución de fecha 11 de noviembre de 2019, en causa Rol V-167-2015 del 18° Juzgado Civil de Santiago, se designó a Karla Christi Maulén Sáez, su hermana, como nueva curadora general, legitima y definitiva de la interdicta. A En cuanto al inmueble, la parte relata que Karla Christi Maulén Sáez y Yazmina Alejandra Robledo Sáez son dueñas de la propiedad ubicada en calle Duraznos número doscientos cuarenta y cinco, que corresponde al lote número mil dieciséis del plano de la subdivisión de la Población Las Rejas, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, inmueble que fue inscrito a fojas 71370 número 100039 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018. Precisa que adquirieron el inmueble por herencia de Bernarda del Carmen Sáez Gómez, según re

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que comparece EDUARDO ALONSO ORELLANA MEDEL, abogado, en representación convencional y en su calidad de mandatario judicial de KARLA CHRISTI MAULÉN SÁEZ, y ésta, a su vez, en su calidad de curadora de Yazmina Alejandra Robledo Sáez, solicitando autorización para enajenar la totalidad de las acciones y derechos, cuota o parte que le corresponden a su representada, en el inmueble inscrito a fojas 71370, número 100039, correspondiente al Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018. Enajenación que según explica el compareciente se materializaría con el aporte de sus derechos y acciones en el inmueble a la Sociedad por Acciones que se constituirá, para así luego vender las acciones correspondientes a la pupila en una suma no inferior a $40.000.000, con el evidente beneficio para la pupila. En el primer otrosí de la solicitud, en forma subsidiaria y para el evento que dicha solicitud no sea acogida por el Tribunal, el compareciente requiere autorización judicial para la enajenación de las acciones y derechos que posee Yazmina Alejandra Robledo Sáez en la propiedad inscrita a fojas 71370, número 100039 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, estableciéndose como mínimo para la venta la suma $19.108.558, mediante enajenación por pública subasta. Código: TKWFXJVMEWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Segundo: Que respecto de la información sumaria rendida en autos, la declaración de las testigos María Carlina Silva Torrealba e Ignacia Belén Ibáñez Matamala da cuenta de que la venta del inmueble materia de autos podría contribuir de mejor manera a cubrir los gastos y necesidades de la interdicta. Tercero: Que, asimismo, con los antecedentes acompañados por la interesada se encuentra debidamente acreditada la declaración de interdicción de Yazmina Alejandra Robledo Sáez y la designación como curadora definitiva de su hermana Karla Christi Maulén Sáez, la solicitante de autos. Consta igualmente que ambas –y por iguales partes- son codueñas del inmueble ubicado en calle Los Duraznos N° 245, Estación Central, inscrito a fojas 71370, número 100039 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018. Cuarto: Que según dispone el artículo 393 del Código Civil: “No será lícito al tutor o curador, sin previo decreto judicial, enajenar los bienes raíces del pupilo, ni gravarlos con hipoteca, censo o servidumbre, ni enajenar o empeñar los muebles preciosos o que tengan valor de afección; ni podrá el juez autorizar esos actos, sino por causa de utilidad o necesidad manifiesta”. De igual manera y con arreglo al artículo 394 del mismo cuerpo legal: “La venta de cualquiera parte de los bienes del pupilo enumerados en los artículos anteriores, se hará en pública subasta”. Finalmente, como el inmueble materia de autos pertenece en común a dos o

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 393 y 394 del Código Civil y 817 y 891 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se rechaza la gestión en todas sus partes, quedando desestimada la autorización solicitada para que KARLA CHRISTI MAULÉN SÁEZ, en su calidad de curadora general, legítima y definitiva de su hermana YAZMINA ALEJANDRA ROBLEDO SÁEZ, pueda proceder a la enajenación del inmueble materia de autos, en la forma requerida tanto en lo principal como en subsidio. Regístrese y archívese. V-138-2023 DICTADA POR DON MATIAS FREANULIC GOMEZ, JUEZ TITULAR DEL VIGESIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Noviembre de dos mil veintitr sé Código: TKWFXJVMEWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-10T08:47:27-0300

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-138-2023 CARATULADO : ROBLEDO/ Santiago, diez de Noviembre de dos mil veintitr sé Vistos: Comparece EDUARDO ALONSO ORELLANA MEDEL, abogado, en representación convencional y mandatario judicial, según acredita, de KARLA CHRISTI MAULÉN SÁEZ, chilena, divorciada, dueña de casa, cédula na

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